PORTADA OFFICIAL PRESS
El Gobierno prohíbe las rebajas para evitar aglomeraciones
Publicado
hace 6 añosen
El Gobierno prohíbe que los comercios hagan rebajas en las tiendas físicas con el fin de evitar aglomeraciones. Esta prohibición no se aplicará a los comercios online y las tiendas físicas podrán rebajar sus productos a través de Internet. Esta medida estará vigente en los territorios que han pasado a la fase 1.
Esta medida se anunció en el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado: «Los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones. Esta restricción no afectará a las ventas en rebaja ni tampoco ventas en oferta o promoción que se realicen a través de la página web».
Medidas de higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público.
1. Los establecimientos y locales que abran al público en los términos del artículo 10 realizarán, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
a) Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.
b) Serán de aplicación las indicaciones de limpieza y desinfección previstas en el artículo 6.1.a) y b).
Para dicha limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, una pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. Estos horarios de cierre por limpieza se comunicarán debidamente al consumidor por medio de cartelería visible o mensajes por megafonía.
Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas u otros elementos de los puestos en mercadillos, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no solo a la zona comercial, sino también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
2. Se revisará, como mínimo una vez al día, el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos en los establecimientos y locales comerciales minoristas.
3. En el caso de la venta automática, máquinas de vending, lavanderías autoservicio y actividades similares, el titular de las mismas deberá asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección adecuadas tanto de las máquinas como de los locales, así como informar a los usuarios de su correcto uso mediante la instalación de cartelería informativa. En todo caso, serán de aplicación las medidas previstas en el artículo 6.
4. No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.
Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador de los establecimientos y locales que abran al público.
La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos. Asimismo, la distancia entre los puestos de los mercados al aire libre o de venta no sedentaria (mercadillos) en la vía pública y los viandantes será de dos metros en todo momento.
En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.
Medidas relativas a la higiene de los clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública.
1. El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.
2. Los establecimientos y locales, así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública (mercadillos), deberán señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización para aquellos casos en los que sea posible la atención individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, que no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo empleado.
3. Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del local, que deberán estar siempre en condiciones de uso, siendo recomendada la puesta a disposición de estos dispensadores también en las inmediaciones de los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública.
4. En los establecimientos y locales comerciales, así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, que cuenten con zonas de autoservicio, deberá prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado, con el fin de evitar la manipulación directa por parte de los clientes de los productos.
5. No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos, productos de perfumería, y similares que impliquen manipulación directa por sucesivos clientes.
6. En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán.
En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes. Esta medida será también aplicable a las devoluciones de prendas que realicen los clientes.
Medidas en materia de aforo para los establecimientos y locales abiertos al público.
1. Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.
2. Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.
3. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.
Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.
4. En los establecimientos y locales comerciales que dispongan de aparcamientos propios para sus empleados y clientes, cuando el acceso a las instalaciones, los lectores de tickets y tarjetas de empleados no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, este será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo. Este personal también supervisará que se cumple con las normas de llegada y salida escalonada de los empleados a y desde su puesto de trabajo, según los turnos establecidos por el centro.
En su caso, y salvo que estrictos motivos de seguridad recomienden lo contrario, las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a tienda o los vestuarios de los empleados permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.
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Cancelación de trenes por la huelga del 9, 10 y 11 de febrero: consulta el estado de tu tren de Renfe, Ouigo e Iryo
Publicado
hace 3 horasen
9 febrero, 2026
La huelga ferroviaria convocada para los días 9, 10 y 11 de febrero afectará de forma significativa al transporte en tren en España. Los sindicatos del sector mantienen los paros de 24 horas durante estas tres jornadas, lo que provocará cancelaciones y modificaciones en los servicios de Renfe, Ouigo e Iryo, especialmente en los trenes de alta velocidad, larga distancia y media distancia.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha decretado servicios mínimos del 73% en alta velocidad, pero aun así se prevé la supresión de hasta 350 trenes en total, lo que obligará a miles de pasajeros a revisar el estado de sus viajes.
La huelga ferroviaria en Valencia continúa afectando a miles de usuarios de Cercanías, con retrasos y cancelaciones en múltiples líneas durante la primera jornada. Las Líneas C1, C2, C3 y C6 han registrado incidencias tanto por la movilización de los trabajadores como por averías técnicas, lo que ha generado alteraciones significativas en los horarios habituales. Renfe y los sindicatos mantienen posiciones enfrentadas sobre el seguimiento de la huelga, mientras los viajeros deben consultar el estado de sus trenes antes de desplazarse para evitar contratiempos. La combinación de servicios mínimos y averías convierte esta jornada en una de las más complicadas para los usuarios de la red de Cercanías de Valencia, afectando especialmente a quienes se desplazan durante las horas punta.
Huelga de trenes en febrero: qué días y a qué servicios afecta
La huelga ferroviaria comenzará a las 00:00 horas del domingo 9 de febrero y se prolongará hasta las 23:59 horas del martes 11 de febrero. Durante esos días, los paros afectarán a:
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Alta velocidad y larga distancia
-
Media distancia
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Cercanías y Rodalies
-
Servicios de mercancías
Los sindicatos reclaman mejoras en las condiciones de seguridad ferroviaria y cambios en la gestión del sector tras varios incidentes recientes, motivo por el cual no se ha alcanzado un acuerdo para desconvocar los paros.
Trenes cancelados de Renfe, Ouigo e Iryo
Las principales operadoras ferroviarias ya han comunicado afectaciones en sus servicios:
🚄 Renfe
-
Cancelaciones en AVE, Larga Distancia y Media Distancia
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Ajustes en horarios de Cercanías, especialmente fuera de las horas punta
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Posible supresión de cientos de servicios a lo largo de los tres días
🚆 Ouigo
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Cancelación de varias decenas de trenes de alta velocidad
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Reorganización de frecuencias en los corredores más demandados
🚄 Iryo
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Servicios no garantizados durante las jornadas de huelga
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Cambios de última hora según el cumplimiento de los servicios mínimos
En total, se calcula que hasta 350 trenes de alta velocidad podrían verse afectados entre las tres compañías.
Servicios mínimos durante la huelga ferroviaria
El Gobierno ha establecido servicios mínimos obligatorios para garantizar la movilidad básica de los ciudadanos:
-
Alta velocidad y larga distancia: 73%
-
Media distancia: alrededor del 65%
-
Cercanías en horas punta: hasta el 75%
-
Cercanías en horas valle: en torno al 50%
-
Mercancías: aproximadamente el 21%
Estos porcentajes pueden variar en comunidades con competencias ferroviarias propias.
Cómo consultar el estado de tu tren
Si tienes previsto viajar los días 9, 10 o 11 de febrero, es fundamental comprobar si tu tren está cancelado o mantiene su servicio. Puedes hacerlo a través de:
-
La web oficial o la app móvil de Renfe, Ouigo o Iryo
-
El área de “Mis viajes” usando tu localizador
-
Los avisos enviados por correo electrónico o SMS por la operadora
Se recomienda revisar el estado del tren con antelación y justo antes del viaje, ya que pueden producirse cambios de última hora.
Qué hacer si tu tren está cancelado
En caso de cancelación, las compañías ferroviarias ofrecen a los pasajeros:
-
Reembolso completo del billete
-
Cambio de fecha u horario sin coste adicional
-
Posibilidad de reubicación en otro tren dentro de la disponibilidad existente
También se aconseja valorar medios de transporte alternativos si el desplazamiento es urgente.
Resumen rápido para pasajeros
-
📅 Fechas de la huelga: 9, 10 y 11 de febrero
-
🚆 Compañías afectadas: Renfe, Ouigo e Iryo
-
❌ Trenes cancelados: hasta 350 de alta velocidad
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📊 Servicios mínimos: 73% en AVE y larga distancia
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🔍 Recomendación: comprobar el estado del tren antes de viajar
Adif rectifica y vuelve a limitar a 160 km/h la velocidad en un tramo de la línea Madrid-Barcelona
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