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Valencia

El DOGV publica la resolución sobre uso de la mascarilla en playa y piscinas de la Comunitat

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València, 12 abr (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publica este lunes la nueva resolución de la Conselleria de Sanidad sobre el uso de la mascarilla para contener el coronavirus, que entre otras cuestiones regula cómo debe utilizarse en lugares como la playa y las piscinas.

La resolución, que aplica los criterios adoptados por el Consejo Interterritorial de Sanidad de la semana pasada y entrado en vigor tras publicarse, señala que se consideran actividades incompatibles con el uso de la mascarilla el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño, así como en piscinas, en el exterior o cubiertas.

Tampoco se tiene que utilizar en la práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial, ni en los periodos de descanso antes o después del baño o de la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo.

El periodo de descanso en las playas, ríos o entornos asimilados, o en piscinas no cubiertas, solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con no convivientes, y sin que la agrupación de personas supere el número máximo permitido.

En las piscinas cubiertas o en el caso de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por periodo de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

La mascarilla tampoco será obligatoria en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático, ni en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber en lugares en los que esté autorizado.

Por el contrario, se tiene que utilizar la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; en el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas, y en el exterior o interior de establecimientos de hostelería, fuera de los momentos estrictamente necesarios para comer o beber.

La resolución recuerda que las personas de 6 años en adelante están obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

Asimismo, es obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, y en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes del turismo no conviven. En el caso de pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario usarla cuando estén en su camarote.

Se excepciona de su uso a las personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para quitarse la mascarilla, o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible para el ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La resolución equipara al ejercicio del deporte individual -y por tanto no exigirá mascarilla- las actividades que supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

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Valencia

Así puedes entrar en el sorteo para ver la mascletà desde el balcón del Ayuntamiento en Fallas 2026

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Sorteo mascletà balcón Ayuntamiento
Foto: Toni Cortés

La experiencia más exclusiva de las Fallas 2026 ya tiene convocatoria: solo 340 personas podrán presenciar una mascletà desde el balcón principal del Ayuntamiento de Valencia. La oportunidad de vivir el estruendo y la pólvora desde primera fila está al alcance de quienes se inscriban en el sorteo oficial.

La Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases que regulan el reparto de invitaciones. Se entregarán 10 invitaciones diarias, válidas para dos personas cada una, para los días comprendidos entre el 1 y el 19 de marzo, exceptuando el 8 y 13 de marzo.


Cómo entrar en el sorteo de la mascletà

  1. Inscribirse online a través de la web municipal.

  2. Plazo de inscripción: desde el lunes 9 de febrero a las 00:00 horas hasta el miércoles 11 de febrero a las 23:59 horas.

  3. Requisitos: ser mayor de edad y estar empadronado en Valencia.

  4. Selección de ganadores: mediante sorteo informático; los afortunados serán avisados por correo electrónico.

  5. Invitación personal e intransferible: cada ganador podrá llevar un acompañante.

  6. Accesibilidad: personas con movilidad reducida tendrán un acceso alternativo al balcón.

En caso de que una mascletà se suspenda por fuerza mayor, las personas agraciadas serán reubicadas en otra fecha, garantizando la experiencia completa.


Récord de interés en 2025

El año pasado, casi 19.000 personas intentaron conseguir estas exclusivas invitaciones, superando en 3.383 solicitudes las del 2024. La participación femenina fue mayor que la masculina (11.670 frente a 7.482).

Esta cifra refleja que la mascletà desde el balcón del Ayuntamiento se ha convertido en uno de los momentos más codiciados de las Fallas, ofreciendo una vista privilegiada del espectáculo de pólvora y ruido, y convirtiéndose en un auténtico premio para los amantes de la fiesta.

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