Valencia
El «yonqui del dinero» cambia de abogado y pide declarar de nuevo
Publicado
hace 4 añosen
València, 8 oct (EFE).- El exgerente de la empresa pública Imelsa y autodenominado ‘yonqui del dinero’, Marcos Benavent, ha cambiado de abogado y ha pedido al Juzgado de Instrucción número 18 de Valencia declarar de nuevo en el conocido como caso Imelsa, en el que se investigan una decena de casos de corrupción, la mayoría vinculados a administraciones controladas por el PP.
Benavent ha sustituido a Ramiro Blasco por Juan Carlos Navarro, un penalista con experiencia en complejos casos de corrupción, como el caso Gürtel, en el que representó al considerado cerebro de la trama, Francisco Correa.
Este cambio ha despertado expectación en las múltiples partes interesadas del caso Imelsa, dado que la colaboración mostrada desde el primer minuto por Benavent con la Guardia Civil, el juez y el fiscal anticorrupción ha servido para desmadejar un enrevesado ovillo de corruptelas y apuntalar decenas de acusaciones.
Fuentes del caso consultadas por EFE recelan de este cambio e insisten en que «Marcos siempre ha sido una persona especial», en el sentido de «imprevisible» y, aunque reconocen como clave su aportación al desarrollo de la investigación, también insisten en que existe documentación y evidencias suficientes para apuntalar la causa al margen de su testimonio.
De hecho, fueron obra de Benavent -aunque no fue él quien las entregó a la Justicia- las grabaciones que dieron origen a esta compleja causa judicial.
El caso tuvo su germen en el verano de 2014, cuando Esquerra Unida llevó a la Fiscalía estas grabaciones efectuadas durante años por el que fue gerente de Imelsa y autodenominado «yonki del dinero», Marcos Benavent, que su suegro desveló tras un conflicto familiar, pero no fue hasta el 26 de enero de 2016 cuando las detenciones evidenciaron la existencia de indicios de corrupción en una red mucho más extensa de lo sospechado inicialmente.
La causa judicial nació con la detención de Alfonso Rus y varios de sus «lugartenientes» en la Diputación (Máximo Caturla, Juan José Medina y Emilio Llopis), junto con otros ex altos cargos del Consell -hasta un total de 24 personas-, y derivó después en la imputación de prácticamente todo el equipo que sustentó a Rita Barberá en la alcaldía durante más de dos décadas por un supuesto delito de blanqueo de capitales.
Por otra parte, fuentes judiciales consultadas por EFE han advertido las posibles repercusiones que podría tener este cambio de letrado sobre otro de los casos de corrupción más escandalosos de cuantos se mantienen vivos en los juzgados valencianos, el que afecta al expresident Eduardo Zaplana.
Y es que el germen de la investigación que afecta al exministro tiene su origen en los conocidos como «papeles del sirio», que fueron hallados en un registro en el despacho de abogados del anterior abogado de Benavent y que se consideran la «auténtica hoja de ruta» que se siguió para concurrir a las licitaciones del Plan Eólico y las ITV por las que la trama supuestamente corrupta, con el expresident de la Generalitat Eduardo Zaplana al frente, pudo cobrar comisiones.
Así figura en un informe de la UCO incluido en el sumario del caso Erial, en el que se detalla que esos documentos habrían sido hallados abandonados en una vivienda que ocupó Zaplana en València y que posteriormente ocupó un sirio, conocido de Marcos Benavent.
Se trataba de tres documentos donde se vislumbraba, según los investigadores, una posible connivencia en la adjudicación de determinadas concesiones públicas del Plan eólico y las ITV a favor de sociedades ligadas al grupo Sedesa.
Los documentos estaban en poder de Marcos Benavent pero se encontraban en el despacho de Ramiro Blasco cuando fueron hallados por la Guardia Civil.
En su declaración como testigo en marzo de 2017, Benavent explicó que se los había entregado en el año 2012 una persona de origen sirio llamada Imad, que ocupó la misma vivienda que Zaplana, y que desconocía si tenían relación con alguna causa penal o alguna actividad criminal, pero los guardaba «junto con otros muchos» papeles.
También se tomó declaración a ese ciudadano sirio que le entregó esos documentos, quien dijo haberlos encontrado «abandonados» dentro de un sobre unos diez años antes, alrededor de 2007, en una vivienda en la que residió en régimen de alquiler, cuyos propietarios fueron entre 1998 y diciembre de 2006 Zaplana y su esposa.
Dos de los documentos de lo que la investigación señala como una «auténtica hoja de ruta» fueron redactados a principios de septiembre de 2001 y detallan los pasos dados por el grupo Sedesa durante los años 2001 y 2002 en relación con las concesiones públicas de los parques eólicos y de la ITV, que se licitaron y adjudicaron bajo la presidencia de Zaplana en la Generalitat.
Además, aluden a diferentes empresas relacionadas con el propietario de Sedesa Vicente Cotino y la mercantil luxemburguesa Imison International, creada en mayo de 2001, que según desveló después la investigación se pudo utilizar para materializar el cobro de comisiones ilícitas por importe de 6,4 millones de euros.
El Gobierno valenciano de Zaplana privatizó el sector de las ITV en 1997 (en cinco lotes diferentes) y posteriormente puso en práctica políticas que permitieron que, entre el año 2000 y 2003 aumentasen sus tarifas de 18 a 46 euros, hasta convertirse en las más caras del Estado.
En 2004, buena parte de las firmas adjudicatarias vendieron sus participaciones obteniendo unos beneficios que, en el caso del lote adjudicado a la familia Cotino (sobrinos del ex director general de la Policía, Juan Cotino) pudieron rondar los 86,6 millones de euros, según la Fiscalía Anticorrupción.
En contraprestación, tal y como considera acreditado la Guardia Civil, las empresas de los Cotino pagaron en 2005 y 2006 cerca de 8,5 millones de euros a dos empresas controladas por supuestos testaferros de Zaplana en Luxemburgo.
La defensa de Zaplana ha centrado buena parte de sus esfuerzos en desacreditar esa documentación que dio origen a la causa contra el expresident, basándose en una teoría frecuentemente esgrimida en causas similares, conocida como la «fruta del árbol envenenado», según la cual cualquier pesquisa o diligencia vinculada con una prueba declarada nula, debe ser considerada nula también.
De nuevo las fuentes del caso consultadas por EFE insisten en que el registro del despacho de Benavent se hizo con plenas garantías judiciales -es algo que ha admitido en reiteradas ocasiones el letrado Ramiro Blasco- y que, de cualquier modo, la instrucción se encuentra suficientemente apuntalada con la documentación y los testimonios obtenidos en decenas de comisiones rogatorias.
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Valencia
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón
Publicado
hace 5 horasen
24 febrero, 2026
La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.
La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.
La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident
Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.
La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.
Competencia autonómica en la emergencia
La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.
El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.
Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica
La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:
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La convocatoria tardía del CECOPI.
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El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.
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La falta de coordinación entre organismos autonómicos.
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Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.
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El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.
A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.
Horas clave sin decisiones relevantes
El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.
También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.
La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.
Sin valoración política
La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.
El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
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