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El Consell aprueba el decreto que regula los conciertos educativos en la enseñanza

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El Consell ha aprobado el decreto por el que se establece el reglamento de conciertos educativos valencianos y se convoca el proceso general de acceso o renovación.
Esta norma establece los criterios para solicitar, renovar o modificar conciertos educativos, y al mismo tiempo, desarrolla la ley estatal de conciertos en etapas no obligatorias, que no había tenido ninguna adecuación en el ámbito autonómico.

Según el decreto aprobado, se establecen las condiciones que deben regir los conciertos y se garantiza que todos los centros tengan las mismas oportunidades, siguiendo unos criterios objetivos y transparentes a la hora de concertar una unidad.

Algunos de los elementos más importantes del texto han sido aportados en las mesas de negociación, tanto en patronales como en sindicatos de trabajadores de la educación.

La Ley estatal de conciertos educativos, en vigor desde 1985, no regula los conciertos singulares. Los conciertos singulares son aquellos que se hacen para niveles de enseñanza no obligatorios. La ley menciona que existen, pero no los criterios para realizar los conciertos, ni cómo se renuevan o se modifican.

Esta ley se ha desarrollado hasta ahora en el territorio valenciano sin adecuarse al contexto autonómico, y como consecuencia, se ha interpretado siempre en los mismos criterios, tanto si el concierto era para educación obligatoria como para educación postobligatoria.

Con el decreto aprobado este viernes, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte prevé que los conciertos generales, que corresponden a la educación obligatoria, se rigen por la norma básica establecida, o sea, la ley estatal, y con respecto a los conciertos singulares se propone el desarrollo autonómico de la ley estatal.

En este nuevo marco normativo, el procedimiento que se establece garantiza a todos los centros privados las mismas oportunidades en el acceso al régimen de conciertos de las enseñanzas postobligatorias, y establece criterios objetivos de priorización.

Como no es educación obligatoria, la Administración no está obligada a concertar los niveles de Bachillerato y Formación Profesional. Hasta ahora, si un centro con niveles no obligatorios tenía un concierto, la renovación del concierto era automática, salvo que no se tuviera el alumnado suficiente.

Con el nuevo decreto, en el momento que finalice un contrato de concertación, lo que hay que hacer es una negociación de los conciertos que se necesitan. Es por eso que se indica que todos los conciertos de enseñanza postobligatoria se extinguen cuando finalizan los contratos de concertación y se inicia de nuevo el proceso de solicitud, modificación o renovación.

Criterios objetivos y transparentes

En caso de que el número de solicitudes de conciertos singulares sea superior al número de plazas necesarias, el decreto de conciertos da preferencia a los centros de acuerdo con los criterios siguientes, ordenados por orden de prioridad:

  1. Las solicitudes por parte de las antiguas filiales, es decir, las empresas que siempre han estado concertadas históricamente antes de que hubiera un sistema público educativo generalizado. Son las que antes de que se generalizaran los conciertos ya estaban haciendo este servicio.
  2. Que se atienda a la población desfavorecida. Será la Dirección General de Política Educativa la que determinará los criterios que acreditan atender a la población desfavorecida.
  3. Centros con experiencias educativas innovadoras, que serán acreditados como tales por parte de la Dirección General de Política Educativa.
  4. Centros que atiendan a la población en su área de escolarización.
  5. Centros que hayan contratado a profesorado despedido de otros centros por la modificación o supresión del concierto de estos últimos.

Asimismo, por encima de los criterios priorizados señalados anteriormente, prevalece el criterio general marcado por la ley estatal que explicita que las cooperativas educativas tienen prioridad de concertación con respecto a las empresas que no lo son.

Este año finalizan los contratos de los conciertos singulares de FP y Bachillerato. Con la puesta en funcionamiento del decreto, se analizará el contexto para contratar los conciertos que realmente sean necesarios a partir del próximo curso 2017-2018, en cuanto a la concertación singular postobligatoria.

Proceso de negociación fructífero

El borrador de decreto ha sido debatido en las mesas sectoriales pertinentes, tanto por lo que respecta a las patronales educativas como a los sindicatos con representación en la enseñanza concertada.

Fruto de este diálogo con el sector, el decreto ha incorporado mejoras sustanciales, sobre todo en cuanto a los criterios objetivos para la concertación de unidades, donde se ha incorporado el supuesto que hace referencia a la preferencia de centros que contratan trabajadores despedidos de otros centros.

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El examante de Edwin Arrieta mantiene su querella contra Rodolfo Sancho por presunta extorsión

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Daniel Sancho
Daniel Sancho tras su detención por parte de la policía de Koh Phangan. (EFE)

Sigue la última hora del caso de Daniel Sancho, hijo del actor Rodolfo Sancho desde Official Press:

Nilson Domínguez ratifica ante un juzgado de Fuerteventura su denuncia contra el actor, al que acusa de presionarlo para mentir en el juicio de Daniel Sancho en Tailandia.


Nilson Domínguez acusa a Rodolfo Sancho de extorsión

El venezolano Nilson Domínguez, expareja del cirujano colombiano Edwin Arrieta, ratificó este miércoles en el juzgado de Fuerteventura la querella contra el actor Rodolfo Sancho, al que acusa de haber intentado coaccionarlo.

Según la denuncia, el padre de Daniel Sancho (condenado en Tailandia por el asesinato de Arrieta) habría ofrecido dinero y ejercido presiones para que Domínguez declarara falsamente durante el juicio celebrado en el país asiático.

Declaraciones del abogado de Nilson Domínguez

El letrado Alfredo Arrien Paredes explicó ante los medios que su cliente recibió ofertas económicas y promesas de más dinero a cambio de declarar en favor de Daniel Sancho. Al negarse, habría sido advertido de que se le presentaría una denuncia.

Domínguez, que intervino por vía telemática, aseguró que fue extorsionado para mentir en Tailandia y reiteró que nunca iba a declarar algo que no fuera cierto.

Rodolfo Sancho se defiende ante la jueza

El actor, que reside en Canarias, prestó declaración en el Juzgado de Instrucción número 7 de Puerto del Rosario. Allí evitó responder a las preguntas de la acusación y limitó su testimonio a la jueza.

Sancho alegó que había sido engañado con la promesa de unas declaraciones favorables a su hijo que finalmente no se produjeron.

Conversaciones de WhatsApp como prueba

El abogado de Domínguez adelantó que se han aportado conversaciones de WhatsApp como prueba de la presunta extorsión, en las que Rodolfo Sancho habría prometido varias cantidades de dinero.

El actor, por su parte, también presentó una querella por presunta estafa contra Domínguez, algo que la defensa del venezolano considera un intento de contrarrestar la acusación inicial.

Daniel Sancho en prisión en Tailandia

Mientras tanto, Daniel Sancho continúa cumpliendo cadena perpetua en la prisión tailandesa de Shurat Thani, donde convive con más de 5.000 internos. Según su abogado, el joven se encuentra en buen estado físico y mental, pasa parte del tiempo escribiendo sus memorias y mantiene contacto regular con allegados mediante videollamadas.

 

Cómo es la cadena perpetua en Tailandia

La cadena perpetua en Tailandia es una de las penas más severas y conlleva un encarcelamiento de por vida sin la posibilidad de libertad condicional automática. Aquí te detallo algunos aspectos clave de esta condena:

1. Duración y Condiciones

  • Cadena perpetua sin revisión automática: En principio, la cadena perpetua significa que la persona estará encarcelada por el resto de su vida. No existe un período fijo tras el cual se revise automáticamente la condena.
  • Posibilidad de indulto o reducción: Aunque en teoría es una pena de por vida, existe la posibilidad de solicitar un indulto real o una reducción de la pena, que pueden concederse en casos excepcionales, generalmente después de cumplir un mínimo de 10 años de condena. Sin embargo, estos indultos no son garantizados y dependen del monarca o del gobierno tailandés.

2. Condiciones de Vida en Prisión

  • Condiciones penitenciarias: Las cárceles en Tailandia, especialmente las que albergan a criminales peligrosos, son conocidas por sus duras condiciones. Las instalaciones suelen estar sobrepobladas, y las condiciones sanitarias y de alimentación pueden ser muy deficientes.
  • Trabajo y disciplina: Los reclusos a menudo están obligados a participar en trabajos dentro de la prisión, y el régimen disciplinario es estricto. Las actividades diarias suelen estar muy regimentadas, con poco tiempo de recreación.

3. Derechos y Visitas

  • Visitas y comunicaciones: Los prisioneros tienen derecho a recibir visitas, aunque estas pueden estar restringidas en términos de frecuencia y duración. La comunicación con el exterior también está controlada, con cartas y llamadas telefónicas sujetas a monitoreo.
  • Acceso a la salud: Los servicios médicos dentro de las prisiones tailandesas están disponibles, pero pueden ser limitados y de baja calidad. Los reclusos dependen en gran medida de sus familias para recibir medicinas o atención especializada.

4. Rehabilitación y Reinserción

  • Programas de rehabilitación: Algunas prisiones ofrecen programas de rehabilitación y educación, aunque su efectividad varía. Sin embargo, la posibilidad de reinserción social es muy limitada para los condenados a cadena perpetua.
  • Estigma y reintegración: En los casos excepcionales donde un preso obtiene la libertad después de un indulto, enfrentará un fuerte estigma social, lo que dificulta la reintegración en la sociedad.

En resumen, la cadena perpetua en Tailandia implica una vida de encarcelamiento con pocas posibilidades de reducción de la pena y condiciones muy duras dentro de las prisiones. Aunque existe la posibilidad de solicitar un indulto, este no es fácil de obtener y depende de factores ajenos al control del recluso.

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