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Malestar entre los autónomos por la subida de cuotas en enero y el error de la Seguridad Social

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claves reforma de pensiones

Malestar entre miles de autónomos al comprobar en su cuenta bancaria el pasado lunes que la cuota que pagaron a la Seguridad Social en enero era considerablemente más alta de la que habían abonado los meses anteriores.

Hasta un 8,6% más elevada han llegado a pagar muchos, llegando hasta 220 euros más de lo que correspondía en algunos casos.

¿Por qué han subido las cuotas?

Según fuentes de la Seguridad Social, que depende del ministerio de Inclusión, al cargo de José Luis Escrivá, estos incrementos inesperados se debe a dos motivos.

Los autónomos y sus gestores no eran conscientes de que sus bases de cotización se actualizan automáticamente según lo que establece el BOE. Los autónomos pueden decidir si actualizar o no su base de cotización -los rendimientos netos de su trabajo sobre los que la Seguridad Social calcula la cuota que deben pagar- de forma automática. Quienes han optado por hacerlo -conscientes o no- se han encontrado con una subida del 8,6% en su cuota, aunque sus rendimientos no hayan crecido ido a la par.

Error de la Seguridad Social: 220 euros de más

Además otro de los motivos por los que algunos han pagado más se debe a un error. Una incidencia en el sistema ha causado que la Seguridad Social haya cobrado por error 220 euros de más a unos 8.000 autónomos que se habían dado de alta en el sistema entre el 1 y el 9 de enero.

Fuentes de este organismo señalan que en este segundo caso se devolverá el importe cobrado de más a los afectados este mismo mes.

Se trata de trabajadores por cuenta propia que se acaban de dar de alta en el sistema y a quienes les correspondería pagar una cuota reducida de 80 euros al mes durante el primer año. En este caso se trata de un error de la Seguridad Social por el que se compensará a los afectados.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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