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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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demanda inacción gobierno dana

VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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Nueva subida de las pensiones en 2026 con un incremento: Así quedan

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Forbes elige Valencia jubilación

Las pensiones mínimas aumentarán más de un 7% tras el aval del Consejo de Ministros en un decreto único.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde nuevamente este martes a la revalorización de las pensiones para el año 2026, mediante un decreto único que recoge tanto el aumento de las pensiones contributivas como de las de clases pasivas.

Según ha explicado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Ejecutivo, Elma Saiz, las pensiones contributivas subirán un 2,7%, en línea con la evolución de los precios, mientras que las pensiones mínimas experimentarán un incremento superior al 7%, con el objetivo de reforzar la protección de los colectivos con menores ingresos.

Qué pensiones suben en 2026

El decreto aprobado contempla:

  • Revalorización del 2,7% para las pensiones contributivas

  • Incremento de más del 7% para las pensiones mínimas

  • Actualización de las pensiones de clases pasivas

  • Aplicación conforme al sistema de revalorización ligado al IPC

El Ejecutivo defiende que esta medida garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas y refuerza el modelo de protección social, en un contexto de control de la inflación y estabilidad económica.

Un decreto clave para el sistema público

La aprobación en un único decreto busca dotar de seguridad jurídica y agilidad a la actualización de las pensiones, consolidando el mecanismo automático de revalorización implantado en los últimos años.

El Gobierno subraya que la subida forma parte de su compromiso con la sostenibilidad del sistema público de pensiones y con la reducción de la brecha de ingresos entre los distintos tipos de prestaciones.

Ejemplos de subida de las pensiones en 2026

La revalorización aprobada por el Gobierno tendrá un impacto directo en la cuantía mensual que perciben millones de pensionistas. A continuación, algunos ejemplos orientativos de cómo quedaría la subida en 2026:

Tipo de pensión Cuantía actual (€/mes) Incremento Nueva cuantía estimada (€/mes)
Pensión contributiva media 1.200 € +2,7% 1.232 €
Pensión contributiva alta 1.800 € +2,7% 1.849 €
Pensión mínima (jubilación) 800 € +7% 856 €
Pensión mínima con cónyuge a cargo 1.000 € +7% 1.070 €
Pensión de clases pasivas 1.500 € +2,7% 1.541 €

Nota: Las cifras son aproximadas y pueden variar en función de la situación personal del pensionista, complementos y actualizaciones oficiales definitivas.

 

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