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Valencia

El DOGV publica la resolución sobre uso de la mascarilla en playa y piscinas de la Comunitat

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València, 12 abr (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publica este lunes la nueva resolución de la Conselleria de Sanidad sobre el uso de la mascarilla para contener el coronavirus, que entre otras cuestiones regula cómo debe utilizarse en lugares como la playa y las piscinas.

La resolución, que aplica los criterios adoptados por el Consejo Interterritorial de Sanidad de la semana pasada y entrado en vigor tras publicarse, señala que se consideran actividades incompatibles con el uso de la mascarilla el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño, así como en piscinas, en el exterior o cubiertas.

Tampoco se tiene que utilizar en la práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial, ni en los periodos de descanso antes o después del baño o de la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo.

El periodo de descanso en las playas, ríos o entornos asimilados, o en piscinas no cubiertas, solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con no convivientes, y sin que la agrupación de personas supere el número máximo permitido.

En las piscinas cubiertas o en el caso de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por periodo de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

La mascarilla tampoco será obligatoria en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático, ni en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber en lugares en los que esté autorizado.

Por el contrario, se tiene que utilizar la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; en el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas, y en el exterior o interior de establecimientos de hostelería, fuera de los momentos estrictamente necesarios para comer o beber.

La resolución recuerda que las personas de 6 años en adelante están obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

Asimismo, es obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, y en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes del turismo no conviven. En el caso de pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario usarla cuando estén en su camarote.

Se excepciona de su uso a las personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para quitarse la mascarilla, o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible para el ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La resolución equipara al ejercicio del deporte individual -y por tanto no exigirá mascarilla- las actividades que supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

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Valencia

Feijóo admite que no supo de la DANA hasta poco antes de las 20 horas y que Mazón no le informó “en tiempo real”

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El presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo. - EUROPA PRESS - Archivo

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

El presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha reconocido ante la jueza que investiga la gestión de la DANA que afectó a la Comunitat Valenciana el 29 de octubre de 2024 que no tuvo conocimiento de la magnitud del episodio meteorológico hasta poco antes de las 20.00 horas de ese día y que el entonces president de la Generalitat, Carlos Mazón, no le informó en tiempo real de la evolución de la emergencia.

Feijóo ha realizado estas manifestaciones durante su declaración por videoconferencia ante la magistrada del Juzgado que instruye la causa, después de que esta aceptara su comparecencia a distancia al amparo del artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite este formato para autoridades de alto rango.

Declaración por videoconferencia ante la jueza de la DANA

El líder de la oposición ha comparecido desde el Congreso de los Diputados, donde ha sido fotografiado a su entrada antes de conectarse con el juzgado de Valencia. En su testimonio, Feijóo ha explicado que la información que recibió durante la tarde del 29 de octubre fue parcial y fragmentaria, y que no fue consciente de la gravedad de la situación hasta avanzada la tarde.

Según ha detallado, no existió una comunicación constante ni directa con Mazón durante las horas críticas de la emergencia, y ha insistido en que no recibió datos actualizados “minuto a minuto” sobre el impacto de la DANA, que provocó graves inundaciones y numerosas incidencias en distintos puntos del territorio valenciano.

Mensajes aportados al juzgado

En el marco de la investigación judicial, Feijóo ha remitido al juzgado los mensajes intercambiados con Carlos Mazón el día de la DANA. La documentación fue enviada en dos tandas, los días 24 de diciembre de 2025 y 2 de enero de 2026, y forma ya parte de las diligencias del caso.

Estos mensajes, según fuentes conocedoras del procedimiento, reflejan contactos puntuales pero no una coordinación permanente durante la jornada en la que se produjeron los episodios más intensos del temporal.

Investigación sobre la gestión de la emergencia

La jueza investiga si hubo fallos en la cadena de información y en la toma de decisiones durante la DANA, especialmente en lo relativo a la activación de alertas y a la comunicación entre administraciones. En este contexto, la declaración de Feijóo busca esclarecer cuándo y cómo tuvo conocimiento la dirección nacional del PP de la situación que se estaba viviendo en la Comunitat Valenciana.

El presidente popular ha defendido que la gestión operativa de la emergencia correspondía a la Generalitat Valenciana y a los servicios autonómicos de protección civil, y ha reiterado que su papel fue el de seguir la información disponible en cada momento, sin intervenir directamente en la toma de decisiones técnicas.

Un testimonio clave en la causa

La comparecencia de Feijóo se suma a otras declaraciones relevantes en una investigación que continúa avanzando y que mantiene el foco en las horas críticas previas y posteriores a la DANA. La magistrada deberá ahora valorar el contenido de los mensajes aportados y el alcance de las responsabilidades políticas y administrativas derivadas de la gestión del temporal.

Así es Nuria Ruiz Torraba, la jueza encargada de la investigación de la DANA

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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