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Cuatro valencianas, en situación de riesgo extremo por violencia de género

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MADRID/VALÈNCIA, 31 Mar. (EUROPA PRESS) –

El Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (Sistema VioGén) monitoriza en la actualidad más de 54.000 casos de víctimas de violencia machista, según datos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad a fecha de enero de 2018. De los casos que son objeto de atención policial, un total de diez tienen un nivel de riesgo extremo, cuatro de ellas en la Comunitat Valenciana, y 200 tienen peligro alto.

Desde que esta herramienta comenzó a funcionar en 2007 y hasta enero de 2018, VioGen ha hecho un seguimiento de 488.823 casos de violencia machista con 446.389 víctimas afectadas. Al cierre de enero de 2018, había 428.691 casos inactivos, es decir, que temporalmente no precisan de atención policial, aunque pueden reactivarse.

De los 54.464 casos que sí están bajo control policial actualmente, 4.761 cuentan con un nivel de riesgo medio, mientras que 22.692 tienen peligro bajo y 26.801 riesgo no apreciado. La mayor parte de ellos están relacionados con víctimas con edades comprendidas entre los 31 y 45 años. De hecho, en este rango de edad hay 24.120 casos activos, lo que representa el 44,3 por ciento la totalidad de los casos activos.

En total, 741 casos de violencia de género bajo control policial son de víctimas menores de 14 a 17 años de edad; 15.491 son de jóvenes de entre 18 y 30 años; 12.940 son casos de víctimas de 46 a 64 años; y 1.172 tienen 65 o más años. Por otro lado, en el 72,6 por ciento –39.551– de los casos en seguimiento, las víctimas son mujeres nacidas en España.

De las más de 446.000 víctimas de violencia machista que han estado monitorizadas a través del sistema VioGen, 80.833 cuentan desde el 17 de agosto de 2016 con un plan de seguridad personalizado con medidas de autoprotección –también para los menores que de ellas dependen–; y 68.541 son supervisadas con el sistema ‘Gestión_3A5’ que se encarga de detectar y poner en conocimiento instantáneo de los especialistas todas las circunstancias relevantes.

CASOS DE RIESGO
Según estos datos ofrecidos por el Ministerio, nueve de la decena de casos considerados de extremo riesgo están relacionados con víctimas de entre 18 y 45 años y, en cuatro de esos casos, las víctimas nacieron en España.

Por territorios, de esas situaciones de riesgo extremo monitorizadas, cuatro son en la Comunitat Valenciana, dos en la Comunidad de Madrid, uno en Andalucía, uno en Castilla-La Mancha, uno en Extremadura y otro en Galicia, aunque en la estadística no se recogen los datos sobre los casos activos en Cataluña y País Vasco.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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