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El Gobierno deja en manos del Supremo y autonomías las medidas de la pandemia

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EFE/Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

Madrid, 4 may (EFE).- El Gobierno de España dejará en manos de las autonomías el grueso de las nuevas medidas para luchar contra la pandemia una vez decaiga el estado de alarma el próximo 9 de mayo, unas restricciones sobre las que en adelante tendrá la última palabra el Tribunal Supremo en lugar de los tribunales autonómicos.

A cinco días del fin del estado de alarma, el Consejo de Ministros ha aprobado el real decreto-ley que permitirá a las autonomías recurrir en casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo la presunta vulneración de derechos fundamentales en sus medidas de control de la pandemia, lo que a juicio del Gobierno mejorará la seguridad jurídica y dará más coherencia al sistema.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, ha dado cuenta de esta decisión que entrará en vigor el próximo 10 de mayo, con el fin del estado de alarma, y que ofrece «tranquilidad» a las autonomías en su afán de mantener restricciones para combatir al coronavirus.

El Ejecutivo, según ha explicado Calvo, ha informado previamente al alto tribunal de su intención de cederle esta última palabra y dar así un paso más en el camino que ya había iniciado en septiembre cuando se modificó la ley para que fueran los TSJ de cada comunidad, y no los juzgados ordinarios, los encargados de resolver sobre las restricciones.

En este caso, el Supremo tendrá «un tiempo récord» de cinco días para responder a un Gobierno autonómico. «Esto significa que hemos de estar tranquilos, que los gobiernos autonómicos pueden seguir planteando medidas importantes con garantía constitucional y con una nueva capacidad de protección que es la que nos ofrece el Supremo», ha incidido Calvo.

El Gobierno espera que esta nueva decisión «tranquilice» a las autonomías, cuyas demandas ha escuchado, pero que no han colaborado ni conocían previamente la normativa aprobada este martes.

Así, a partir del 9 de mayo acabarán de forma generalizada los toques de queda para todas las comunidades autónomas y también los cierres perimetrales, que han sido dos de los grandes instrumentos de lucha contra la pandemia.

Sin embargo, ha explicado Calvo, es «evidente» que las autonomías que lo necesiten pueden justificar, argumentar, proponer y decidir el toque de queda, los confinamientos o cualquier otra circunstancia, que quedará pendiente de ser avalada por los tribunales y por el Supremo en última instancia.

La vicepresidenta primera ha apuntado que la Justicia «ha acompañado» las decisiones adoptadas por los distintos gobiernos y ha operado en una dirección «garantista» en la protección de la salud.

No obstante, preguntada por los periodistas, ha aclarado que el Gobierno no «prejuzga» lo que va a decidir el poder judicial y muestra su respeto absoluto a sus decisiones.

Calvo ha defendido que el estado de alarma tenía que llegar a su fin porque se trata de una prerrogativa pensada para situaciones excepcionales, que no se pueden convertir en algo permanente, y con el peso de la vacunación España, al igual que otros países europeos, transita ahora hacia «otros escenarios» con «otras condiciones».

«El Gobierno siempre es responsable de su posición, consciente de sus obligaciones y sus competencias y ha venido trabajando para tener una respuesta a partir del día 9, que salimos del estado de alarma pero no de la pandemia», ha expuesto en su comparecencia la vicepresidenta, acompañada de la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero.

De hecho, el decreto también extenderá algunas medidas de carácter social más allá del estado de alarma que acaba el próximo domingo, entre ellas la moratoria del alquiler y la suspensión de los desahucios para colectivos vulnerables, en la línea de lo que ya avanzó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Otras de las medidas que se prolongarán serán las vinculadas a controlar a los pasajeros internacionales: el Gobierno ha vuelto a ampliar hasta el 25 de mayo las restricciones a los vuelos procedentes de Brasil y Sudáfrica, con lo que solo podrán aterrizar en los aeropuertos españoles aeronaves procedentes de estos países ocupadas por españoles o residentes.

También se amplía más allá del estado de alarma la posibilidad de cobrar la jubilación y seguir ejerciendo la medicina o la enfermería para la gestión del COVID, y se extiende la posibilidad de no convocar las reuniones de las juntas de propietarios hasta el 31 de diciembre de este año.

El decreto mantiene asimismo la garantía de suministro de agua y energía hasta el 9 de agosto y la aplicación del bono social, y amplía en otros tres meses la consideración de servicios esenciales los dedicados a la atención, asistencia y asesoramiento a víctimas de la violencia de género, entre otras cuestiones.

El nuevo decreto, coordinado por Calvo y en cuya elaboración han participado nueve ministerios, se estructura en seis capítulos, quince artículos, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales que entrarán en vigor en cuanto acabe el estado de alarma, es decir, el próximo diez de mayo.

La decisión del Gobierno de poner fin al estado de alarma no tiene marcha atrás y ahora serán las comunidades las que apliquen unas medidas u otras en función de sus necesidades bajo el paraguas y el amparo de los tribunales.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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