Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Santander, condenado a devolver medio millón a un matrimonio que invirtió en Valores Santander

Publicado

en

MADRID, 29 Oct. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a Banco Santander a devolver 527.833 euros a un matrimonio de jubilados que invirtió en Valores Santander en 2007, al considerar que no le advirtió de los riesgos del producto, según el fallo al que ha tenido acceso Europa Press.

El matrimonio, representado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales (AUGE), demandó a Santander y le solicitó la anulación del contrato en 2012, una demanda que fue desestimada íntegramente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja el pasado mes de febrero, por lo que interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Los demandantes son un matrimonio de jubilados sin estudios ni formación que suscribió una orden de adquisición de Valores Santander, sin especificar el número de títulos, por importe de 541.000 euros, constando en la orden que antes de firmar la orden habían recibido y leído el tríptico informativo de la nota de valores registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 19 de septiembre de 2007.

En 29 de marzo de 2008 se registró un cargo de 527.833 euros en la cuenta de los demandantes correspondiente a la compra de 117 Valores Santander, que se convirtieron en acciones de la entidad el 8 de junio de 2012.

El juez considera que este matrimonio de clientes minoristas con estudios básicos quería firmar el contrario, pero que expresó su voluntad viciado en su consentimiento al creer que concertaba un contrato sobre productos sin riesgo alguno, de forma que en ningún momento se produjera una posible pérdida en su patrimonio.

El fallo explica que Santander debía informar al cliente de las condiciones de la conversión en acciones de las que deriva el riesgo de pérdidas al realizarse el canje y que el mero hecho de entregar un tríptico resumen del producto en el que se invierte no basta por sí mismo para dar por cumplida esta obligación de informar sobre el riesgo de pérdidas.

Asimismo, destaca que el demandado no ha probado que los demandantes tuviesen experiencia previa en materia de productos de inversión, por lo que se asume que cuentan con una falta de conocimiento de los instrumentos financieros complejos.

FALTA DE INFORMACIÓN
Además, considera que no se dio información suficiente con carácter previo a la contratación, ya que la información que figura en los documentos firmados es «manifiestamente insuficiente», debido a que la orden de compra no está fechada, se ignora cuál es la supuesta información recibida, el cargo en la cuenta es por importe diferente al que aparecía en ella, el tríptico no está fechado y en él no consta el riesgo de disminución del importe de lo invertido por la pérdida de valor de las acciones y no consta que se informara al cliente del procedimiento a seguir para calcular el número de acciones que recibiría en la fecha estipulada para la conversión, entre otros.

De este modo, el juez ha estimado la demanda de los asociados a la asociación AUGE y ha declarado la responsabilidad de Santander por incumplimiento de sus deberes de información en la celebración del contrato de adquisición de Valores Santander.

Por ello, ha condenado al banco a una indemnización de daños y perjuicios a favor de los demandantes que se concreta en que deberá reembolsarles la suma invertida (527.833 euros) más los intereses legales devengados desde la fecha de adquisición del producto, mientras que los clientes deberán restituir los rendimientos brutos percibidos (124.601 euros) más los intereses legales devengados desde su percepción, así como los dividendos percibidos (95.496 euros) y el valor de mercado de las acciones adquiridas en el día en que se produjo la conversión.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su caso se habrá de interponer mediante escrito presentado ante la misma Sala dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Hallan un cadáver en estado de descomposición dentro del coche del rapero de D4vd en Los Ángeles

Publicado

en

Este lunes fue localizado el cuerpo de una mujer en avanzado estado de descomposición dentro de un Tesla registrado a nombre del rapero conocido como D4vd (nombre real David Anthony Burke). El vehículo estaba en un depósito de coches de Hollywood, Los Ángeles, luego de haber sido abandonado según las autoridades.

Detalles de la investigación

  • El hallazgo se produjo tras una alerta por un fuerte olor proveniente del coche. Los trabajadores llamaron a la policía al percatarse del olor.

  • El cuerpo estaba dentro de una bolsa en la parte delantera del coche, en lo que se conoce como el “frunk” (maletero delantero).

  • El Tesla llevaba varios días en el depósito.

  • La víctima es una mujer adulta. No se ha podido determinar con certeza su edad, raza o etnia debido al avanzado estado de descomposición.

Descripción física y vestimenta

  • Tenía el cabello ondulado y negro.

  • Vestía leggings negros, un top sin mangas (“tube top”) y una pulsera metálica amarilla.

  • Llevaba pendientes de tipo “stud” y una pulsera destacada.

  • Presentaba un tatuaje en el dedo índice de la mano derecha con la palabra “Shhh”.

Reacción del entorno

  • D4vd ha sido informado de la situación y coopera con las autoridades.

  • Hasta el momento no se le considera sospechoso directo de la muerte; la investigación continúa en curso, centrada en determinar la identidad de la víctima y la causa de la muerte.

Estado del caso

  • Las autoridades del condado de Los Ángeles han abierto una investigación criminal por posible homicidio.

  • Se aguardará al informe del médico forense para certificar la causa oficial del deceso.

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo