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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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Filtran un ‘video sexual’ con QR en Zamora: recibe 1.500 visitas en 24 horas

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La ciudad de Zamora se despertó la pasada semana con decenas de carteles que incluían un código QR acompañado del mensaje:

«Tú me engañaste, ahora que se diviertan otros».

El mensaje, junto a una foto borrosa, sugería la filtración de un video sexual por parte de una expareja, generando preocupación entre los vecinos. Sin embargo, pronto se reveló que formaba parte de una campaña del Ayuntamiento de Zamora con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (25-N).


Objetivos de la campaña: visibilizar la violencia digital

Desde las redes oficiales del Ayuntamiento se explicó que la iniciativa busca analizar y hacer visible la violencia machista en el entorno digital, un fenómeno que las autoridades consideran cada vez más preocupante.

La campaña tiene como meta concienciar a la ciudadanía sobre la difusión de material íntimo sin consentimiento y mostrar cómo este tipo de contenidos reproducen dinámicas de violencia de género, incluso cuando se consumen de forma pasiva.


Impacto inmediato: casi 1.500 visitas en 24 horas

A pesar de la polémica inicial, 1.454 personas visitaron la página vinculada al QR en solo 24 horas.

Algunos ciudadanos, al no conocer el objetivo de la campaña, alertaron a las fuerzas de seguridad ante la posible comisión de un delito. Esta reacción confirma que el contenido provocador generó debate y atención sobre la violencia digital.


Datos clave sobre violencia digital

El vídeo al que se accede a través del QR ofrecía estadísticas y mensajes de concienciación:

  • 9 de cada 10 víctimas de difusión íntima no consentida son mujeres.

  • El 73 % de las mujeres ha sufrido violencia digital.

  • Ver o compartir vídeos íntimos sin consentimiento contribuye al machismo y aumenta la violencia contra las mujeres.

Con estos datos, el Ayuntamiento busca reforzar la educación sobre el respeto digital y la protección de la intimidad, así como fomentar la denuncia de este tipo de delitos.


Reacciones de la ciudadanía y medios

La acción del Ayuntamiento generó gran repercusión en redes sociales y medios locales, con debates sobre la ética de mostrar material provocador como herramienta de concienciación.

Aunque en un primer momento muchos interpretaron la campaña como una filtración real, la aclaración oficial permitió poner en evidencia el problema de la violencia digital y el consumo de contenido íntimo sin consentimiento.


La campaña del Ayuntamiento de Zamora se ha convertido en un ejemplo de cómo el marketing urbano y los códigos QR pueden utilizarse para concienciar sobre problemas sociales graves. Gracias a esta iniciativa, más de 1.400 personas se informaron sobre la violencia digital en solo un día, generando debate y reflexión sobre la protección de la intimidad y la igualdad de género.

 

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