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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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El Rey Felipe VI impone el Toisón de Oro a la Reina Sofía y a destacados españoles en el Palacio Real

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Madrid, 21 de noviembre de 2025 – Su Majestad el Rey Felipe VI, acompañado de Doña Letizia y de sus hijas, la Princesa de Asturias y la Infanta Doña Sofía, ha presidido este viernes la ceremonia de imposición del Collar de la Insigne Orden del Toisón de Oro a Su Majestad la Reina Doña Sofía, por “su dedicación y entrega al servicio de España y de la Corona”.

Además de la Reina Sofía, fueron condecorados el expresidente Felipe González, y los padres de la Constitución, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón y Miquel Roca i Junyent, en reconocimiento a su contribución al ordenamiento constitucional y la convivencia en España.

Recepción en el Palacio Real

A su llegada al Palacio Real de Madrid, los Reyes y sus hijas fueron recibidos por Ana de la Cueva, presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Posteriormente, se dirigieron al Salón de Teniers, donde recibieron el saludo de altas autoridades del Estado, incluyendo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el presidente del Senado, Pedro Rollán, y la presidenta del Tribunal Supremo, María Isabel Perelló.

Discurso del Rey Felipe VI

En el Salón del Trono, Don Felipe pronunció un discurso en el que destacó que “la firme voluntad de la Corona contribuyó decisivamente a abrir en nuestro país el camino hacia la democracia (…) Ese impulso inicial, esencial, hizo de la institución el catalizador clave que permitió encauzar y orientar el proceso de transformación democrática”.

Lectura de los Reales Decretos

Tras el discurso, se procedió a la lectura de los Reales Decretos que otorgan el Toisón de Oro:

  • Reina Doña Sofía: por su dedicación y entrega al servicio de España y de la Corona.

  • Miquel Roca i Junyent: por su labor en promover la convivencia y el ordenamiento constitucional.

  • Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón: por su contribución al ordenamiento constitucional y la democracia.

  • Felipe González: por su entrega al servicio de España, la Corona y la integración del país en Europa y la comunidad internacional.

El acto concluyó con la interpretación del Himno Nacional por la Unidad de Música de la Guardia Real y una fotografía de grupo con los nuevos caballeros de la Orden.

Historia y simbolismo del Toisón de Oro

La Insigne Orden del Toisón de Oro fue creada en 1429 por el Duque de Borgoña, Felipe III el Bueno, y desde entonces los Reyes de España son los Soberanos y Grandes Maestres de la Orden. El Collar, de oro y con el Vellocino colgante, es un símbolo de responsabilidad, tradición y servicio a la Corona.

A lo largo de la historia, la Orden ha sido otorgada a soberanos, miembros de la realeza y figuras destacadas de la política, la cultura y la sociedad, consolidándose como una de las distinciones más prestigiosas a nivel internacional.

Continuidad de la ceremonia en el Congreso

Tras la imposición de los Collares, los Reyes se trasladaron al Congreso de los Diputados para presidir el acto que conmemora el cincuentenario de la restauración de la Monarquía en España, participando en el coloquio “50 años después: la Corona en el tránsito a la democracia”.

Fotos: Casa Real

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