Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El 51% de mujeres sin hijos asumen que tendrán que renunciar a su carrera si son madres

Publicado

en

El 58,1% de las mujeres aparca o ralentiza su carrera profesional tras tener hijos y permite así que sus parejas continúen con su trayectoria laboral; de hecho, los padres solo renuncian a seguir progresando en el trabajo en el 6,2% de los casos ante la misma situación.

Son datos del estudio sociológico ‘Somos Equipo‘ que ha presentado este lunes la asociación ‘Yo no renuncio, creada por el Club de Malasmadres, realizado a partir de 24.000 entrevistas sobre la corresponsabilidad en las familias españolas y que destaca la importancia de trabajar, precisamente, como un equipo en el hogar.

El estudio especifica que las decisiones de las mujeres que suponen una renuncia se refieren a solicitar reducción de jornada, excedencias o incluso abandonar el mercado laboral.

No solo las mujeres que han sido madres declaran que han aparcado su carrera una vez que han tenido hijos, sino que incluso cuando aún no los han tenido ya creen que van a ser ellas las que van a tomar las decisiones de la renuncia en un 51,3% de los casos.

Laura Baena, presidenta de la asociación, ha asegurado que existen «barreras externas, las que pone el Estado no aprobando leyes y las de las empresas, pero también barreras internas, que se ponen en los hogares cuando el hombre no siente que la conciliación es su problema».

Las diferencias entre hombres y mujeres se acortan respecto a la decisión de adaptar sus trabajos tras ser padres, es decir, cambiar el horario u optar por el teletrabajo, que en el caso de las madres es en el 20,6 por ciento y en los padres en el 14,5%.

El informe refleja que cuando las parejas aportan la misma cantidad de dinero al hogar, la mujer sigue siendo en el 45,2% la principal responsable de las tareas doméstico-familiares, frente al al 9% de los casos.

«No es el factor económico el que justifica el reparto desigual de tareas, sino que esa desigualdad se debe a estructuras heredadas de una cultura patriarcal», ha argumentado la socióloga Maite Egoscozabal, responsable de la investigación.

Según el estudio, justificar estas decisiones «como elecciones personales y libres» de la mujer es un error, porque «más bien se trata de malos arreglos que hacen las familias para solucionar las carencias de las medidas de conciliación actuales y la falta de corresponsabilidad«.

En este sentido, considera que las políticas empresariales y familiares que hay en España ven a la mujer «como principal proveedora de los servicios doméstico-familiares y al hombre como principal proveedor de ingresos en el hogar y esto tiene como consecuencia la perpetuación de los roles patriarcales».

Como ejemplo, cita los permisos parentales, que para las madres llegan a las 16 semanas pero para los padres se quedan en apenas un mes (28 días).

El informe destaca que aunque en los últimos años haya aumentado la participación de los hombres en las labores del hogar, esos cambios no se producen al mismo ritmo que la participación de la mujer en el trabajo productivo.

Al agrupar las tareas según el tipo de actividad, el 48,3% de las mujeres comenta que es la principal responsable de las tareas domésticas ( el 10,5 el hombre) , el 48,9% de la alimentación ( frente al 12,9) y el 50,5% del cuidado de los hijos (el 5,5% en el caso del hombre).

La mujer también lidera la responsabilidad de las tareas invisibles y organizativas, con el 54%, mientras que solo el 17 por ciento de los hombres se dedican a esas labores de planificación, como el seguimiento médico de los niños y de las tutorías escolares.

‘Somos Equipo’ también profundiza en las principales acciones que proponen las personas entrevistadas para que cambie el modelo actual con el fin de conseguir que la corresponsabilidad y la conciliación «sean una realidad».

Así, proponen actuar sobre la educación y concienciación de la sociedad, cambiar los permisos de maternidad y paternidad por unos iguales e intransferibles y flexibilizar el trabajo remunerado «para que éste deje espacio al uso de otros tiempos».

banner ivi

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo