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El Supremo rebaja una condena por violar a una chica que se encontraba borracha y drogada porque no ve a la víctima especialmente vulnerable

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Madrid, 8 abr (EFE).- El Tribunal Supremo ha rebajado de doce a seis años de prisión la pena impuesta a un hombre condenado por violar a una mujer que se encontraba borracha y drogada al entender que no se trataba de una víctima en una situación especialmente vulnerable, porque se defendió y se opuso a la agresión.

La violación tuvo lugar en octubre de 2016, en un solar cercano al aparcamiento de una discoteca valenciana, y, en una primera sentencia, la Audiencia Provincial de Valencia condenó al hombre a seis años de prisión por agresión sexual.

Pero después el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana elevó la pena a doce años al aplicar la agravante de situación de especial vulnerabilidad que recoge el Código Penal.

La chica, que tenía 18 años, «se encontraba muy afectada por el alcohol y las drogas ingeridos», «no era consciente de la realidad» y tenía «perturbadas sus facultades intelectivas y volitivas, hasta el punto de no ser capaz de determinar su conducta sexual con libertad y conocimiento de la significación de los actos», según el Tribunal.

Pero el Supremo recuerda que, conforme a la doctrina del alto tribunal, la agravante de especial vulnerabilidad «no está en la falta o limitación del consentimiento de la persona ofendida, sino en la reducción o eliminación de su mecanismo de autodefensa frente al ataque sexual».

En este caso, destacan los magistrados, «la víctima desde un primer momento, en que el acusado la agarró por la cintura, fue consciente de lo que pretendía y mostró su oposición a sus pretensiones, tanto de forma oral, diciendo ‘basta, basta’, como mediante los actos que realizó, tratando de resistirse, mordiéndole, arañándole y golpeándole en la boca».

Aunque en los hechos probados se señala que el acusado, conociendo el estado en el que se encontraba la víctima, decidió aprovecharse, el Supremo recalca que el alcohol y las drogas que la joven habían tomado «no supuso reducción o eliminación de su posibilidad de autodefensa frente al ataque sexual».

La violencia que ejerció el acusado «probablemente le hubiera permitido perpetrar la agresión en análogas circunstancias aun en el supuesto de que la víctima no hubiera tenido afectadas sus capacidades volitivas e intelectivas», por lo que el Supremo concluye que no se puede aplicar la agravante de especialmente vulnerabilidad.

Estima así el recurso de casación presentado por el agresor y deja vigente el fallo de la Audiencia Provincial de Valencia, con los seis años de prisión.

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Sucesos

Hallan mercurio y metanol en una anciana con alzhéimer mientras dos abogados y un notario la expoliaban en València

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La Policía Nacional ha detenido en València a cinco personas, entre ellas dos abogados, un notario de reconocido prestigio en la ciudad, la cuidadora de la víctima y el comprador de varios inmuebles, por presuntamente expoliar el patrimonio de una mujer octogenaria con alzhéimer. El perjuicio económico asciende a unos 785.000 euros, según ha informado la Jefatura Superior de Policía.

La investigación ha destapado una trama de ventas inmobiliarias irregulares, abusos de confianza y una grave situación de vulnerabilidad, en la que la anciana habría sido despojada de todos sus bienes en apenas un año.

Ventas irregulares y patrimonio enajenado

Las pesquisas policiales comenzaron en junio de 2025, tras la denuncia interpuesta por los familiares de la mujer. Estos alertaron de que cada vez les resultaba más difícil contactar con la anciana o visitarla, lo que despertó su preocupación.

Al consultar el Registro de la Propiedad, comprobaron que la totalidad de los inmuebles de la mujer habían sido vendidos en un corto periodo de tiempo. Las investigaciones revelaron que las operaciones se realizaron con el asesoramiento de dos abogados que, además, actuaban como letrados del comprador, incurriendo en un claro conflicto de intereses y dejando a la víctima en una situación de absoluta indefensión.

Los inmuebles fueron vendidos muy por debajo de su valor real de mercado, lo que permitió a los implicados obtener importantes beneficios económicos.

El papel clave del notario y la cuidadora

Todas las operaciones se formalizaron ante el mismo notario, que dio validez legal a las transacciones. Incluso en la venta de la vivienda habitual de la anciana —realizada bajo la fórmula de nuda propiedad— se incluyeron condiciones especialmente gravosas, que llegaban a contemplar la posible pérdida del usufructo.

Los agentes constataron además que el notario, junto al comprador, realizó gestiones para suprimir dicho usufructo, entrevistándose con vecinos para intentar demostrar que la mujer ya no residía en el inmueble, algo que no era cierto.

La cuidadora, que se encargaba de preparar la comida y atender diariamente a la octogenaria, tenía una posición de especial influencia sobre ella. Fue incluida en el testamento y era quien realizaba extracciones de dinero de las cuentas bancarias de la víctima.

Sustancias tóxicas y agravamiento del caso

Durante una hospitalización de la anciana, los investigadores llegaron a detectar presencia de mercurio y metanol en su organismo, un hallazgo que incrementó la gravedad de las sospechas sobre su entorno más cercano y reforzó la investigación policial.

Delitos y situación judicial

Como resultado de la operación, los cinco detenidos están acusados de prevaricación, falsedad en documento público, estafa, delito contra los derechos de los trabajadores y deslealtad profesional. Uno de ellos cuenta con antecedentes policiales.

Todos han pasado ya a disposición judicial, mientras continúa la investigación para esclarecer completamente los hechos y determinar si existen más personas implicadas.

 

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