Síguenos

Valencia

El DOGV publica la resolución sobre uso de la mascarilla en playa y piscinas de la Comunitat

Publicado

en

València, 12 abr (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publica este lunes la nueva resolución de la Conselleria de Sanidad sobre el uso de la mascarilla para contener el coronavirus, que entre otras cuestiones regula cómo debe utilizarse en lugares como la playa y las piscinas.

La resolución, que aplica los criterios adoptados por el Consejo Interterritorial de Sanidad de la semana pasada y entrado en vigor tras publicarse, señala que se consideran actividades incompatibles con el uso de la mascarilla el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño, así como en piscinas, en el exterior o cubiertas.

Tampoco se tiene que utilizar en la práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial, ni en los periodos de descanso antes o después del baño o de la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo.

El periodo de descanso en las playas, ríos o entornos asimilados, o en piscinas no cubiertas, solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con no convivientes, y sin que la agrupación de personas supere el número máximo permitido.

En las piscinas cubiertas o en el caso de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por periodo de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

La mascarilla tampoco será obligatoria en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático, ni en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber en lugares en los que esté autorizado.

Por el contrario, se tiene que utilizar la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; en el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas, y en el exterior o interior de establecimientos de hostelería, fuera de los momentos estrictamente necesarios para comer o beber.

La resolución recuerda que las personas de 6 años en adelante están obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

Asimismo, es obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, y en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes del turismo no conviven. En el caso de pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario usarla cuando estén en su camarote.

Se excepciona de su uso a las personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para quitarse la mascarilla, o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible para el ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La resolución equipara al ejercicio del deporte individual -y por tanto no exigirá mascarilla- las actividades que supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

El PSOE investiga dos denuncias por acoso sexual y laboral contra el alcalde de Almussafes, Toni González

Publicado

en

El PSOE investiga dos denuncias por acoso sexual y laboral contra el alcalde de Almussafes, Toni González, quien además ocupa el cargo de vicesecretario general de Políticas Institucionales y Coordinación Territorial del PSPV en la provincia de Valencia. González forma parte también de la ejecutiva “de país” que lidera Diana Morant, donde figura como vocal, y es considerado uno de los principales referentes del abalismo tras la salida de José Luis Ábalos de la primera línea política.

Según ha podido confirmar Levante-EMV, la dirección federal del partido, Ferraz, ha abierto una investigación interna tras recibir dos denuncias que apuntan a supuestos comportamientos de acoso sexual y acoso laboral atribuidos al alcalde. Fuentes del partido señalan que el procedimiento se ha activado siguiendo los protocolos internos de igualdad y convivencia, y que el caso ya está en manos de los órganos competentes.

La información llega en un contexto especialmente sensible para el PSOE, después de que el caso de Francisco Salazar desencadenara un efecto dominó que ha reabierto el debate interno sobre la gestión de denuncias y el tratamiento de conductas inapropiadas dentro del partido. La situación de González añade presión a los socialistas valencianos, que mantienen la cautela a la espera de los avances del expediente interno.

Las fuentes consultadas remarcan que el proceso se encuentra en fase de investigación, por lo que habrá que esperar a las conclusiones de Ferraz para determinar los siguientes pasos.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo