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El juez emplaza a Peter Lim a justificar la presunta ampliación de capital ilegal

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La gestión de Peter Lim en el Valencia CF sigue siendo un desastre en lo deportivo, social, económico y también legal. Los tribunales valencianos han dado dos ‘estocazos’ importantes en los últimos quince días a quien se presentó como el salvador del Valencia CF.

Por una parte han rechazado su recurso de reforma contra la sentencia que archivaba la demanda presentada por Peter Lim contra Miguel Zorío, de Marea Valencianista, por haber dicho en público que “algunos de los jugadores fichados por Meriton no valen el precio pagado por ellos, que en algunas operaciones hasta Meriton ha hecho de empresa puente entre el club de origen y el Valencia CF, y que en la mayoría de transacciones ha aparecido la mano de Jorge Mendes”.

Para Miguel Zorío, “después de las declaraciones de Fabián Ayala y de Mario Kempes, yo creo que no hay nada más que añadir sobre la política deportiva de Meriton. La justicia sólo ratifica lo que nosotros nos atrevimos a decir los primeros, y otros han venido a ratificar”.

Además Peter Lim ha seguido con su mal año personal: sus empresas pierden dinero, el proyecto de Fórmula 1 tampoco funciona, su reputación se tambalea y la justicia europea investiga su participación y la de Layhoon en las transacciones de dinero ´de Cristiano Ronaldo desde un paraíso a otro.

Por último, el juzgado ha admitido a trámite la demanda presentada por Miguel Zorío contra la ampliación de capital, ya que entiende que intenta convertir en capital lo que en realidad fue una operación de préstamo de 100 millones de euros al club para que el Valencia CF comprada jugadores del entorno Mendes, por precios de nuevo fuera de mercado.

Como es sabido, Miguel Zorío, máximo responsable de Marea Valencianista, presentó una demanda contra el acuerdo adoptado en la Junta de accionistas de 2015 en la que se aprobó la ampliación de capital que convertía la deuda con Meriton en capital, incumpliendo la ley de sociedades de capital.

El artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital exige para las sociedades anónimas que “Cuando el aumento del capital de la sociedad de responsabilidad limitada se realice por compensación de créditos, éstos habrán de ser totalmente líquidos y exigibles. Cuando el aumento del capital de la anónima se realice por compensación de créditos, al menos, un veinticinco por ciento de los créditos a compensar deberán ser líquidos, estar vencidos y ser exigibles, y el vencimiento de los restantes no podrá ser superior a cinco años.”

Además el propio Consejo de Administración del Valencia Club de Fútbol S.A.D en las Cuentas Anuales en el punto 8.2.2 “Deudas con empresas del grupo” hace mención expresa a dicho vencimiento, reconociendo el incumplimiento de los requisitos.

Así pues, de los propios actos de la sociedad y de lo puesto de manifiesto por su Consejo de Administración en las cuentas anuales formuladas por este se concluye que las cantidades llevadas a la ampliación de capital por el accionista mayoritario de Valencia Club de Futbol SAD con cargo los Contrato de Línea de Crédito suscritos con esta no se hallan vencidas, y por tanto no se cumplen los requisitos del artículo 301 de la Ley de Sociedades de Capital.

Para Miguel Zorío, “estamos ante un evidente y palmario FRAUDE DE LEY, mercantil en cuanto a la vulneración forzada y dolosa que hacen del art. 301 de la ley de sociedades de capital realizado en perjuicio de la sociedad, de los socios y de sus acreedores y terceros. Que además es punible y tipificable incluso y supuestamente como ilícito por el art. 291 y concordantes del Código Penal”.

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La Fiscalía pide 10 años y medio de cárcel para Rafa Mir por presunta agresión sexual en Bétera

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Rafa Mir acusado de una presunta agresión sexual: sigue las últimas noticias desde Official Press

La Fiscalía de Valencia solicita 10 años y medio de prisión para el futbolista Rafa Mir por una presunta agresión sexual a una joven de 21 años ocurrida en 2024 en la localidad valenciana de Bétera.

Según la calificación fiscal, el jugador —que actualmente milita en el Elche CF y anteriormente en el Valencia CF— habría cometido un delito de agresión sexual y otro contra la integridad física.

Los hechos denunciados

De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, los hechos se remontan a la noche del 31 de agosto de 2024, cuando el futbolista conoció a la denunciante en una discoteca de València.

Posteriormente ambos se desplazaron al domicilio del jugador en una urbanización de Bétera, donde, según la acusación, se produjo la agresión durante la madrugada del 1 de septiembre de 2024.

La investigación sostiene que los hechos tuvieron lugar en distintas zonas de la vivienda, concretamente en la piscina y en un cuarto de baño.

Medidas adicionales solicitadas por la Fiscalía

Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita para Rafa Mir varias medidas adicionales:

  • Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 10 años.

  • Inhabilitación para profesiones con contacto con menores durante 18 años.

  • Siete años de libertad vigilada tras cumplir la condena.

Otro acusado en la causa

En el procedimiento también está acusado un amigo del futbolista, identificado como Pablo, para quien la Fiscalía pide tres años de prisión.

Según la acusación, este hombre habría agredido sexualmente a otra joven de 25 años en la misma vivienda, realizando presuntos tocamientos hasta en tres ocasiones en la piscina pese a la negativa de la víctima.

Procesamiento judicial del caso

Ambos fueron procesados en octubre de 2025 por la jueza titular de la Sección Civil y de Instrucción número 8 del Tribunal de Instancia de Llíria.

En el caso de Rafa Mir, el procesamiento se produjo por un delito de agresión sexual con acceso carnal y uso de violencia, según el auto judicial.

La defensa de Rafa Mir mantiene su inocencia

El futbolista fue detenido a principios de septiembre de 2024 por la Guardia Civil tras la denuncia presentada por la víctima.

Después de quedar en libertad, el jugador negó los hechos y pidió que se respetara su presunción de inocencia, argumentando que el proceso judicial serviría para esclarecer lo ocurrido.

Su defensa sostuvo entonces que la imputación “no se sostiene” y confía en que el procedimiento penal determine la verdad de los hechos.

 

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