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Archivada provisionalmente la denuncia de Manos Limpias por la gestión de la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 09 ENERO (OFFICIAL PRESS-EFE).-

El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha decidido el sobreseimiento provisional de las denuncias presentadas por Manos Limpias contra responsables de Aemet, la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Agencia Valenciana de Emergencias. Estas denuncias estaban relacionadas con la gestión de la DANA.

El auto judicial desestima las acusaciones por falta de base penal

El magistrado ha argumentado en el auto, notificado este jueves, que no se encuentra “suficientemente justificada” la comisión de delito alguno por parte de los denunciados. Además, señala que las denuncias proponen una investigación general o prospectiva, algo prohibido por la legislación penal española.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado que el juez no ve “atribución de hechos penalmente relevantes” que justifiquen una imputación judicial, ni siquiera provisional, contra los denunciados. Según el juez, las denuncias carecen de concreción y apuntan a una “auténtica causa general”, lo cual va en contra de la doctrina constitucional.

La causa general, incompatible con un Estado de Derecho

El juez recalca que en un Estado de Derecho no es admisible iniciar procesos penales para investigar a personas o instituciones sin pruebas concretas. Cita la doctrina del Tribunal Constitucional que desestima las denominadas ‘inquisitio generalis’ o investigaciones generales, por ser incompatibles con los principios del proceso penal consagrados en la Constitución.

Análisis de los cargos denunciados

En su resolución, el magistrado desglosa las funciones legales de las entidades denunciadas: la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y la Secretaría Autonómica de Emergencias de la Generalitat. A continuación, evalúa las responsabilidades específicas atribuidas a sus directivos:

  • Presidenta de Aemet: El auto concluye que no se atribuye ningún hecho concreto que pueda ser penalmente reprochable ni se identifica una omisión en sus funciones que haya causado daños materiales o personales.
  • Presidente de la CHJ: El juez indica que no se justifica la denuncia más allá de su posición como presidente de la entidad hídrica.
  • Secretario Autonómico de Seguridad y Emergencias: La denuncia no aporta motivos sólidos ni hechos concretos que puedan considerarse penalmente relevantes. Además, no se sustenta la relación entre los avisos del Cecopi y los supuestos daños causados.

Sobreseimiento provisional y exclusión de Manos Limpias como acusación popular

El Juzgado de Instrucción 15 ha decretado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por las dos denuncias presentadas por Manos Limpias. Asimismo, ha resuelto que este colectivo no podrá actuar como acusación popular hasta que interponga una querella formal o cumpla con la fianza que pueda imponérsele.

El auto no es firme y puede ser recurrido

La resolución judicial no es definitiva y admite recurso en reforma o apelación. Por el momento, la gestión de la DANA queda exenta de responsabilidades penales para los organismos implicados, según la decisión judicial.

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El Congreso rechaza la indemnización solicitada por Ábalos tras dejar su escaño y jubilarse

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

Los servicios jurídicos concluyen que el exministro no tiene derecho a la compensación por estar suspendido de funciones y percibir ya una pensión de jubilación

El Congreso de los Diputados ha rechazado conceder la indemnización por cese solicitada por el exministro de Transportes José Luis Ábalos tras renunciar a su escaño y acogerse a la jubilación. Los servicios jurídicos de la Cámara consideran que no cumple los requisitos para percibir esta compensación, ya que se encontraba suspendido de sus funciones y, además, ya recibe una pensión de jubilación.

Ábalos ingresó en noviembre en prisión preventiva en la cárcel de Soto del Real por su presunta implicación en el caso Koldo. Dos meses después presentó su renuncia como diputado y, al día siguiente, anunció su retirada de la vida política, alegando que había quedado “sin derechos, deberes ni funciones” y que había agotado todas las vías para defenderse.

La compensación solicitada superaba los 57.000 euros

Tras dejar su escaño, el exministro solicitó al Congreso la indemnización por cese, una prestación económica destinada a los diputados que abandonan la Cámara y no cuentan con otros ingresos. En su caso, la cuantía podría haber superado los 57.000 euros, al haber sido diputado de forma ininterrumpida desde 2009.

Sin embargo, los letrados del Congreso han desestimado la petición. En su informe, recuerdan que la suspensión de un diputado implica la pérdida total de derechos, prerrogativas y beneficios asociados al cargo, y subrayan que ninguno de los parlamentarios suspendidos en situaciones similares ha percibido esta compensación.

“No es razonable entender que la renuncia al acta suponga recuperar unos derechos que ya no existían”, concluye el documento jurídico elaborado por la Cámara.

Incompatibilidad con la pensión de jubilación

Además de la suspensión de funciones, el Congreso considera que la indemnización es incompatible con la pensión de jubilación a la que se ha acogido Ábalos. La normativa establece que esta prestación tiene como objetivo facilitar la transición a la vida laboral de los diputados que se quedan sin ingresos tras abandonar el cargo.

Según los servicios jurídicos, percibir simultáneamente una pensión de jubilación y la indemnización por cese sería contrario a la finalidad de la ayuda, que se interrumpe cuando el beneficiario obtiene otra fuente de ingresos, ya sea pública o privada.

Decisión definitiva de la Mesa del Congreso

La decisión será formalizada de manera definitiva este martes por la Mesa del Congreso, lo que dejará al exministro sin derecho a la compensación económica solicitada. Ábalos permanece en prisión preventiva a la espera de juicio por el caso Koldo.

En los próximos días, su escaño será ocupado por la siguiente candidata del PSOE por Valencia, Ana María González Herdaro, poniendo fin a una trayectoria parlamentaria de casi 15 años en la Cámara Baja.

 

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