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El toque de queda entra en vigor en la Comunitat Valenciana a la 1 de esta madrugada

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Catalá calle Colón

La Comunitat Valenciana va a aplicar desde este sábado por la noche y hasta el 9 de diciembre un toque de queda que supondrá que entre la medianoche y las seis de la mañana solo podrán transitar por la calle quienes vayan a trabajar, tengan una urgencia médica o se desplacen para atender a personas dependientes.

Además, se limita a 6 el número máximo de personas que pueden participar en una reunión social o familiar en espacios públicos y privados; los jardines y zonas de ocio al aire libre se cerrarán a las diez de la noche; y en los establecimientos hosteleros el consumo será siempre en mesa, con un máximo de 6 personas, y se cerrará a medianoche.

Así lo ha anunciado el president del Consell, Ximo Puig, en una declaración institucional en la que ha informado también de que la Generalitat va a pedir al Gobierno la declaración del estado de alarma, ya que es el instrumento jurídico «más útil» para afrontar la difícil coyuntura actual desde la unidad de acción y la cogobernanza.

Puig ha hecho un llamamiento al conjunto de Gobiernos autonómicos y de las fuerzas parlamentarias del Congreso para que secunden esta propuesta «antes de que sea demasiada tarde», pues a su juicio no hay que «centrifugar la responsabilidad».

En la nueva resolución de la Conseleria de Sanidad, que se va a publicar de inmediato y que entra en vigor a la 1 de esta madrugada, se fija también la prohibición de la venta de alcohol de 10 de la noche a 8 de la mañana, excepto en hostelería y restauración.

Asimismo, se establece la recomendación de aplazar las reuniones familiares o sociales que no sean imprescindibles, y de limitar la actividad social en las próximas semanas.

Puig ha explicado que la resolución será enviada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana para su ratificación y que se fundamenta en la ley orgánica de Medidas especiales en materia de salud pública de 1986, que autoriza la adopción de medidas excepcionales si hay «riesgo inminente y extraordinario» para la población.

Ha indicado que ese riesgo «es innegable», pues los casos detectados esta semana duplican los de la semana anterior y dos de cada tres brotes tienen un origen social, por lo que es «inaplazable» evitar la concentración y deambulación de personas en la franja nocturna en la que se producen botellones y fiestas privadas en domicilios particulares.

Según ha señalado, el Consell y la Abogacía de la Generalitat consideran que estas nuevas medias son «idóneas, necesarias y proporcionales», y ha hecho un llamamiento a la corresponsabilidad de todos los ciudadanos, para poder llegar a Navidad «en las mejores condiciones» y no «estrangular la economía y la vida cotidiana con medidas que nadie desea».

Puig ha aseverado que «ya basta» de «irresponsabilidades aisladas que ponen en peligro» a cualquier ciudadano, y ha explicado que en solo tres meses la Generalitat ha levantado más de 20.000 actas de propuestas de sanción por incumplir las medidas anticovid.

El president ha defendido que la evolución del coronavirus obliga a adoptar estas nuevas medidas, pues aunque la Comunitat es la autonomía peninsular con menos incidencia acumulada, la situación empeora -hoy se han registrado 1.690 casos, la mayor cifra de la pandemia- y hay que actuar «con contundencia», pues perder tiempo «es perder vidas».

«No es tiempo de las discusiones, sino de las soluciones», ha afirmado Puig, quien ha defendido que, mientras llega una respuesta conjunta, la Comunitat «no va a quedar esperándose», porque es «demasiado importante» lo que está en juego.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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