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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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El IPC sube al 2,6% en la Comunitat Valenciana en febrero de 2026

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El Índice de Precios de Consumo (IPC) en la Comunitat Valenciana registró un aumento del 2,6% en febrero de 2026 en tasa interanual, una décima por encima del dato de enero, según los datos definitivos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

📈 Evolución de la inflación en la Comunitat

Tras la ligera caída del mes anterior, la inflación vuelve a repuntar en la región. En términos mensuales, los precios subieron un 0,5%, mientras que en lo que va de año el incremento alcanza el 0,2%.

Los sectores que registraron mayores incrementos interanuales fueron:

  • Bebidas alcohólicas y tabaco: +5,3%

  • Restaurantes y servicios de alojamiento: +5,1%

  • Seguros y servicios financieros: +3,7%

  • Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles: +3,3%

Por el contrario, el único grupo con descenso de precios fue vestido y calzado, con un -0,1%.

🌍 Comparativa nacional

A nivel nacional, el IPC aumentó un 0,4% en febrero respecto a enero y se mantuvo en 2,3% interanual. Entre las comunidades autónomas, las tasas más altas correspondieron a:

  • Madrid: 2,9%

  • Comunitat Valenciana: 2,6%

  • Extremadura: 2,5%

Mientras que las más bajas se registraron en La Rioja (2%), Catalunya (2%) y Castilla-La Mancha (2%).

🔍 Perspectivas y contexto

El repunte del IPC en la Comunitat refleja el impacto de los precios en alojamiento, energía y alimentación, así como la recuperación de sectores de servicios tras la estabilización de la pandemia y los incrementos en productos de consumo habitual.

El INE destaca que las subidas de precios de bebidas alcohólicas, tabaco y hostelería continúan siendo factores clave en la región, mientras que ropa y calzado mantienen una ligera tendencia a la baja.


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