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El Santander, condenado a devolver medio millón a un matrimonio que invirtió en Valores Santander

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MADRID, 29 Oct. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a Banco Santander a devolver 527.833 euros a un matrimonio de jubilados que invirtió en Valores Santander en 2007, al considerar que no le advirtió de los riesgos del producto, según el fallo al que ha tenido acceso Europa Press.

El matrimonio, representado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales (AUGE), demandó a Santander y le solicitó la anulación del contrato en 2012, una demanda que fue desestimada íntegramente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja el pasado mes de febrero, por lo que interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Los demandantes son un matrimonio de jubilados sin estudios ni formación que suscribió una orden de adquisición de Valores Santander, sin especificar el número de títulos, por importe de 541.000 euros, constando en la orden que antes de firmar la orden habían recibido y leído el tríptico informativo de la nota de valores registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 19 de septiembre de 2007.

En 29 de marzo de 2008 se registró un cargo de 527.833 euros en la cuenta de los demandantes correspondiente a la compra de 117 Valores Santander, que se convirtieron en acciones de la entidad el 8 de junio de 2012.

El juez considera que este matrimonio de clientes minoristas con estudios básicos quería firmar el contrario, pero que expresó su voluntad viciado en su consentimiento al creer que concertaba un contrato sobre productos sin riesgo alguno, de forma que en ningún momento se produjera una posible pérdida en su patrimonio.

El fallo explica que Santander debía informar al cliente de las condiciones de la conversión en acciones de las que deriva el riesgo de pérdidas al realizarse el canje y que el mero hecho de entregar un tríptico resumen del producto en el que se invierte no basta por sí mismo para dar por cumplida esta obligación de informar sobre el riesgo de pérdidas.

Asimismo, destaca que el demandado no ha probado que los demandantes tuviesen experiencia previa en materia de productos de inversión, por lo que se asume que cuentan con una falta de conocimiento de los instrumentos financieros complejos.

FALTA DE INFORMACIÓN
Además, considera que no se dio información suficiente con carácter previo a la contratación, ya que la información que figura en los documentos firmados es «manifiestamente insuficiente», debido a que la orden de compra no está fechada, se ignora cuál es la supuesta información recibida, el cargo en la cuenta es por importe diferente al que aparecía en ella, el tríptico no está fechado y en él no consta el riesgo de disminución del importe de lo invertido por la pérdida de valor de las acciones y no consta que se informara al cliente del procedimiento a seguir para calcular el número de acciones que recibiría en la fecha estipulada para la conversión, entre otros.

De este modo, el juez ha estimado la demanda de los asociados a la asociación AUGE y ha declarado la responsabilidad de Santander por incumplimiento de sus deberes de información en la celebración del contrato de adquisición de Valores Santander.

Por ello, ha condenado al banco a una indemnización de daños y perjuicios a favor de los demandantes que se concreta en que deberá reembolsarles la suma invertida (527.833 euros) más los intereses legales devengados desde la fecha de adquisición del producto, mientras que los clientes deberán restituir los rendimientos brutos percibidos (124.601 euros) más los intereses legales devengados desde su percepción, así como los dividendos percibidos (95.496 euros) y el valor de mercado de las acciones adquiridas en el día en que se produjo la conversión.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su caso se habrá de interponer mediante escrito presentado ante la misma Sala dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

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Cancelación de trenes por la huelga del 9, 10 y 11 de febrero: consulta el estado de tu tren de Renfe, Ouigo e Iryo

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huelga maquinistas
Los maquinistas convocan una huelga general: estos son los días de paro

La huelga ferroviaria convocada para los días 9, 10 y 11 de febrero afectará de forma significativa al transporte en tren en España. Los sindicatos del sector mantienen los paros de 24 horas durante estas tres jornadas, lo que provocará cancelaciones y modificaciones en los servicios de Renfe, Ouigo e Iryo, especialmente en los trenes de alta velocidad, larga distancia y media distancia.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha decretado servicios mínimos del 73% en alta velocidad, pero aun así se prevé la supresión de hasta 350 trenes en total, lo que obligará a miles de pasajeros a revisar el estado de sus viajes.

La huelga ferroviaria en Valencia continúa afectando a miles de usuarios de Cercanías, con retrasos y cancelaciones en múltiples líneas durante la primera jornada. Las Líneas C1, C2, C3 y C6 han registrado incidencias tanto por la movilización de los trabajadores como por averías técnicas, lo que ha generado alteraciones significativas en los horarios habituales. Renfe y los sindicatos mantienen posiciones enfrentadas sobre el seguimiento de la huelga, mientras los viajeros deben consultar el estado de sus trenes antes de desplazarse para evitar contratiempos. La combinación de servicios mínimos y averías convierte esta jornada en una de las más complicadas para los usuarios de la red de Cercanías de Valencia, afectando especialmente a quienes se desplazan durante las horas punta.


Huelga de trenes en febrero: qué días y a qué servicios afecta

La huelga ferroviaria comenzará a las 00:00 horas del domingo 9 de febrero y se prolongará hasta las 23:59 horas del martes 11 de febrero. Durante esos días, los paros afectarán a:

  • Alta velocidad y larga distancia

  • Media distancia

  • Cercanías y Rodalies

  • Servicios de mercancías

Los sindicatos reclaman mejoras en las condiciones de seguridad ferroviaria y cambios en la gestión del sector tras varios incidentes recientes, motivo por el cual no se ha alcanzado un acuerdo para desconvocar los paros.


Trenes cancelados de Renfe, Ouigo e Iryo

Las principales operadoras ferroviarias ya han comunicado afectaciones en sus servicios:

🚄 Renfe

  • Cancelaciones en AVE, Larga Distancia y Media Distancia

  • Ajustes en horarios de Cercanías, especialmente fuera de las horas punta

  • Posible supresión de cientos de servicios a lo largo de los tres días

🚆 Ouigo

  • Cancelación de varias decenas de trenes de alta velocidad

  • Reorganización de frecuencias en los corredores más demandados

🚄 Iryo

  • Servicios no garantizados durante las jornadas de huelga

  • Cambios de última hora según el cumplimiento de los servicios mínimos

En total, se calcula que hasta 350 trenes de alta velocidad podrían verse afectados entre las tres compañías.


Servicios mínimos durante la huelga ferroviaria

El Gobierno ha establecido servicios mínimos obligatorios para garantizar la movilidad básica de los ciudadanos:

  • Alta velocidad y larga distancia: 73%

  • Media distancia: alrededor del 65%

  • Cercanías en horas punta: hasta el 75%

  • Cercanías en horas valle: en torno al 50%

  • Mercancías: aproximadamente el 21%

Estos porcentajes pueden variar en comunidades con competencias ferroviarias propias.


Cómo consultar el estado de tu tren

Si tienes previsto viajar los días 9, 10 o 11 de febrero, es fundamental comprobar si tu tren está cancelado o mantiene su servicio. Puedes hacerlo a través de:

  • La web oficial o la app móvil de Renfe, Ouigo o Iryo

  • El área de “Mis viajes” usando tu localizador

  • Los avisos enviados por correo electrónico o SMS por la operadora

Se recomienda revisar el estado del tren con antelación y justo antes del viaje, ya que pueden producirse cambios de última hora.


Qué hacer si tu tren está cancelado

En caso de cancelación, las compañías ferroviarias ofrecen a los pasajeros:

  • Reembolso completo del billete

  • Cambio de fecha u horario sin coste adicional

  • Posibilidad de reubicación en otro tren dentro de la disponibilidad existente

También se aconseja valorar medios de transporte alternativos si el desplazamiento es urgente.


Resumen rápido para pasajeros

  • 📅 Fechas de la huelga: 9, 10 y 11 de febrero

  • 🚆 Compañías afectadas: Renfe, Ouigo e Iryo

  • Trenes cancelados: hasta 350 de alta velocidad

  • 📊 Servicios mínimos: 73% en AVE y larga distancia

  • 🔍 Recomendación: comprobar el estado del tren antes de viajar

 


 

Adif rectifica y vuelve a limitar a 160 km/h la velocidad en un tramo de la línea Madrid-Barcelona

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