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Juan Roig, cuarta mayor fortuna de España según Forbes

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Juan Roig amplía a 35 millones en ayudas

El presidente de Mercadona alcanza los 7.900 millones de euros y se consolida entre los cinco españoles más ricos

El empresario valenciano Juan Roig, propietario y presidente de Mercadona, se mantiene entre las grandes fortunas del país al ocupar el cuarto puesto en la lista Forbes 2025 de Los 100 españoles más ricos. Con un patrimonio estimado en 7.900 millones de euros, Roig incrementa su riqueza un 36,6% respecto al año anterior, consolidando su liderazgo como uno de los empresarios más influyentes de España.

Un crecimiento impulsado por Mercadona

El éxito de Mercadona, con su continua expansión nacional y su crecimiento en Portugal, ha sido clave para el aumento patrimonial del empresario valenciano. La cadena de supermercados continúa batiendo récords de facturación y reforzando su apuesta por la innovación, la logística y la sostenibilidad, factores que han impulsado notablemente el valor de la compañía.

Amancio Ortega sigue liderando la lista

El ránking de Forbes lo encabeza, por duodécimo año consecutivo, Amancio Ortega, fundador de Inditex, con una fortuna de 109.900 millones de euros, pese a registrar una caída del 8,6% respecto a 2024. En segundo lugar se encuentra su hija Sandra Ortega, con 10.000 millones, y el tercer puesto lo ocupa Rafael del Pino, presidente de Ferrovial, con 8.000 millones de euros.

Cierra el ‘top 5’ el presidente de Abanca, Juan Carlos Escotet, que alcanza los 6.200 millones, lo que representa un espectacular incremento del 55% respecto al año anterior.

04/11/2025 Top 5 de los más ricos de España.
ECONOMIA

Las grandes fortunas crecen un 7% en 2025

En conjunto, las 100 mayores fortunas de España suman 258.870 millones de euros, un 7% más que en 2024, según la revista Forbes España. Este crecimiento refleja la resistencia de las grandes empresas nacionales ante la ralentización del consumo y los cambios económicos globales.


Historia de Mercadona: el primer supermercado abrió en 1977 en Tavernes Blanques

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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