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El Consell concede ayudas a personas desempleadas para el pago de los medicamentos

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El Consell ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases y la convocatoria para la concesión de subvenciones directas al colectivo de personas en situación de desempleo, destinadas a compensar, durante 2018, los gastos relacionados con la protección de la salud.

Durante la rueda de prensa posterior a la reunión semanal del Gobierno valenciano, la vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, ha explicado que estas ayudas, que cuentan con un presupuesto de 10 millones de euros, se suman a las subvenciones económicas que concede la Generalitat para contrarrestar el copago farmacéutico en los colectivos de pensionistas, personas con diversidad funcional y menores de edad de familias de rentas bajas.

A este respecto, Oltra ha destacado que, a lo largo de estos tres años de legislatura, «el Gobierno del Botánico viene desarrollando una política clara de recuperación y ampliación de derechos en materia sanitaria», en contraposición con «los obstáculos de copago farmacéuticos que impuso el Gobierno de España» en 2012, lo que hizo que la Comunitat Valenciana «fuera la comunidad con más abandonos médicos de toda España».

Las ayudas del Consell «han permitido garantizar el tratamiento y el restablecimiento de la salud a través de la prestación farmacéutica, eliminado obstáculos económicos que el sistema de aportación de las personas usuarias y sus beneficiarios representa para determinados colectivos», ha insistido la vicepresidenta.

De hecho, a raíz de la concesión de estas subvenciones, se ha constatado cerca de un 40% menos de abandonos de tratamientos en el colectivo de pensionistas; de un 29,3% menos en el de personas con diversidad funcional y de un 12% menos en menores de edad de familias de rentas bajas.

«Las políticas de recortes en sanidad, educación o políticas sociales tienen consecuencias muy importantes en la vida de las personas», ha enfatizado la vicepresidenta, quien ha hecho hincapié en que «una prioridad de este Consell es garantizar los derechos de las personas».

El nuevo decreto del Consell amplía la protección al colectivo de personas desempleadas que reciben prestación o subsidio y a aquellas personas que lo hayan agotado, siempre que tengan un nivel de ingresos inferior a una base liquidable de 18.000 euros anuales.

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El Juzgado de Instrucción nº 20 rechaza asumir la denuncia de Manos Limpias por la dana

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denuncia responsables muertes DANA
Efectivos de los servicios funerarios junto a un furgón policial, este jueves en la CIudad de la Justicia e Valencia.La Comunitat Valenciana intenta recuperarse de la peor dana del siglo en España, que ha dejado casi un centenar de muertos en esa región, además de un inmenso escenario de daños en carreteras, calles e infraestructuras de numerosas localidades. EFE/ Ana Escobar

València, 21 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).-

alència, 21 nov (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 20 de València, que investiga la muerte de un vecino de La Torre arrastrado por las aguas durante la DANA del 29 de octubre, ha desestimado asumir las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Instrucción 15 tras la denuncia de Manos Limpias contra dirigentes de la Aemet y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) por presunto homicidio imprudente.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, el Juzgado de Instrucción 20 califica de «prematura y no justificada» la inhibición planteada por el juzgado receptor de la denuncia, recordando que su investigación se limita, por el momento, al fallecimiento de un hombre de 79 años, vecino de La Torre, cuyo cuerpo fue encontrado el 30 de octubre.

Sin conexión con la denuncia de Manos Limpias

El juez destaca que no hay «base indiciaria mínima» que vincule la denuncia de Manos Limpias con la muerte que investiga. Según la autopsia, el hombre murió alrededor de las tres de la madrugada del 30 de octubre, tras ser arrastrado por las aguas al intentar sujetarse con la ayuda de su hermano, sufriendo una parada cardiorrespiratoria asociada a un ahogamiento.

La resolución señala que, para imputar resultados lesivos a personas concretas, es imprescindible evaluar de forma objetiva las circunstancias específicas de cada caso, algo que no se ha hecho en este procedimiento. El Juzgado 15 no ha practicado diligencias que justifiquen la conexión entre los hechos denunciados y el fallecimiento investigado.

Además, el juez recalca que el deceso ocurrió horas después de la inundación, cuando ya se había emitido una alerta roja por parte de la Aemet y los mensajes de Emergencias estaban activos. Por tanto, considera que no existe una relación causal suficiente para acumular la denuncia de Manos Limpias en su investigación.

Resolución recurrible

La decisión del Juzgado 20 puede ser recurrida en un plazo de tres días ante el mismo juzgado o en cinco días ante la Audiencia Provincial.

El Juzgado de Instrucción 20 fue el primero en València en abrir diligencias previas por un fallecimiento relacionado con las inundaciones, limitándose hasta ahora a investigar el caso de La Torre.

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