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El Gobierno prohíbe las rebajas para evitar aglomeraciones
Publicado
hace 6 añosen
El Gobierno prohíbe que los comercios hagan rebajas en las tiendas físicas con el fin de evitar aglomeraciones. Esta prohibición no se aplicará a los comercios online y las tiendas físicas podrán rebajar sus productos a través de Internet. Esta medida estará vigente en los territorios que han pasado a la fase 1.
Esta medida se anunció en el Boletín Oficial del Estado del pasado sábado: «Los establecimientos no podrán anunciar ni llevar a cabo acciones comerciales que puedan dar lugar a aglomeraciones de público, tanto dentro del establecimiento comercial como en sus inmediaciones. Esta restricción no afectará a las ventas en rebaja ni tampoco ventas en oferta o promoción que se realicen a través de la página web».
Medidas de higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público.
1. Los establecimientos y locales que abran al público en los términos del artículo 10 realizarán, al menos dos veces al día, una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mostradores, muebles, pasamanos, máquinas dispensadoras, suelos, teléfonos, perchas, carros y cestas, grifos, y otros elementos de similares características, conforme a las siguientes pautas:
a) Una de las limpiezas se realizará, obligatoriamente, al finalizar el día.
b) Serán de aplicación las indicaciones de limpieza y desinfección previstas en el artículo 6.1.a) y b).
Para dicha limpieza se podrá realizar, a lo largo de la jornada y preferentemente a mediodía, una pausa de la apertura dedicada a tareas de mantenimiento, limpieza y reposición. Estos horarios de cierre por limpieza se comunicarán debidamente al consumidor por medio de cartelería visible o mensajes por megafonía.
Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas u otros elementos de los puestos en mercadillos, mamparas en su caso, teclados, terminales de pago, pantallas táctiles, herramientas de trabajo y otros elementos susceptibles de manipulación, prestando especial atención a aquellos utilizados por más de un trabajador.
Cuando en el establecimiento o local vaya a permanecer más de un trabajador atendiendo al público, las medidas de limpieza se extenderán no solo a la zona comercial, sino también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
2. Se revisará, como mínimo una vez al día, el funcionamiento y la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta de los aseos en los establecimientos y locales comerciales minoristas.
3. En el caso de la venta automática, máquinas de vending, lavanderías autoservicio y actividades similares, el titular de las mismas deberá asegurar el cumplimiento de las medidas de higiene y desinfección adecuadas tanto de las máquinas como de los locales, así como informar a los usuarios de su correcto uso mediante la instalación de cartelería informativa. En todo caso, serán de aplicación las medidas previstas en el artículo 6.
4. No se utilizarán los aseos de los establecimientos comerciales por parte de los clientes, salvo en caso de que resultara estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza de sanitarios, grifos y pomos de puerta.
Medidas de higiene y/o de prevención para el personal trabajador de los establecimientos y locales que abran al público.
La distancia entre vendedor o proveedor de servicios y cliente durante todo el proceso de atención al cliente será de al menos un metro cuando se cuente con elementos de protección o barrera, o de aproximadamente dos metros sin estos elementos. Asimismo, la distancia entre los puestos de los mercados al aire libre o de venta no sedentaria (mercadillos) en la vía pública y los viandantes será de dos metros en todo momento.
En el caso de servicios que no permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, como pueden ser las peluquerías, centros de estética o fisioterapia, se deberá utilizar el equipo de protección adecuado al nivel de riesgo que asegure la protección tanto del trabajador como del cliente, debiendo asegurar en todo caso el mantenimiento de la distancia de dos metros entre un cliente y otro.
Medidas relativas a la higiene de los clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública.
1. El tiempo de permanencia en los establecimientos y locales será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.
2. Los establecimientos y locales, así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública (mercadillos), deberán señalar de forma clara la distancia de seguridad interpersonal de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo, o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización para aquellos casos en los que sea posible la atención individualizada de más de un cliente al mismo tiempo, que no podrá realizarse de manera simultánea por el mismo empleado.
3. Los establecimientos y locales deberán poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del local, que deberán estar siempre en condiciones de uso, siendo recomendada la puesta a disposición de estos dispensadores también en las inmediaciones de los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública.
4. En los establecimientos y locales comerciales, así como los mercados al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, que cuenten con zonas de autoservicio, deberá prestar el servicio un trabajador del establecimiento o mercado, con el fin de evitar la manipulación directa por parte de los clientes de los productos.
5. No se podrá poner a disposición de los clientes productos de prueba no destinados a la venta como cosméticos, productos de perfumería, y similares que impliquen manipulación directa por sucesivos clientes.
6. En los establecimientos del sector comercial textil, y de arreglos de ropa y similares, los probadores deberán utilizarse por una única persona, después de su uso se limpiarán y desinfectarán.
En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes que sea facilitada a otros clientes. Esta medida será también aplicable a las devoluciones de prendas que realicen los clientes.
Medidas en materia de aforo para los establecimientos y locales abiertos al público.
1. Los establecimientos y locales deberán exponer al público el aforo máximo de cada local y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.
2. Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.
3. La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener las distancias de seguridad interpersonal exigidas en cada momento por el Ministerio de Sanidad.
Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.
4. En los establecimientos y locales comerciales que dispongan de aparcamientos propios para sus empleados y clientes, cuando el acceso a las instalaciones, los lectores de tickets y tarjetas de empleados no pudiera realizarse de manera automática sin contacto, este será sustituido por un control manual y continuo por parte del personal de seguridad, para mejor seguimiento de las normas de aforo. Este personal también supervisará que se cumple con las normas de llegada y salida escalonada de los empleados a y desde su puesto de trabajo, según los turnos establecidos por el centro.
En su caso, y salvo que estrictos motivos de seguridad recomienden lo contrario, las puertas que se encuentren en el recorrido entre el parking y el acceso a tienda o los vestuarios de los empleados permanecerán abiertas para evitar la manipulación de los mecanismos de apertura.
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Maduro es trasladado a una prisión federal tras su llegada a Nueva York, según medios
Publicado
hace 1 díaen
3 enero, 2026
Nueva York (EFE).– El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, ha sido trasladado este sábado al Metropolitan Detention Center (MDC) de Brooklyn, una prisión federal de alta seguridad, después de su llegada a la ciudad de Nueva York bajo custodia de las autoridades estadounidenses, según han informado medios locales.
El traslado se produjo tras su procesamiento inicial en una instalación federal vinculada a la Administración para el Control de Drogas (DEA). Posteriormente, un helicóptero despegó desde un helipuerto situado en Manhattan rumbo al centro penitenciario de Brooklyn, escoltado por un amplio dispositivo de seguridad, de acuerdo con informaciones de The New York Times y la cadena CNN.
Un amplio despliegue policial en manhattan
Según las mismas fuentes, una caravana de vehículos policiales acompañó a Maduro desde el helipuerto hasta el MDC, una prisión utilizada habitualmente para detenidos federales de alto perfil. Las imágenes difundidas por medios estadounidenses muestran un fuerte despliegue de agentes federales durante todo el operativo, que se desarrolló bajo estrictas medidas de seguridad.
La cuenta oficial de respuesta rápida de la Casa Blanca publicó además un vídeo en el que aparentemente se muestra el arresto y posterior traslado del mandatario venezolano. En las imágenes se observa a Maduro vestido con una sudadera negra con capucha, caminando por un pasillo con una alfombra azul con la inscripción “DEA NYD”.
En el vídeo, el presidente venezolano parece dirigirse brevemente a una persona fuera de plano con la frase: “Buenas noches, feliz Año Nuevo”.
Llegada a nueva york en helicóptero
Maduro llegó a Nueva York a bordo de un helicóptero que aterrizó en una zona próxima al río Hudson, cerca de la calle 31, en el lado oeste de Manhattan. Previamente, había sido trasladado en un avión militar hasta un aeropuerto del norte del estado de Nueva York.
Según los medios estadounidenses, el avión militar, un Boeing 757, aterrizó en la Base de la Guardia Nacional Aérea de Stewart, donde aguardaban decenas de agentes de distintas agencias federales, entre ellas el Buró Federal de Investigaciones (FBI) y la DEA. Las temperaturas en la zona rondaban los dos grados centígrados bajo cero en el momento de su llegada.
Maduro descendió del avión esposado y fue trasladado inmediatamente bajo custodia en helicóptero hacia Manhattan para completar los primeros trámites judiciales.
Cargos por narcoterrorismo y conspiración
El presidente venezolano fue acusado formalmente en 2020 por la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York. Este sábado, el mismo tribunal hizo pública una acusación sustitutiva que mantiene y amplía los cargos contra el mandatario.
Según la acusación, Maduro afrontará cargos por narcoterrorismo, conspiración para importar cocaína a Estados Unidos y delitos relacionados con el uso y tráfico de armas automáticas. La investigación, liderada por la DEA, sitúa al presidente venezolano como presunto líder del denominado Cartel de los Soles, una supuesta red integrada por altos mandos militares venezolanos.
La acusación sostiene que esta organización buscaba enriquecerse mediante el tráfico internacional de drogas y “utilizar la cocaína como un arma contra Estados Unidos”, según los documentos judiciales.
Reacciones desde washington
La fiscal general estadounidense, Pam Bondi, aseguró a través de la red social X que Maduro y su esposa, Cilia Flores, han sido “acusados formalmente en el Distrito Sur de Nueva York”.
“Pronto se enfrentarán a todo el peso de la justicia estadounidense en territorio estadounidense y ante tribunales estadounidenses”, afirmó Bondi en su mensaje.
Por su parte, el presidente de Estados Unidos, Donald Trump, confirmó que su país llevó a cabo “con éxito una operación a gran escala” en suelo venezolano y que Maduro y su esposa fueron “capturados y sacados del país”, en unas declaraciones que han generado una fuerte repercusión internacional.
Próximos pasos judiciales
Según fuentes judiciales, se espera que en los próximos días Maduro comparezca ante un juez federal en Manhattan, donde se determinarán las condiciones de su detención y el calendario del proceso judicial. El caso, por su dimensión política y diplomática, podría marcar un hito en las relaciones entre Estados Unidos y Venezuela y tener un fuerte impacto en el escenario internacional.
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