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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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Plus Ultra: el polémico rescate de 53 millones a una aerolínea de un solo avión vuelve a señalar a Zapatero

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La SEPI aprobó la ayuda para una compañía que apenas representaba el 0,03% del tráfico aéreo español. La UDEF investiga ahora un posible delito de blanqueo de capitales vinculado al uso de los fondos públicos.


La investigación sobre Plus Ultra se reactiva: registro policial y sospechas de blanqueo

El controvertido rescate de Plus Ultra Líneas Aéreas, aprobado por la SEPI en 2021 por un total de 53 millones de euros, vuelve a estar bajo los focos. A primera hora de este jueves, agentes de la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) registraron la sede de la compañía en Madrid en busca de indicios relacionados con un presunto delito de blanqueo de capitales.

La investigación apunta a que la aerolínea pudo utilizar parte del dinero del rescate para devolver préstamos vinculados a sociedades radicadas en el extranjero, supuestamente relacionadas con una organización criminal dedicada al blanqueo de fondos provenientes de Venezuela, según adelantó ABC.


Una aerolínea con un solo avión y el 0,03% del tráfico aéreo

Cuando la SEPI otorgó la ayuda en marzo de 2021 mediante el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, Plus Ultra solo contaba con una aeronave activa y operaba principalmente rutas entre España y Venezuela. Aun así, el organismo dependiente del Ministerio de Hacienda la clasificó como “empresa estratégica”.

Los datos de actividad previos a la pandemia refuerzan las dudas sobre esa consideración: en 2019, Plus Ultra operó solo 823 vuelos en España, situándose en el puesto 166 del tráfico aéreo. Esto representaba un insignificante 0,03% de las 2,36 millones de operaciones registradas por Aena durante ese año.


Ábalos se desmarca y apunta a Zapatero

El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, ha reiterado que se enteró del rescate en el mismo Consejo de Ministros en el que se aprobó, pese a que correspondía a su ámbito competencial.

En declaraciones a El Confidencial, insistió en que nunca tuvo intervención en la operación y sugirió la posible influencia del expresidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero:

“Me enteré en pleno Consejo de Ministros. Es muy raro que llegue un asunto de Transportes sin informarme previamente. Ahí me di cuenta de que se daba una ayuda a esta compañía.”


Los nombres clave dentro de la SEPI y la sombra de Aldama

En el consejo de la SEPI que autorizó la ayuda participaron la actual ministra de Transición Ecológica, Sara Aagesen, y Carlos Moreno, director de Gabinete de la ministra de Hacienda, conocido por haber aplazado una deuda tributaria de una sociedad del empresario Víctor Aldama, también implicado en causas judiciales.

La banca española ya había rechazado previamente conceder a Plus Ultra un préstamo avalado por el ICO, por lo que el rescate estatal fue su única vía de financiación.


Un caso archivado… hasta hoy

En 2022, un juzgado de Madrid abrió diligencias para investigar si en la concesión del rescate pudieron cometerse delitos de malversación o cohecho, llegando a imputar al expresidente de la SEPI, Bartolomé Lora. Sin embargo, en 2023, la jueza Esperanza Collazos archivó el caso al considerar que se aplicó el decreto de ayudas de manera correcta.

El registro de la UDEF reabre ahora el debate público, reaviva las sospechas sobre la operación y coloca al Gobierno de Pedro Sánchez ante una nueva crisis política vinculada a la polémica aerolínea.

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