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Crimen de la viuda de la CAM: El jurado falla que Miguel López no asesinó a su suegra

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Crimen de la viuda de la CAM

El jurado popular ha declarado no culpable a Miguel López de ser el autor material del asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM, Vicente Sala. Asimismo, se le declara no culpable del delito de tenencia ilícita de armas. En ambos casos, la votación del jurado ha sido seis votos a favor de la no culpabilidad por tres que sí le consideraban culpable.

El veredicto se ha leído a las 17.27 horas de este domingo en las dependencias de los juzgados de Pardo Gimeno, en Alicante, donde desde el pasado 14 de octubre se ha juzgado a López por la muerte de su suegra ocurrida el 9 de diciembre de 2016 de dos disparos en Novocar, en el concesionario que dirigía el propio yerno.

Ahora, la magistrada presidenta del tribunal del jurado popular dictará sentencia de absolución. La defensa de Miguel López solicitó la libre absolución.

Por contra, la Fiscalía y la acusación particular –que ejercía el hijo de la víctima, Vicente Sala–, coincidían en solicitar 24 años y medio de prisión: 23 años por asesinato con alevosía y agravante de parentesco y 18 meses por tenencia ilícita de armas.

Miguel López
EUROPA PRESS

A la salida del juzgado, el abogado de la defensa, Javier Sánchez-Vera, ha mostrado su satisfacción por el veredicto, aunque se ha limitado a decir que estaba «contento».

Por su parte, Francisco Ruiz, abogado de la acusación particular que ejercía el hijo de la víctima, Vicente Sala, ha rechazado a preguntas de Europa Press, realizar comentarios sobre el resultado.

El tribunal popular ha finalizado su deliberación esta tarde de domingo, después de que a última hora del viernes la magistrada de la Audiencia de Alicante convocara a las partes para informarles de la devolución al jurado del acta del veredicto, tal y como prevén los artículos 63 y 64 de la Ley del Jurado, por no estar suficientemente fundamentado y no haber tenido en cuenta algunas de las pruebas que se han practicado en el juicio oral, han explicado a Europa Press fuentes cercanas al caso.

Crimen de la viuda de la CAM:

Así, el jurado popular ha aceptado las tesis de la de defensa que, en el juicio, expuso que «no había pruebas directas» de que Miguel López estuviera en el lugar del crimen, el concesionario Novocar, en el momento del asesinato. Asimismo, los 23 indicios presentados por el ministerio fiscal no han sido suficientes para dictar un veredicto de culpabilidad, ya que no se han encontrado prueba de ADN, huellas, restos de pólvora, herramientas para modificar las vainas, ni el arma.

Miguel López sentado en la sala mientras se lee el veredicto del jurado este domingo.

AMIGOS

Por su parte, el portavoz de los amigos de Miguel López, Ricardo Saiz, ha asegurado a los medios que están «muy contentos» y ha elogiado la labor de la magistrada y del jurado en un proceso «muy complicado». Asimismo, ha hablado de un «gran paso para la justicia». López ha salido visiblemente emocionado de la sala, en la que se ha llegado a oír algún aplauso y alguna exclamación de satisfacción, y se ha fundido en abrazos con su entorno.

Por último, el letrado de la administración de justicia ha dado lectura a la diligencia y al informe por el que este mismo domingo ha sido sustituida una de los miembros del jurado por una crisis de ansiedad. El médico forense ha visitado a la jurado y ha emitido un informe por el que ha sido excluida.

A lo largo de las 18 sesiones del juicio, que se ha trasladado de la Audiencia Provincial de Alicante a los juzgados de Pardo Gimeno por falta de espacio, han declarado tres decenas de testigos, más de una treintena de peritos, un médico forense, 15 policías nacionales y dos locales. En la vista, López se acogió a su derecho a no declarar a las partes, incluida su defensa, debido al «estado anímico débil» en el que aseguraba encontrarse.

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Elisa Mouliaá solicita 3 años de cárcel para Íñigo Errejón por presunto abuso sexual continuado

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Elisa Mouliaá

La actriz Elisa Mouliaá ha dado un paso importante en el ámbito judicial al presentar formalmente su solicitud para que se abra un juicio contra el exdiputado Íñigo Errejón, a quien acusa de un delito continuado de abuso sexual. Según la petición de la actriz, se solicita una condena de tres años de prisión.


Detalles del caso

El caso, que ha generado gran repercusión mediática, gira en torno a alegaciones de abuso sexual continuado, un tipo de delito que, de confirmarse, puede tener implicaciones penales significativas. La acusación formal presentada por Mouliaá implica que la Fiscalía y los tribunales analicen el caso y determinen si procede abrir juicio.

El contexto del procedimiento incluye:

  • La presentación de la denuncia por parte de la víctima

  • La solicitud de apertura de juicio oral

  • La reclamación de pena de prisión específica, en este caso de tres años


Implicaciones legales de la acusación

Un delito continuado de abuso sexual se caracteriza por la comisión reiterada de actos sexuales no consentidos hacia la víctima. En España, este tipo de acusación puede derivar en penas que combinan prisión, medidas de protección a la víctima y restricciones de acercamiento o comunicación.

Si los tribunales aceptan la apertura del juicio, se dará inicio a un proceso legal en el que:

  • Se analizarán todas las pruebas aportadas por la acusación

  • Se permitirá a la defensa presentar su versión de los hechos

  • Se dictará sentencia en función de la evidencia y la normativa vigente


Repercusiones públicas y mediáticas

El caso ha captado atención en medios nacionales y redes sociales, dado que involucra a un personaje público del ámbito político. La repercusión incluye debates sobre:

  • La protección de las víctimas de abuso sexual

  • La responsabilidad de figuras públicas

  • La importancia de un juicio justo y transparente


Próximos pasos en el proceso judicial

De aceptarse la solicitud de Mouliaá, el tribunal competente evaluará la evidencia y decidirá si se abre juicio oral. Durante este proceso, se podrán presentar testigos, pruebas documentales y peritajes psicológicos para determinar la veracidad de las alegaciones.

Los pasos principales incluyen:

  1. Estudio preliminar de la denuncia

  2. Decisión sobre la apertura del juicio

  3. Presentación de pruebas y alegatos de ambas partes

  4. Sentencia final y posibles recursos


Conclusión

El caso entre Elisa Mouliaá e Íñigo Errejón resalta la relevancia de los procesos judiciales en situaciones de abuso sexual, especialmente cuando involucran a figuras públicas. Mientras el sistema legal determina la veracidad de las acusaciones, se mantiene la importancia de garantizar un juicio justo, la protección de la víctima y la transparencia en el proceso.

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