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El TSJCV envía a prisión a la exadministradora del grupo Correa tras la nueva sentencia de Gürtel

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VALÈNCIA, 28 May. (EUROPA PRESS) – La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha ordenado el ingreso en prisión de Isabel Jordán, exadministradora de sociedades del grupo de Francisco Correa, para cumplir los seis años de cárcel a los que ha sido condenada en firme por el caso Fitur, tanto por lo elevado de esta condena como por la nueva sentencia de la Audiencia Nacional dictada la semana pasada en la pieza en la que se han juzgado los primeros años de actividades de la trama Gürtel.

Según ha informado el TSJCV en su cuenta de Twitter, Jordán ya ingresó en prisión el pasado viernes. De esta forma, la sala de lo Civil y Penal ha denegado la suspensión de su ingreso en la cárcel mientras se tramita el indulto que la condenada ha solicitado al Gobierno.

La sala ha valorado lo elevado de su pena de seis años de cárcel por asociación ilícita, falsedad, prevaricación y malversación y también la nueva sentencia de la Audiencia Nacional en la pieza del caso juzgado.

En esta última, este último tribunal la ha condenado a 14 años y 10 meses de cárcel por malversación continuada con prevaricación, cohecho continuado, fraude falsedad continuada, malversación de caudales, tráfico de influencias y continuado de falsedad en documento mercantil. La Fiscalía pedía para ella 39 años de cárcel.

El TSJCV tiene pendiente de resolver las peticiones de suspensión de ingreso en prisión de otras dos condenadas en la pieza de Fitur: la funcionaria Ana Grau y la exempleada de Orange Market Mónica Magariños, que han pedido igualmente el indulto al Gobierno. El resto de condenados por esta parte de la causa, ya declarada firme por el Supremo, ya se encuentran en prisión. Entre ellos, la exconsellera de Turisme, Milagrosa Martínez, que está desde el jueves en el centro penitenciario de Villena (Alicante).

Isabel Jordán, Mónica Magariños –exempleada de la sociedad de Álvaro Pérez, ‘El Bigotes’– y Ana Grau –excoordinadora de Ferias de la Agencia Valenciana de Turisme–, han solicitado al Gobierno el indulto y mientras se tramita la suspensión de la ejecución de la pena de prisión por distintas razones.

La sala dio traslado a Fiscalía de la petición, con un plazo de dos días para pronunciarse. Durante este periodo de tiempo, el tribunal dejó sin efecto la decisión de que las tres condenadas entraran en prisión el jueves –fecha acordada para todos, hasta resolver. Sin embargo, en el caso de Jordán, ya se pronunció y ordenó su ingreso en prisión, que se hizo efectivo el viernes.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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