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PP alega que el censo no es requisito previo en su recurso por Cantó ante el Constitucional

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El PP recurre ante el Constitucional la anulación de la candidatura de Toni Cantó

Madrid, 12 abr (EFE).- El PP de Madrid ha presentado este lunes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la anulación de la inclusión del exdiputado valenciano de Cs Toni Cantó y el exalcalde de Toledo Agustín Conde en la lista de los populares para las elecciones autonómicas del 4 de mayo, que encabeza Isabel Díaz Ayuso.

Los populares alegan que «no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo», ya que «jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era, contraviniendo a la Junta Electoral Provincial de Madrid», que en un primer momento había dado la razón al PP y sí avaló las candidaturas de Cantó y Conde.

El TC resolverá este viernes si ambos pueden ir en la lista de Ayuso, tras la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid que estimó el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid y consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.

Según el PP, el Juzgado de lo Contencioso «fabrica» jurisdiccionalmente «ex novo» un requisito «no establecido por la ley ni amparado por interpretaciones previas de la misma, el de que deben reunirse los requisitos para ser candidato no el día de presentación de la candidatura sino el día de cierre censal».

Además, defiende que la sentencia recurrida «se fundamenta principalmente en la interpretación, restrictiva del derecho fundamental al sufragio pasivo» de Cantó y Conde, y «no encuentra amparo alguno en la legislación aplicable».

También argumentan que incluso en el caso de admitirse que existieran, como no sucede, añaden, dudas sobre la existencia (o no) del requisito configurado «ex novo», tal y como el Juzgado reconoce en su sentencia, «debió prevalecer» la interpretación «más garantista para el pleno ejercicio del derecho fundamental al sufragio pasivo, que exigía la confirmación del acuerdo de la Junta Electoral Provincial».

«Se introduce sin fundamentación alguna en el tenor de la ley, una inexistente exigencia restrictiva e infundada, reconfigurando el momento temporal al cual debe atender al examinar el cumplimiento de los requisitos para ser candidato», subraya el PP, y añade que «ha sido interpretado que los requisitos han de concurrir en el momento de presentar la candidatura».

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala Primera del tribunal de garantías se reunirá primero este miércoles para estudiar el informe de los letrados sobre la admisión a trámite del recurso, que es el escenario más probable, y en tal caso dar traslado de ello a la Fiscalía y al PP.

Posteriormente, los magistrados se reunirán este mismo viernes para resolver ya directamente sobre el fondo del recurso de amparo.

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Adif reduce temporalmente la velocidad en la línea Madrid-Barcelona tras avisos de maquinistas

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La limitación preventiva baja la velocidad máxima a 160 km/h en varios tramos de la alta velocidad mientras se revisa la infraestructura

Adif ha decidido reducir de forma temporal la velocidad máxima en un tramo de la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, tras los avisos trasladados por varios maquinistas sobre la presencia de irregularidades en la vía. La medida, de carácter preventivo, limita la circulación a 160 kilómetros por hora.

Según han confirmado fuentes de la empresa pública gestora de la red ferroviaria, la restricción se aplicará durante este martes y responde a la necesidad de garantizar la seguridad mientras los equipos técnicos revisan el estado de la infraestructura.

Tramos afectados por la limitación de velocidad

La reducción de velocidad afecta concretamente a:

  • Un tramo de 148,1 kilómetros entre Mejorada del Campo (Madrid) y Alhama de Aragón (Zaragoza) en la vía par

  • Un túnel a la altura de Ariza (Zaragoza), en el punto kilométrico 187, en la vía impar

Estas limitaciones se han establecido después de que algunos maquinistas detectaran vibraciones anómalas durante la circulación, lo que motivó los avisos a Adif.

Revisión nocturna de la infraestructura

Adif ha señalado que la medida es estrictamente temporal. Durante la noche, los equipos de mantenimiento revisarán los tramos afectados y, si no se detectan incidencias, la restricción de velocidad se levantará y la línea recuperará sus condiciones habituales de explotación.

Cabe destacar que en días anteriores algunos maquinistas ya habían reducido la velocidad por iniciativa propia, sin que existiera una instrucción oficial ni un acuerdo generalizado.

Refuerzo de la seguridad tras el accidente de Adamuz

La decisión de aplicar la limitación se produce tras el grave accidente ferroviario ocurrido el pasado domingo en Adamuz (Córdoba), lo que ha llevado a extremar las medidas de precaución ante cualquier posible anomalía en la red.

Desde Adif subrayan que la actuación responde a los protocolos de seguridad ferroviaria, priorizando la prevención ante cualquier indicio que pueda afectar a la circulación.

Posibles retrasos en los trayectos

La reducción de velocidad podría provocar retrasos en algunos trayectos entre Madrid y Barcelona, aunque por el momento no se ha concretado el impacto exacto en los tiempos de viaje, que dependerá de cada servicio y de la duración de la restricción.


 

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