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Cronología del caso Dani Alves: de la denuncia por agresión sexual en 2022 a la absolución en 2025

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Dani Alves absuelto por el presunto delito de agresión sexual
Dani Alves absuelto por el presunto delito de agresión sexual

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revoca la condena de cuatro años y medio por violación al considerar insuficientes las pruebas

El futbolista Dani Alves ha sido absuelto este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de la condena de cuatro años y medio de prisión por violación que le impuso en febrero de 2024 la Audiencia de Barcelona. La sentencia considera que no existen pruebas suficientes de la agresión sexual denunciada y califica de «no fiable» el testimonio de la víctima.

A continuación, repasamos la cronología completa del caso, desde la noche de los hechos hasta la resolución judicial definitiva:


Año 2022: la denuncia

30-31 diciembre 2022
Dani Alves acude a la discoteca Sutton de Barcelona. Una joven denuncia ante el personal de seguridad haber sido agredida sexualmente por el futbolista en el baño de un reservado. Se activa el protocolo, la mujer declara ante los Mossos d’Esquadra y es trasladada al Hospital Clínic para su atención médica.


Año 2023: ingreso en prisión y proceso judicial

2 enero
La víctima formaliza la denuncia. Alves viaja a México, donde juega con Los Pumas de la UNAM.

13 enero
Regresa a España por el fallecimiento de la madre de su esposa, Joana Sanz.

20 enero
Declara ante los Mossos con contradicciones en sus versiones. Es detenido y enviado a prisión sin fianza por la jueza Anna Marín, que considera el testimonio de la víctima «contundente» y observa riesgo de fuga.

30 enero
Su defensa recurre la prisión preventiva y alega que los vídeos de la discoteca desmienten la denuncia.

3 febrero
Dos amigas de la víctima respaldan su versión y declaran que Alves también se les insinuó.

16 febrero
La defensa reconoce por primera vez la existencia de penetración vaginal, pero asegura que fue consentida.

21 febrero
La Audiencia de Barcelona mantiene la prisión preventiva por riesgo de fuga y existencia de indicios graves.

17 abril
Alves declara por segunda vez y da su cuarta versión de los hechos: admite relaciones consentidas y justifica las mentiras para ocultarlo a su esposa.

31 julio
Es procesado por agresión sexual y se le impone una fianza de 150.000 euros.

14 noviembre
La Audiencia de Barcelona lo envía a juicio por agresión sexual.

23 noviembre
La Fiscalía solicita 9 años de prisión y 150.000 euros de indemnización.

5 diciembre
La acusación particular pide 12 años de cárcel, 150.000 euros por secuelas y 13.500 euros por lesiones.


Año 2024: el juicio y la condena

4 enero
La madre del futbolista difunde un vídeo con datos privados de la víctima, lo que genera polémica.

5 febrero
Arranca el juicio. La defensa pide anulación del proceso. La víctima declara más de una hora a puerta cerrada.

6 febrero
El director de la discoteca y los Mossos avalan la versión de la víctima. Joana Sanz y otros testigos declaran que Alves estaba ebrio.

22 febrero
Dani Alves es condenado a 4 años y medio de prisión por violación.

11 marzo
La Fiscalía, la acusación particular y la defensa presentan recursos contra la sentencia.

20 marzo
La Audiencia de Barcelona acuerda la libertad provisional de Alves bajo fianza de un millón de euros, al considerar reducido el riesgo de fuga.


Año 2025: absolución

28 marzo
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revoca la condena y absuelve a Dani Alves, estimando el recurso de la defensa. La sala civil y penal considera que no hay pruebas concluyentes de la violación y que el testimonio de la denunciante carece de solidez y fiabilidad.

La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, pero de momento el exjugador del Barça queda libre de cargos.


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Dani Alves ha sido absuelto por el TSJC tras ser condenado a 4 años y medio de cárcel por violación. Repasamos la cronología completa del caso, desde la denuncia en 2022 hasta la sentencia absolutoria de 2025.

Dani Alves es absuelto por el Tribunal de Justicia por el delito de agresión sexual

La Sala de Apelaciones del Tribunal de Justicia de Catalunya ha absuelto a Dani Alves del delito de agresión sexual por el que había sido condenado a cuatro años y medio de prisión por la Audiencia de Barcelona. La resolución ha sido adoptada tras la revisión del caso y el análisis de las pruebas presentadas en el juicio.

Presunción de inocencia y falta de pruebas concluyentes

El tribunal, compuesto por tres magistradas y un magistrado, ha determinado que el testimonio de la denunciante no es suficiente para mantener la condena impuesta en primera instancia. En su fallo, los jueces han subrayado que, en ausencia de pruebas concluyentes, debe prevalecer el principio de presunción de inocencia a favor del exfutbolista brasileño.

La decisión del tribunal

La sentencia del Tribunal de Justicia de Catalunya anula la condena dictada por la Audiencia de Barcelona, que en su momento había considerado que existían elementos suficientes para acreditar la agresión sexual. Sin embargo, tras la revisión de los hechos y la evaluación de las pruebas, los magistrados han concluido que no se puede sostener la culpabilidad de Alves más allá de toda duda razonable.

Reacciones y posibles repercusiones

La decisión judicial ha generado un intenso debate en la opinión pública y en el ámbito jurídico. Mientras algunos sectores consideran que se ha respetado el derecho fundamental a la presunción de inocencia, otros critican la falta de pruebas concluyentes y la dificultad de demostrar delitos de esta naturaleza.

Por su parte, los abogados de Dani Alves han expresado su satisfacción con la resolución, señalando que el exjugador siempre defendió su inocencia. No obstante, la Fiscalía aún podría interponer un recurso ante el Tribunal Supremo si considera que la absolución carece de fundamento legal.

Impacto en la carrera de Dani Alves

Tras meses de incertidumbre, esta sentencia podría representar un punto de inflexión en la vida personal y profesional de Dani Alves. Aunque su reputación se ha visto afectada, su absolución abre la posibilidad de que pueda retomar su actividad en el ámbito deportivo o explorar nuevos proyectos.

El fallo del Tribunal de Justicia de Catalunya pone fin, por el momento, a un proceso judicial mediático que ha mantenido a la sociedad en vilo. A pesar de la absolución, el caso ha puesto sobre la mesa el debate sobre la dificultad de probar ciertos delitos y la importancia del derecho a la presunción de inocencia en el sistema judicial español.

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¿Pueden multarte por no llevar la baliza V16 en Navidad?

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Tráfico priorizará la información a los conductores durante las fiestas antes de imponer multas por no usar la señal luminosa V16

A pocos días de la Navidad y con millones de desplazamientos previstos por carretera, muchos conductores se preguntan si pueden ser multados por no llevar la baliza V16, el nuevo dispositivo luminoso que sustituirá definitivamente a los triángulos de emergencia. La respuesta, al menos durante estas fechas, es tranquilizadora: la Guardia Civil de Tráfico aplicará un criterio flexible y dará prioridad a la información frente a la sanción.

Aunque la obligación legal de portar la baliza V16 entrará en vigor el 1 de enero de 2026, la Agrupación de Tráfico ha anunciado que durante el periodo navideño los agentes no sancionarán de forma inmediata a los conductores que no utilicen este dispositivo en caso de avería o accidente. El objetivo es facilitar una transición progresiva y evitar confusión entre los usuarios de la vía.

Qué es la baliza V16 y por qué será obligatoria

La baliza V16 es una señal luminosa de emergencia con luz destellante y conectividad, diseñada para colocarse en el techo del vehículo sin necesidad de salir al arcén. Su función principal es señalizar un vehículo detenido y enviar automáticamente su ubicación a los sistemas de tráfico, reduciendo así el riesgo de atropellos.

Este nuevo sistema sustituirá por completo a los triángulos reflectantes, cuyo uso ha estado relacionado con numerosos accidentes mortales. Según datos de Tráfico, entre 25 y 30 personas fallecen cada año tras bajar del vehículo para colocar la señalización tradicional.

¿Qué vehículos están obligados a llevar la baliza V16?

De acuerdo con el Reglamento General de Vehículos, deberán llevar obligatoriamente la baliza V16:

  • Turismos

  • Furgonetas

  • Autobuses

  • Camiones

  • Vehículos mixtos

  • Conjuntos de vehículos no especiales

En el caso de las motocicletas, su uso no es obligatorio, aunque la DGT recomienda encarecidamente llevarla por motivos de seguridad.

Multa por no llevar la baliza V16: importe y criterios

La sanción por no portar la baliza V16 está considerada infracción leve y conlleva una multa de hasta 80 euros, la misma cuantía que por no llevar los triángulos de preseñalización. Con pronto pago, la sanción se reduce a 40 euros.

No obstante, el jefe provincial de Tráfico de Madrid, Cristóbal Cremades, ha subrayado que el enfoque inicial será pedagógico. “No se trata de multar, sino de hacer un uso razonable de la nueva tecnología. Primero informaremos y, pasado un tiempo, si no se cumple la obligación, habrá que sancionar”, explicó.

Cremades también reconoció que el mercado puede estar “saturado” en los primeros días, pero confió en que “poco a poco, como siempre, la sociedad española cumplirá con esta obligación legal”.

Un cambio pensado para salvar vidas

Desde Tráfico insisten en que la implantación de la baliza V16 no tiene un fin recaudatorio, sino mejorar la seguridad vial. Gracias a su conectividad, estos dispositivos permitirán que la presencia de un vehículo averiado aparezca en los navegadores y paneles de información, alertando al resto de conductores con antelación.

“Los triángulos han cumplido su función durante muchos años, pero ahora se sustituyen por un sistema más seguro. La efectividad de la baliza V16 se verá con el tiempo”, concluyó Cremades.

🔸 Qué balizas V16 son legales según la DGT

Solo las balizas homologadas y conectadas podrán utilizarse desde 2026. Estos dispositivos deben disponer de un certificado de ensayo, donde se indique el laboratorio que realizó las pruebas y su número de informe. Además, deben garantizar una autonomía mínima de 18 meses y estar siempre guardadas en el interior del vehículo, preferiblemente en la guantera.

La DGT mantiene publicada una lista oficial de modelos homologados, que incluyen conexión automática con la plataforma DGT 3.0, permitiendo localizar en tiempo real cualquier vehículo inmovilizado en la vía.

Según Ana Blanco, subdirectora de Circulación de la DGT,

“La baliza V16 conectada es el mejor ejemplo de cómo la conectividad puede salvar vidas en carretera”.

🔸 Por qué las balizas antiguas dejarán de ser válidas

Muchas tiendas aún comercializan balizas sin conexión, etiquetadas como “homologadas por la DGT”, pero estas quedarán obsoletas el 31 de diciembre de 2025. Su uso tras esa fecha supondrá una infracción leve, sancionada con 200 euros, ya que no transmitirán la ubicación del vehículo a la red de alertas de tráfico, incrementando el riesgo de accidente.

🔸 Cómo reconocer una baliza V16 legal

Antes de comprar una baliza, la DGT recomienda verificar que esté incluida en el listado oficial y que indique expresamente la conectividad DGT 3.0 o tecnología IoT. También conviene desconfiar de precios demasiado bajos o de productos sin número de informe visible en el envase.

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