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Condenan a Almudena Ramón a 3,5 años de prisión por estafar a lesionados medulares

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VALÈNCIA, 27 Ene. 2026 – La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a Almudena Ramón, investigadora científica, y a su pareja a tres años y medio de prisión por un delito continuado de estafa agravada, tras aprovecharse de personas con lesiones medulares a quienes ofrecían una supuesta terapia médica experimental.

Según la sentencia, los condenados promocionaron una “Terapia Regenerativa Medular” desde un centro privado, ofreciendo diagnósticos y tratamientos que carecían de validación científica y autorización sanitaria.

Terapia fraudulenta y engaño a pacientes

La investigación judicial confirmó que la terapia, presentada como innovadora y con supuesta eficacia para personas con lesiones de médula espinal, no tenía respaldo clínico ni ensayos que demostraran su efectividad. Los pacientes pagaban por tratamientos que nunca se completaron, mientras que los acusados mantenían la apariencia de profesionalidad científica.

La sentencia subraya que los acusados se aprovecharon de la vulnerabilidad de personas gravemente afectadas, haciendo creer que podían mejorar o curar su condición mediante un tratamiento inexistente.

Multas e indemnizaciones

Además de la pena de prisión, la sentencia obliga a Ramón y a su pareja a pagar una multa económica y a indemnizar a varios pacientes, con cantidades que oscilan entre 400 y 9.000 euros, por los daños causados durante la estafa.

Repercusión del caso

Este fallo judicial se produce tras años de denuncias sobre prácticas médicas no reguladas en clínicas privadas de la Comunitat Valenciana. El caso ha reavivado el debate sobre la necesidad de controles éticos y sanitarios estrictos para tratamientos médicos experimentales, especialmente cuando se dirigen a pacientes con graves secuelas físicas.

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Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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