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El Supremo prohíbe a los divorciados con hijos el uso de la vivienda familiar si conviven con una nueva pareja

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El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en una sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio. En ella, el Alto Tribunal establece que el padre o la madre que viva con sus hijos en una vivienda familiar en régimen de gananciales y que lleva a vivir con ellos a su nueva pareja, pierde el derecho a disfrutar del uso de esa casa.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

Según el alto tribunal, el derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar.

El Pleno de la Sala Primera ha resuelto en esta sentencia el efecto que produce la convivencia del progenitor custodio con una nueva pareja respecto del derecho de uso de la vivienda familiar atribuido en la sentencia de divorcio.

La sentencia recurrida había acordado la extinción del derecho de uso en el momento en que se procediera a la liquidación de la sociedad de gananciales, por considerar que la entrada de una tercera persona en la vivienda hacía perder a esta su antigua naturaleza de vivienda familiar, al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente.

La sala ratifica los argumentos y el pronunciamiento de la sentencia recurrida y desestima el recurso de casación. La introducción de un tercero en la vivienda, en manifiesta relación estable de pareja con el progenitor que se benefició del uso por habérsele asignado la custodia de los hijos, cambia el estatus del domicilio familiar, de igual modo que afecta a otros aspectos como la pensión compensatoria e incluso el interés de los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente.

El derecho de uso de la vivienda familiar se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. El interés de los hijos no puede desvincularse absolutamente del de sus padres, cuando es posible conciliarlos.
En el caso, el carácter ganancial del inmueble facilita otras soluciones económicas que permiten precisamente esa conciliación de intereses.

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La DGT aconseja evitar los desplazamientos por carretera este fin de semana en estas zonas de España

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La borrasca Ingrid traerá nevadas intensas, viento y restricciones al tráfico pesado desde el viernes

Madrid, 22 de enero de 2026
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha recomendado evitar los desplazamientos por carretera durante este fin de semana en la mitad noroeste de la Península, ante la llegada de la borrasca Ingrid, que dejará fuertes nevadas, lluvias y rachas de viento, especialmente desde la tarde del viernes y durante todo el fin de semana.

Según las previsiones de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), las precipitaciones en forma de nieve serán más intensas el viernes por la tarde, con avisos amarillos y naranjas que se mantendrán activos en numerosas provincias del centro y noroeste de España.

Más de 15 carreteras de alta capacidad afectadas por la nieve

La DGT alerta de que el temporal puede afectar tanto a carreteras locales y comarcales como a grandes ejes de comunicación, con al menos 15 vías de alta capacidad con riesgo de incidencias por nieve o hielo. Entre ellas destacan:

  • A-66 / AP-66 (Asturias–León)

  • A-6 / AP-6 (Madrid–A Coruña)

  • A-1 (Madrid–Burgos)

  • A-2 (Madrid–Calatayud)

  • A-52 (Rías Baixas)

  • A-15 (Medinaceli–Soria)

  • A-11 (Aranda de Duero–La Mallona)

  • A-231 (León–Burgos)

  • AP-71 (León–Astorga)

  • AP-51 (Ávila)

  • AP-61 (Segovia)

  • AP-53 y AG-53 (Galicia)

Restricciones a la circulación de camiones

De forma preventiva, la DGT ha publicado una Resolución de restricciones que limita la circulación de vehículos de mercancías de más de 7.500 kilos en determinados tramos de carretera, con el objetivo de garantizar la seguridad vial y facilitar el paso de los vehículos de emergencia y quitanieves.

Estas restricciones entran en vigor desde la medianoche del viernes y su duración dependerá de la evolución del temporal. Quedan excluidos de esta medida los vehículos de emergencia, auxilio en carretera y vialidad invernal.

Medidas especiales si empeoran las condiciones

Si las nevadas afectan de forma significativa a la circulación, Tráfico podrá aplicar medidas adicionales como:

  • Prohibición de circular sin neumáticos de invierno, todo tiempo o cadenas.

  • Limitaciones de velocidad y prohibición de adelantamientos.

  • Cortes preventivos de carreteras.

  • Desvíos obligatorios por rutas alternativas.

Además, la DGT tiene preparados 32 desvíos automatizados para el embolsamiento de camiones, que se activarán si las condiciones lo requieren.

Recomendaciones clave a los conductores

La DGT insiste en una serie de recomendaciones esenciales para circular con seguridad durante episodios de nieve:

  • Evitar viajar si no es imprescindible.

  • Llevar cadenas o neumáticos de invierno si se circula por zonas afectadas.

  • Dejar libre el carril izquierdo para facilitar el paso de quitanieves.

  • Atender a la señalización variable y a las indicaciones de la Guardia Civil.

  • Extremar la precaución y adaptar la conducción a las condiciones meteorológicas.

Información de tráfico en tiempo real

El estado de las carreteras puede consultarse en tiempo real a través de:

  • Boletines informativos en radio

  • Redes sociales: X @DGTes y @informacionDGT

  • Página web de la DGT

  • Teléfono de información 011

 

 

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