Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El tradicional Mercadillo de Reyes de València, al detalle

Publicado

en

VALÈNCIA, 26 Nov.-El tradicional Mercadillo de Reyes se instalará en las inmediaciones del Mercado del Cabanyal, en las calles Marino Sirera, Mediterráneo, Escalante y Justo Vilar, desde la calle Marino Sirera hasta la calle Vicente Brull, del 3 al 6 de enero de 2020. Así lo ha anunciado esta martes el concejal de Comercio y Mercados, Carlos Galiana, quien ha explicado que el mercadillo contará con 243 puestos de venta.

El horario de apertura será de 9:00 a 22:00 horas, a excepción del 5 de enero que será de 09:00 a 05:00 horas. Las mercancías autorizadas para la venta serán, entre otros, artículos relacionados con el pesebre tradicional y sus complementos, decoración navideña como adornos, guirnaldas, centros de mesa, velas, panderetas, dulces como el carbón dulce y otras golosinas propias del navidad, artesanía, cuadros, manualidades, artículos lúdicos infantiles y bisutería y complementos de moda.

El concejal Galiana ha dicho que «un año más, miles de valencianos volverán a pasear por los más de 240 puestos que albergará el mercadillo de Reyes, donde se podrán encontrar productos de todo tipo, y para todos los gustos. Bisutería, ropa, juguetes, dulces típicos, y un sinfín de detalles originales para conseguir los mejores regalos de reyes, mientras se disfruta del buen ambiente que se respira en este barrio marinero de València».

Para llegar al mercadillo cuando esté en funcionamiento con transporte público se puede hacer uso de los autobuses 19 (Parada Avenida Mediterráneo con la calle de la Reina); 81 (Parada en la Estación del Cabanyal); 32 (Parada en el Mercado del Cabanyal), así como de los tranvías 4 (Parada Doctor Lluch) y 6 (Parada Mediterráneo).

Este mercadillo convivirá con el de Navidad que se instala en la Plaza del Mercado de València del 10 de diciembre al 6 de enero, «que antes se situaba en la parte posterior del Mercado Central, de manera muy poco visible, incluso un poco marginal, y que desde el gobierno municipal actual hemos mejorado, ampliado e impulsado por dignificarlo y aportarle un carácter mucho más navideño».

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

Publicado

en

Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

Continuar leyendo