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Valencia

El DOGV publica la resolución sobre uso de la mascarilla en playa y piscinas de la Comunitat

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València, 12 abr (EFE).- El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana publica este lunes la nueva resolución de la Conselleria de Sanidad sobre el uso de la mascarilla para contener el coronavirus, que entre otras cuestiones regula cómo debe utilizarse en lugares como la playa y las piscinas.

La resolución, que aplica los criterios adoptados por el Consejo Interterritorial de Sanidad de la semana pasada y entrado en vigor tras publicarse, señala que se consideran actividades incompatibles con el uso de la mascarilla el baño en el mar, lagos, embalses, ríos o en otras zonas de baño, así como en piscinas, en el exterior o cubiertas.

Tampoco se tiene que utilizar en la práctica de deporte en el medio acuático, sea este natural o artificial, ni en los periodos de descanso antes o después del baño o de la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo.

El periodo de descanso en las playas, ríos o entornos asimilados, o en piscinas no cubiertas, solo podrá extenderse a aquel en que la persona permanezca en un punto determinado y respetando la distancia mínima de 1,5 metros con no convivientes, y sin que la agrupación de personas supere el número máximo permitido.

En las piscinas cubiertas o en el caso de que ese descanso se realice a bordo de embarcaciones, solo se entenderá por periodo de descanso el estrictamente necesario entre intervalos de actividad.

La mascarilla tampoco será obligatoria en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático, ni en los momentos estrictamente necesarios para comer o beber en lugares en los que esté autorizado.

Por el contrario, se tiene que utilizar la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; en el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; en los vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas, y en el exterior o interior de establecimientos de hostelería, fuera de los momentos estrictamente necesarios para comer o beber.

La resolución recuerda que las personas de 6 años en adelante están obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.

Asimismo, es obligatoria en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús, o por ferrocarril, y en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes del turismo no conviven. En el caso de pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario usarla cuando estén en su camarote.

Se excepciona de su uso a las personas con alguna enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no tengan autonomía para quitarse la mascarilla, o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

Tampoco será exigible para el ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

La resolución equipara al ejercicio del deporte individual -y por tanto no exigirá mascarilla- las actividades que supongan un esfuerzo físico de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual, manteniendo, en todo caso, la distancia mínima de 1,5 metros con otras personas que no sean convivientes.

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Valencia

Ayudas para los comercios de València: cómo solicitarlas

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ayudas comercios valencia

El Ayuntamiento de València abre el plazo hasta el 10 de marzo para subvenciones de hasta 2.000 euros destinadas a fomentar el uso del valenciano en comercios y establecimientos abiertos al público.

El Ayuntamiento de València ha abierto el plazo para solicitar las ayudas al comercio para la promoción del valenciano 2026, dirigidas a negocios que impulsen el uso habitual de la lengua en sus establecimientos.

Las solicitudes pueden presentarse hasta el próximo 10 de marzo, tras la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de València.


💶 Subvenciones de hasta 2.000 euros por comercio

La convocatoria contempla ayudas de hasta 2.000 euros por establecimiento, cubriendo el 100% de los gastos subvencionables realizados entre el 1 de junio de 2025 y el 30 de abril de 2026, con los límites establecidos en cada línea de actuación.

La dotación total de la campaña asciende a 47.500 euros.


🏪 ¿Qué gastos cubren las ayudas?

Se han establecido ocho líneas de subvención para ofrecer un amplio abanico de acciones destinadas a fomentar el uso del valenciano en el comercio local:

  • Formación en valenciano para empleados y empleadas.

  • Rotulación interior y exterior del establecimiento.

  • Anuncios en medios de comunicación.

  • Publicidad impresa.

  • Creación o mejora de la identidad corporativa.

  • Materiales impresos duraderos.

  • Páginas web y aplicaciones móviles.

  • Línea específica para hostelería y restauración (cartas de menú en papel o formato digital).


🎯 Objetivo: reforzar el uso habitual del valenciano

Estas ayudas están gestionadas por el Servicio de Normalización Lingüística, dependiente de la Concejalía de Acción Cultural, Patrimonio y Recursos Culturales del Ayuntamiento.

El objetivo es:

  • Fomentar la presencia del valenciano en el ámbito comercial.

  • Reforzar su uso como lengua habitual en la atención al público.

  • Valorar las iniciativas empresariales que contribuyan a la normalización lingüística.


📝 Criterios de valoración

En la concesión de las ayudas se tendrán en cuenta aspectos como:

  • Coherencia entre la justificación y los objetivos del proyecto.

  • Creatividad e innovación.

  • Incorporación de perspectiva de género y lenguaje inclusivo.

  • Trayectoria en convocatorias anteriores.

La puntuación máxima variará según la línea de subvención solicitada.


👥 ¿Quién puede solicitar las ayudas?

Podrán beneficiarse:

  • Personas físicas o jurídicas.

  • Sociedades civiles y comunidades de bienes.

  • Propietarios o arrendatarios legales de establecimientos comerciales en València.

Es requisito estar inscrito en el fichero municipal de personas acreedoras, cesionarias, terceras y personal propio del Ayuntamiento antes de que finalice el plazo de presentación.


📅 Plazo y dónde presentar la solicitud

El plazo de presentación está abierto del 19 de febrero al 10 de marzo (20 días naturales).

Las bases completas y la documentación necesaria pueden consultarse en la sede electrónica municipal y en el portal oficial del Ayuntamiento.


📌 Claves de las ayudas al comercio para promover el valenciano 2026

  • ✔ Hasta 2.000 euros por establecimiento

  • ✔ Subvención del 100% de los gastos justificados

  • ✔ Ocho líneas de actuación

  • ✔ Plazo abierto hasta el 10 de marzo

  • ✔ Presupuesto total de 47.500 euros

Una iniciativa que busca consolidar el valenciano como lengua habitual en el comercio local y reforzar la identidad cultural en la ciudad de València.

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