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El Supremo prohíbe a los divorciados con hijos el uso de la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio. En ella, el Alto Tribunal establece que el padre o la madre que viva con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva a vivir con ellos a su nueva pareja, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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Hacienda aplaza a 2027 la entrada en vigor de Verifactu para pymes y autónomos

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Hacienda mayores 65 años

La Agencia Tributaria ha confirmado el aplazamiento de la obligación de usar Verifactu, el sistema de verificación de facturas para empresas, pymes y autónomos, hasta 2027. La medida afecta a los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades, cuya obligación comenzará en enero de 2027, y al resto de empresas y autónomos, que deberán cumplirla a partir de julio de 2027.

Qué es Verifactu y por qué se implementa

Verifactu es un software obligatorio de facturación que digitaliza y estandariza los procesos de emisión de facturas. Su objetivo es garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de los pagos, facilitando además la vigilancia de Hacienda sobre las operaciones económicas. Las sanciones por incumplimiento pueden alcanzar hasta 50.000 euros.

Según datos del Observatorio TeamSystem, solo un 8% de las pymes y autónomos ha implementado Verifactu hasta mediados de noviembre, mientras que un 15% está en proceso de hacerlo.

Motivo del aplazamiento

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció en Rac1 que el aplazamiento forma parte de un real decreto ley para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y promover la digitalización de los procesos de facturación. La portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, explicó que la medida es especialmente relevante para pymes y autónomos, quienes habían solicitado más tiempo para adaptarse al sistema.

Reacciones del sector

El presidente de ATA y vicepresidente de CEOE, Lorenzo Amor, celebró la medida en la red social X: “Por fin llega el sentido común que reclamábamos. Se aplaza un año la entrada en vigor de Verifactu. Un alivio para los autónomos ante la marea de cargas y trámites que sufrimos”.

Expertos como Gonzalo de Luis recuerdan que Verifactu no altera la fiscalidad vigente, sino que permite a Hacienda conocer todos los ingresos de los profesionales, reducir la morosidad, acelerar cobros y profesionalizar la gestión de los negocios.

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