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El tradicional Mercadillo de Reyes de València, al detalle

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VALÈNCIA, 26 Nov.-El tradicional Mercadillo de Reyes se instalará en las inmediaciones del Mercado del Cabanyal, en las calles Marino Sirera, Mediterráneo, Escalante y Justo Vilar, desde la calle Marino Sirera hasta la calle Vicente Brull, del 3 al 6 de enero de 2020. Así lo ha anunciado esta martes el concejal de Comercio y Mercados, Carlos Galiana, quien ha explicado que el mercadillo contará con 243 puestos de venta.

El horario de apertura será de 9:00 a 22:00 horas, a excepción del 5 de enero que será de 09:00 a 05:00 horas. Las mercancías autorizadas para la venta serán, entre otros, artículos relacionados con el pesebre tradicional y sus complementos, decoración navideña como adornos, guirnaldas, centros de mesa, velas, panderetas, dulces como el carbón dulce y otras golosinas propias del navidad, artesanía, cuadros, manualidades, artículos lúdicos infantiles y bisutería y complementos de moda.

El concejal Galiana ha dicho que «un año más, miles de valencianos volverán a pasear por los más de 240 puestos que albergará el mercadillo de Reyes, donde se podrán encontrar productos de todo tipo, y para todos los gustos. Bisutería, ropa, juguetes, dulces típicos, y un sinfín de detalles originales para conseguir los mejores regalos de reyes, mientras se disfruta del buen ambiente que se respira en este barrio marinero de València».

Para llegar al mercadillo cuando esté en funcionamiento con transporte público se puede hacer uso de los autobuses 19 (Parada Avenida Mediterráneo con la calle de la Reina); 81 (Parada en la Estación del Cabanyal); 32 (Parada en el Mercado del Cabanyal), así como de los tranvías 4 (Parada Doctor Lluch) y 6 (Parada Mediterráneo).

Este mercadillo convivirá con el de Navidad que se instala en la Plaza del Mercado de València del 10 de diciembre al 6 de enero, «que antes se situaba en la parte posterior del Mercado Central, de manera muy poco visible, incluso un poco marginal, y que desde el gobierno municipal actual hemos mejorado, ampliado e impulsado por dignificarlo y aportarle un carácter mucho más navideño».

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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