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El número de desempleados asciende a 3.953 personas en enero en la Región de Murcia

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El número de desempleados registrados en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo (Inem) en la Región de Murcia al término del mes de enero se situó en 106.290, lo que supone un aumento de 3.953 personas respecto a diciembre, según datos difundidos por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

En términos relativos, el incremento del paro en el mes de enero en la Región fue del 3,86 por ciento respecto al mes de diciembre. El desempleo disminuyó en términos interanuales, de forma que en los últimos 12 meses bajó en Murcia en 4.137 personas, un 3,75 por ciento menos, frente a la caída del 5,49 por ciento nacional.

En lo que respecta al paro masculino, éste se situó en 41.859, mientras que el femenino alcanzó un total de 64.431.

Por sectores, el paro solo bajó en Construcción en 62 personas. Por contra, ascendió en Servicios (3.579 personas), Colectivo sin empleo anterior (131 personas), Industria (196 personas) y Agricultura (109 personas).

En cuanto al paro registrado en los extranjeros en la Región de Murcia durante enero se situó en 13.047 personas, 406 más que en diciembre, de forma que aumentó un 3,21 por ciento.

No obstante el año anterior, el paro entre los extranjeros disminuyó en 1.073 personas (-7,6 por ciento). Del total de desempleados extranjeros, 10.169 son extracomunitarios y 2.878 pertenecen a países de la Unión Europea.

El sector con más extranjeros en paro en la Región de Murcia es Servicios con 7.258, seguido de Agricultura (2.233), el Colectivo Sin empleo anterior (2.106), Construcción (730) e Industria (720).

Asimismo, el número total de contratos en la Región de Murcia subió en enero en relación al mes anterior en 9.035 (un 12,03 por ciento), situándose en 84.108 contratos totales.

A nivel interanual, la contratación aumentó un 5,41 por ciento en Murcia (4.314 contratos más) frente a un ascenso del 6,18 por ciento en el resto del país.

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Esta será la nueva edad de jubilación y de jubilación anticipada a partir del 1 de enero de 2026

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La edad legal de jubilación subirá a 66 años y ocho meses en 2025: Novedades en pensiones y jubilación anticipada
Un par de jubilados sentados en bancos de un parque. EFE/Archivo

A partir del 1 de enero de 2026, jubilarse en España será un poco más exigente en cuanto a edad y años cotizados. La aplicación progresiva de la reforma de las pensiones de 2013 continúa avanzando hacia su objetivo final: situar la edad legal de jubilación ordinaria en los 67 años en 2027. El próximo año marca un nuevo escalón clave en este calendario.

La normativa distingue entre quienes han cotizado largas carreras laborales y quienes no alcanzan determinados umbrales, lo que afecta tanto a la jubilación ordinaria como a la anticipada y a la parcial.

Edad legal de jubilación en 2026

En 2026, la edad ordinaria de jubilación dependerá directamente de los años cotizados a lo largo de la vida laboral.

Jubilación con el 100% de la pensión

  • 66 años y 10 meses: será la edad exigida para quienes no alcancen los 38 años y 3 meses de cotización.

  • 65 años: podrán jubilarse quienes sí acrediten al menos 38 años y 3 meses cotizados, manteniendo así la edad tradicional.

Este sistema busca premiar las carreras laborales más largas, permitiendo jubilarse antes sin penalización en la pensión.

Cotización mínima obligatoria

La reforma no modifica el requisito mínimo para acceder a una pensión contributiva de jubilación, que sigue siendo de:

  • 15 años cotizados, de los cuales

  • 2 años deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al momento de la jubilación.

Jubilación parcial en 2026

La jubilación parcial permite compatibilizar trabajo y pensión, reduciendo la jornada laboral.

Sin contrato de relevo

  • La edad mínima será la edad legal ordinaria de jubilación que corresponda en cada caso.

  • La reducción de jornada podrá situarse entre el 25% y el 75%.

Una de las principales novedades de la última reforma es que el límite máximo del 75% de reducción se aplica ahora en todos los supuestos.

Con contrato de relevo

En 2026, las edades mínimas serán:

  • 62 años y 10 meses, si se acreditan 33 años o más cotizados.

  • 64 años y 8 meses, si se tienen menos de 33 años cotizados.

Jubilación anticipada en 2026

La jubilación anticipada permite retirarse antes de la edad legal, aunque con recortes en la cuantía de la pensión mediante coeficientes reductores.

Jubilación anticipada voluntaria

  • Se puede adelantar hasta 24 meses respecto a la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 64 años y 10 meses, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados.

  • Quienes hayan cotizado 38 años y 3 meses podrán hacerlo desde los 63 años.

Jubilación anticipada involuntaria

Cuando la jubilación se produce tras un despido objetivo o colectivo, el adelanto puede ser mayor:

  • Hasta 48 meses antes de la edad legal.

  • En 2026, será posible jubilarse a los 62 años y 10 meses con 33 años cotizados.

  • O a los 61 años si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización.

Penalizaciones en la pensión por jubilación anticipada

En todos los casos de jubilación anticipada, la Seguridad Social aplica coeficientes reductores mensuales sobre la pensión. Estos recortes dependen de:

  • El número de meses de adelanto.

  • El total de años cotizados.

Cuanto mayor sea el anticipo y menor la carrera de cotización, mayor será la reducción permanente en la pensión.

Un paso más hacia los 67 años en 2027

El año 2026 se consolida como una fase clave en el endurecimiento progresivo de las condiciones de jubilación en España. La reforma culminará en 2027, cuando la edad legal ordinaria alcance definitivamente los 67 años para quienes no acrediten largas carreras laborales, marcando un cambio estructural en el sistema público de pensiones.

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