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El TSJCV envía a prisión a la exadministradora del grupo Correa tras la nueva sentencia de Gürtel

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VALÈNCIA, 28 May. (EUROPA PRESS) – La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado el ingreso en prisión de Isabel Jordán, exadministradora de sociedades del grupo de Francisco Correa, para cumplir los seis años de cárcel a los que ha sido condenada en firme por el caso Fitur, tanto por lo elevado de esta condena como por la nueva sentencia de la Audiencia Nacional dictada la semana pasada en la pieza en la que se han juzgado los primeros años de actividades de la trama Gürtel.

Según ha informado el TSJCV en su cuenta de Twitter, Jordán ya ingresó en prisión el pasado viernes. De esta forma, la sala de lo Civil y Penal ha denegado la suspensión de su ingreso en la cárcel mientras se tramita el indulto que la condenada ha solicitado al Gobierno.

La sala ha valorado lo elevado de su pena de seis años de cárcel por asociación ilícita, falsedad, prevaricación y malversación y también la nueva sentencia de la Audiencia Nacional en la pieza del caso juzgado.

En esta última, este último tribunal la ha condenado a 14 años y 10 meses de cárcel por malversación continuada con prevaricación, cohecho continuado, fraude falsedad continuada, malversación de caudales, tráfico de influencias y continuado de falsedad en documento mercantil. La Fiscalía pedía para ella 39 años de cárcel.

El TSJCV tiene pendiente de resolver las peticiones de suspensión de ingreso en prisión de otras dos condenadas en la pieza de Fitur: la funcionaria Ana Grau y la exempleada de Orange Market Mónica Magariños, que han pedido igualmente el indulto al Gobierno. El resto de condenados por esta parte de la causa, ya declarada firme por el Supremo, ya se encuentran en prisión. Entre ellos, la exconsellera de Turisme, Milagrosa Martínez, que está desde el jueves en el centro penitenciario de Villena (Alicante).

Isabel Jordán, Mónica Magariños –exempleada de la sociedad de Álvaro Pérez, ‘El Bigotes’– y Ana Grau –excoordinadora de Ferias de la Agencia Valenciana de Turisme–, han solicitado al Gobierno el indulto y mientras se tramita la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por distintas razones.

La sala dio traslado a Fiscalía de la petición, con un plazo de dos días para pronunciarse. Durante este periodo de tiempo, el tribunal dejó sin efecto la decisión de que las tres condenadas entraran en prisión el jueves –fecha acordada para todos, hasta resolver. Sin embargo, en el caso de Jordán, ya se pronunció y ordenó su ingreso en prisión, que se hizo efectivo el viernes.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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