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Deliveroo lanza un nuevo servicio de reparto de comida a barcos en la Comunitat

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Deliveroo ha estrenado este verano su nuevo servicio de reparto de comida a barcos fondeados en las playas de València, Castellón, Alicante y Benidorm a través de motos de agua, según ha informado este miércoles la compañía.

En total, las motos acuáticas de los ‘riders’ llegarán a 17 poblaciones: Barcelona, Valencia, A Coruña, Alicante, Málaga, Palma de Mallorca, Almería, Marbella, Vigo, Cartagena, Fuengirola, Badalona, Huelva, Benidorm, Castellón, Tarragona y Santander.

En ellas, según explica la compañía, los clientes podrán pedir directamente desde su barco platos de restaurantes como Taco Bell, Goiko Grill, Miss Sushi, Five Guys o Ginos.

Así, tendrán que hacer su pedido en la app de Deliveroo, indicar su posición y uno de los repartidores de la empresa les llevará su comida favorita hasta el barco. En este caso los pedidos se realizan en motos de agua, una novedad en el sector de entrega de comida a domicilio que introduce Deliveroo para sus clientes.

Asimismo, para los clientes que se queden en tierra, Deliveroo reparte pedidos de comida en las playas de todas estas poblaciones, un servicio que lanzó el pasado verano.

Aunque el servicio de reparto a barcos se estrena esta temporada en España, en otros países Deliveroo ya tiene experiencia en entregas en embarcaciones. En el Reino Unido, la empresa reparte pedidos con motos de agua desde 2017, mientras que en París y en Singapur se han realizado algunas entregas a barcos fluviales desde el pasado año.

«Deliveroo nació con la misión de llevar la comida de los mejores restaurantes a donde estén nuestros clientes y eso incluye su hogar, su trabajo o lugar de vacaciones. Después del éxito que están teniendo nuestros repartos en playas, empezar a realizar entregas en barcos era el siguiente paso», asegura la directora de comunicación B2C de Deliveroo España, Blanca Rodríguez.

 

Fuente: Europa Press

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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