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El Supremo condena a La Manada a 15 años de prisión por un delito de agresión sexual

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la manada

VAÈNCIA, 21 Jun.- Este viernes se ha celebrado una vista relacionada con el caso de La Manada, el grupo de cinco amigos acusados de agredir sexualmente a una chica en 2016. El Tribunal Supremo de Madrid debía ratificar la condena propuesta por el Tribunal Superior de Navarra (9 años de prisión), el de la Fiscalía (18 años) o, por el contrarío, admitir que no se había producido ningún delito como solicitaba el abogado de los acusados.

Ante la presión mediática que engloba el caso, el Supremo ya advertía que el fallo del caso se haría público a lo largo de esta tarde. Finalmente, los magistrados -entre los que se encontraban tres especialistas en violencia de género- han decidido condenar a los cinco miembros de La Manada a 15 años de prisión por un delito de agresión sexual continuado.

El encuentro judicial no ha estado exento de polémica. Antes de que comenzara la vista y cada una de las partes expusiera sus argumentos, el abogado defensor de La Manada recriminaba, antes de entrar en el juzgado, que era un caso demasiado mediático. La decisión de los magistrados, por tanto, iba a estar condicionada por el juicio social.

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Facebook cierra un grupo de 32.000 usuarios en Italia por difundir fotos íntimas sin consentimiento

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Meta ha cerrado un grupo de Facebook con más de 32.000 usuarios en el que se compartían imágenes íntimas de mujeres, muchas de ellas tomadas sin su consentimiento.

El grupo, llamado “Mia Moglie” (“Mi esposa”, en italiano), llevaba más de siete años activo, publicando fotos y comentarios de carácter sexista y misógino.

Facebook elimina un grupo que compartía imágenes íntimas sin consentimiento

Según ha explicado un portavoz de Meta a EFE, el grupo fue eliminado por infringir la normativa de la plataforma contra la explotación sexual de adultos:

“No permitimos contenidos que promocionen la violencia, los abusos o la explotación sexual. Si detectamos publicaciones que inciten a la violación o difundan material íntimo sin consentimiento, deshabilitamos grupos y cuentas y compartimos la información con las fuerzas de seguridad”.

El grupo, con 31.885 miembros, compartía fotos de mujeres en momentos privados, en ocasiones tomadas por sus propias parejas para difundirlas en el foro y comentarlas con otros usuarios. Parte del material estaba además generado con Inteligencia Artificial, lo que agrava la situación al simular escenas íntimas sin consentimiento.

Denuncias que provocaron el cierre del grupo

El caso salió a la luz gracias a la denuncia de la organización No Justice No Peace y de la escritora Carolina Capria, quien expuso el caso en su cuenta de Instagram.

Capria explicó:

“Me han informado de un grupo de Facebook con 32.000 usuarios en el que algunos hombres intercambian fotos íntimas de sus propias esposas para comentarlas y fantasear sexualmente. Mujeres que muchas veces ni siquiera saben que son fotografiadas, siendo sometidas a una especie de violación virtual”.

En apenas 48 horas, las denuncias se viralizaron en Italia, con críticas masivas desde la ciudadanía, asociaciones y figuras políticas, que presionaron a Meta hasta conseguir el cierre del grupo.

Reacciones políticas en Italia

El caso ha tenido eco en la política italiana. El Partido Demócrata (PD) denunció públicamente este tipo de violencia digital.

Roberta Mori, portavoz nacional de la Conferencia de Mujeres Democráticas, declaró:

“Alentar, tolerar o minimizar estas formas de violencia digital significa ser cómplice de una cultura de la violación que lleva siglos afectando a mujeres y niñas. La responsabilidad es individual, pero también colectiva cuando se difunden imágenes sin consentimiento”.

El marco legal: “Revenge porn” en Italia

En Italia, la difusión no consentida de imágenes sexuales explícitas se castiga bajo el delito de “revenge porn” recogido en el artículo 612-ter del Código Penal.

La norma establece que cualquier persona que publique, difunda o comparta imágenes privadas sin consentimiento puede enfrentarse a penas de prisión de 1 a 6 años y multas de entre 5.000 y 15.000 euros, salvo que el hecho constituya un delito más grave.

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