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El Santander, condenado a devolver medio millón a un matrimonio que invirtió en Valores Santander

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MADRID, 29 Oct. (EUROPA PRESS) – La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a Banco Santander a devolver 527.833 euros a un matrimonio de jubilados que invirtió en Valores Santander en 2007, al considerar que no le advirtió de los riesgos del producto, según el fallo al que ha tenido acceso Europa Press.

El matrimonio, representado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Servicios Generales (AUGE), demandó a Santander y le solicitó la anulación del contrato en 2012, una demanda que fue desestimada íntegramente por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Catarroja el pasado mes de febrero, por lo que interpusieron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

Los demandantes son un matrimonio de jubilados sin estudios ni formación que suscribió una orden de adquisición de Valores Santander, sin especificar el número de títulos, por importe de 541.000 euros, constando en la orden que antes de firmar la orden habían recibido y leído el tríptico informativo de la nota de valores registrada por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) el 19 de septiembre de 2007.

En 29 de marzo de 2008 se registró un cargo de 527.833 euros en la cuenta de los demandantes correspondiente a la compra de 117 Valores Santander, que se convirtieron en acciones de la entidad el 8 de junio de 2012.

El juez considera que este matrimonio de clientes minoristas con estudios básicos quería firmar el contrario, pero que expresó su voluntad viciado en su consentimiento al creer que concertaba un contrato sobre productos sin riesgo alguno, de forma que en ningún momento se produjera una posible pérdida en su patrimonio.

El fallo explica que Santander debía informar al cliente de las condiciones de la conversión en acciones de las que deriva el riesgo de pérdidas al realizarse el canje y que el mero hecho de entregar un tríptico resumen del producto en el que se invierte no basta por sí mismo para dar por cumplida esta obligación de informar sobre el riesgo de pérdidas.

Asimismo, destaca que el demandado no ha probado que los demandantes tuviesen experiencia previa en materia de productos de inversión, por lo que se asume que cuentan con una falta de conocimiento de los instrumentos financieros complejos.

FALTA DE INFORMACIÓN
Además, considera que no se dio información suficiente con carácter previo a la contratación, ya que la información que figura en los documentos firmados es «manifiestamente insuficiente», debido a que la orden de compra no está fechada, se ignora cuál es la supuesta información recibida, el cargo en la cuenta es por importe diferente al que aparecía en ella, el tríptico no está fechado y en él no consta el riesgo de disminución del importe de lo invertido por la pérdida de valor de las acciones y no consta que se informara al cliente del procedimiento a seguir para calcular el número de acciones que recibiría en la fecha estipulada para la conversión, entre otros.

De este modo, el juez ha estimado la demanda de los asociados a la asociación AUGE y ha declarado la responsabilidad de Santander por incumplimiento de sus deberes de información en la celebración del contrato de adquisición de Valores Santander.

Por ello, ha condenado al banco a una indemnización de daños y perjuicios a favor de los demandantes que se concreta en que deberá reembolsarles la suma invertida (527.833 euros) más los intereses legales devengados desde la fecha de adquisición del producto, mientras que los clientes deberán restituir los rendimientos brutos percibidos (124.601 euros) más los intereses legales devengados desde su percepción, así como los dividendos percibidos (95.496 euros) y el valor de mercado de las acciones adquiridas en el día en que se produjo la conversión.

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 477.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que en su caso se habrá de interponer mediante escrito presentado ante la misma Sala dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

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Un valenciano de 52 años, entre los presos liberados en Venezuela tras un año encarcelado

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Ernesto Gorbe Cardona, natural de València, permanecía detenido en la prisión de El Rodeo (Caracas) acusado de tener la visa vencida. Su liberación se enmarca en una excarcelación colectiva anunciada por el Parlamento venezolano.

Un ciudadano valenciano figura entre las personas excarceladas en Venezuela en las últimas horas. Se trata de Ernesto Gorbe Cardona, de 52 años y nacido en València, quien llevaba aproximadamente un año detenido en la prisión de El Rodeo, en Caracas, junto a otros ciudadanos hispano-venezolanos con doble nacionalidad.

Gorbe Cardona fue arrestado por las autoridades venezolanas bajo la acusación de irregularidades administrativas relacionadas con la caducidad de su visado, según fuentes cercanas al caso. Su nombre aparece ahora en la lista de personas liberadas dentro de un proceso anunciado este jueves por el presidente de la Asamblea Nacional venezolana, Jorge Rodríguez.

El dirigente chavista informó de la liberación de un “número importante” de presos, entre los que se encuentran tanto ciudadanos venezolanos como extranjeros, aunque no precisó cifras concretas. Según explicó, la medida responde a un gesto político orientado a “consolidar la paz y la convivencia pacífica” en el país.

La excarcelación se produce en un contexto de presión internacional y movilizaciones ciudadanas, como las concentraciones recientes en varias ciudades españolas donde decenas de personas reclamaron “libertad para Venezuela” y la liberación de presos considerados arbitrarios.

El anuncio ha generado expectación entre familiares y organizaciones de derechos humanos, que esperan que este proceso suponga un primer paso hacia nuevas liberaciones y una mejora de la situación de los detenidos extranjeros en el país sudamericano.

 

Vuelos a Venezuela siguen suspendidos

Mientras tanto, las aerolíneas españolas Iberia, Air Europa y Plus Ultra han decidido prolongar la suspensión de vuelos a Caracas hasta finales de enero, siguiendo las recomendaciones de seguridad de la AESA y organismos internacionales.

La situación política y militar en Venezuela, sumada a la operación estadounidense y la captura de Maduro, ha elevado los riesgos en el espacio aéreo, afectando tanto a pasajeros como al transporte de carga y comercio entre España y Venezuela.


Gobierno venezolano y presidencia interina

Tras la captura de Maduro, Delcy Rodríguez ha sido nombrada presidenta interina, aunque su mandato se enfrenta a un escenario incierto debido a la intervención estadounidense y la presión internacional.

Expertos internacionales recomiendan evitar viajar a Venezuela hasta que la situación política se estabilice y las aerolíneas vuelvan a operar con normalidad.

 

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