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PP alega que el censo no es requisito previo en su recurso por Cantó ante el Constitucional

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El PP recurre ante el Constitucional la anulación de la candidatura de Toni Cantó

Madrid, 12 abr (EFE).- El PP de Madrid ha presentado este lunes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la anulación de la inclusión del exdiputado valenciano de Cs Toni Cantó y el exalcalde de Toledo Agustín Conde en la lista de los populares para las elecciones autonómicas del 4 de mayo, que encabeza Isabel Díaz Ayuso.

Los populares alegan que «no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo», ya que «jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era, contraviniendo a la Junta Electoral Provincial de Madrid», que en un primer momento había dado la razón al PP y sí avaló las candidaturas de Cantó y Conde.

El TC resolverá este viernes si ambos pueden ir en la lista de Ayuso, tras la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid que estimó el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid y consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.

Según el PP, el Juzgado de lo Contencioso «fabrica» jurisdiccionalmente «ex novo» un requisito «no establecido por la ley ni amparado por interpretaciones previas de la misma, el de que deben reunirse los requisitos para ser candidato no el día de presentación de la candidatura sino el día de cierre censal».

Además, defiende que la sentencia recurrida «se fundamenta principalmente en la interpretación, restrictiva del derecho fundamental al sufragio pasivo» de Cantó y Conde, y «no encuentra amparo alguno en la legislación aplicable».

También argumentan que incluso en el caso de admitirse que existieran, como no sucede, añaden, dudas sobre la existencia (o no) del requisito configurado «ex novo», tal y como el Juzgado reconoce en su sentencia, «debió prevalecer» la interpretación «más garantista para el pleno ejercicio del derecho fundamental al sufragio pasivo, que exigía la confirmación del acuerdo de la Junta Electoral Provincial».

«Se introduce sin fundamentación alguna en el tenor de la ley, una inexistente exigencia restrictiva e infundada, reconfigurando el momento temporal al cual debe atender al examinar el cumplimiento de los requisitos para ser candidato», subraya el PP, y añade que «ha sido interpretado que los requisitos han de concurrir en el momento de presentar la candidatura».

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala Primera del tribunal de garantías se reunirá primero este miércoles para estudiar el informe de los letrados sobre la admisión a trámite del recurso, que es el escenario más probable, y en tal caso dar traslado de ello a la Fiscalía y al PP.

Posteriormente, los magistrados se reunirán este mismo viernes para resolver ya directamente sobre el fondo del recurso de amparo.

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El IPC baja al 2,5% en enero en la Comunitat Valenciana, por encima de la media nacional

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El IPC en la Comunitat Valenciana se redujo hasta el 2,5% interanual en enero, según los datos publicados este viernes por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

A pesar de la bajada, la tasa valenciana se sitúa por encima de la media nacional, que cerró el primer mes del año en el 2,3%, seis décimas menos que en diciembre (2,9%).


Evolución del IPC en enero en la Comunitat Valenciana

El descenso del Índice de Precios de Consumo refleja una moderación de la inflación en el arranque de 2026, aunque los precios continúan creciendo respecto al mismo mes del año anterior.

En el conjunto de España:

  • IPC interanual: 2,3%

  • Inflación subyacente: 2,6%

La inflación subyacente —que no incluye alimentos no elaborados ni productos energéticos— se mantuvo estable, lo que indica cierta resistencia en los precios estructurales de la economía.


Comparativa por comunidades autónomas

La Comunitat Valenciana, con su 2,5%, se posiciona ligeramente por encima de la media española.

Las comunidades con mayor subida interanual fueron:

  • Madrid: +3%

  • Ceuta: +2,9%

En el extremo opuesto, las menores subidas de precios se registraron en:

  • La Rioja: +1,9%

  • Región de Murcia: +1,9%

  • Galicia: +1,9%

  • Castilla-La Mancha: +1,9%


¿Qué significa esta bajada del IPC?

La reducción del IPC en enero apunta a una desaceleración de la inflación, aunque los precios siguen en niveles superiores a los registrados hace un año.

Para los hogares valencianos, esto supone:

  • Menor presión inflacionaria que en diciembre.

  • Persistencia de precios elevados en determinados productos y servicios.

La evolución de la inflación en los próximos meses será clave para determinar el impacto en el consumo, los salarios y la economía regional.


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