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El cuarto confinamiento de fin de semana de 16 ciudades empieza a las 15 h

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EFE/Biel Aliño/Archivo

València, 19 feb (EFE).- Las dieciséis ciudades de la Comunitat Valenciana de más de 50.000 habitantes aplican desde las tres de esta tarde su cuarto fin de semana consecutivo de cierre perimetral, de manera que hasta las 6 de la mañana del lunes no se podrá entrar ni salir de ellas sin causa justificada.

Este confinamiento perimetral afecta a las nueve grandes ciudades de la provincia de Alicante (la capital, Alcoi, Benidorm, Elche, Elda, Orihuela, Petrer, San Vicent del Raspeig y Torrevieja); a las cinco de Valencia (València, Torrent, Sagunto, Gandia y Paterna), y a las dos de Castellón (la capital y Vila-real).

Esta medida, que busca reducir la propagación del coronavirus mediante la restricción de la movilidad, afecta a 2,3 millones de ciudadanos, el 46 % de la población de la Comunitat Valenciana, y volverá a repetirse el próximo fin de semana.

La Comunitat Valenciana mantiene vigentes hasta 1 de marzo al menos todas sus restricciones contra la covid, que incluyen también el cierre perimetral de la región, el cierre total de la hostelería y centros deportivos, el toque de queda entre las 22 y las 6 horas, o el cierre a las seis de la tarde del comercio no esencial.

Al igual que en los tres fines de semana anteriores, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado velarán para que en estos dieciséis municipios solo se entre o salga por causas adecuadamente justificadas, como la asistencia a centros sanitarios, educativos o laborales; el retorno al lugar de residencia habitual; o el cuidado de personas vulnerables.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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