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Entra en vigor el reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión

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guia autonomos 2023

El decreto del reglamento de la Ley de Renta Valenciana de Inclusión elaborada por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha entrado en vigor tras su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El texto normativo desarrolla aspectos concretos de la normativa y el procedimiento administrativo para el reconocimiento del derecho a percibir esta prestación que se rige por los criterios de simplificación, coordinación interadministrativa e interdepartamental y gestión telemática.

Asimismo, regula las modalidades de la renta valenciana de inclusión y sus complementos, las personas titulares, requisitos y obligaciones, establece las cuantías y su cálculo así como el procedimiento de concesión de la Renta.
También regula los criterios e indicadores que permiten a los servicios sociales municipales llevar a cabo la labor que la ley les encomienda, y aplicar de manera homogénea y personalizada los instrumentos de inclusión social.
Además, regula los órganos de coordinación y participación y los plazos de aplicación a los procedimientos en el primer año de funcionamiento de la norma.

La renta valenciana de inclusión, que sustituye a la renta garantizada de ciudadanía, incluye mejoras como la ampliación y flexibilización de los requisitos para poder acceder a la ayuda, el aumento de tiempo de cobertura de la prestación y el ahorro en la gestión burocrática.

En concreto, este año se ponen en marcha dos de las cuatro modalidades de estas ayudas, la renta de garantía de ingresos mínimos, para los que no quieren someterse al plan de integración sociolaboral previsto por los técnicos de los servicios sociales; y la de inclusión social para los demandantes que sí acepten el plan de integración planteado por los especialistas para su inclusión social y búsqueda de empleo.
Con esta normativa, el Consell convierte la renta en un instrumento unificado que permite a las personas rehacer su proyecto de vida y también terminar con la burocracia y la gestión dispersa, de manera que se logre una mayor eficacia en la lucha contra la pobreza.

En este sentido, el reglamento prevé la posibilidad de que la renta tenga carácter indefinido, siempre y cuando persista la situación que hace necesaria su percepción, y una renovación cada 3 años y además, será necesario sólo un año de empadronamiento, frente a los 24 meses anteriores, exigiendo únicamente la residencia efectiva en la Comunitat Valenciana para tener derecho a la misma.
Además, contempla que la prestación económica prevista en la ley podrá ampliarse hasta en un 25% adicional para cubrir los gastos derivados de la vivienda, en el caso de que ésta sea residencia habitual, y del consumo energético.

También introduce novedades significativas como la redefinición de las unidades de convivencia, de manera que ahora dos unidades de convivencia podrán tener el mismo domicilio, siempre que los servicios sociales así lo consideren.
Pueden solicitar esta nueva ayuda a través de los servicios sociales municipales, todas las personas que carezcan de recursos económicos y que acrediten su residencia efectiva en algún municipio valenciano durante el último año, así como aquellas que hayan vivido en la Comunitat 5 años de los últimos 10.
La solicitud deberá presentarse según el modelo normalizado establecido por la Conselleria y que se encontrará a disposición de las personas interesadas en todos los Ayuntamientos de la Comunitat Valenciana e irá acompañada, en su caso, de la solicitud de Prestaciones Complementarias de ayuda a la vivienda y derechos energéticos reguladas en el decreto o también presentarse a través de la Sede Electrónica de la conselleria competente en materia de inclusión social

En cuanto al importe de la prestación, será, según el salario mínimo interprofesional a la que está referenciada, de 515,13 euros, en el caso de un titular, y 809,49 euros para una unidad familiar de seis personas. Cuantía que puede verse incrementada hasta en un 25% en el caso de necesitar ayudas para vivienda y del 10% para la pobreza energética, con lo que las cuantías oscilarían entre los 643,91 y los 1.1011,86 euros.

Titulares de la renta
En líneas generales, para ser titulares de la renta, además del requisito de residencia, deben ser mayores de 25 años, pero también se contempla a los mayores de 18 años en los casos de que hayan tenido entre 1-2 años de alta en la seguridad social y tengan un hogar independiente anterior; estén en situación de dependencia o diversidad funcional, en situación de orfandad, o que hayan estado entre los 15 y los 17 años en el sistema de protección o de reeducación para personas menores de edad.

Igualmente, pueden ser titulares personas mayores de 16 años cuando tengan personas con diversidad funcional o dependencia a su cargo, que hayan sido víctimas de explotación sexual o trata, así como de violencia de género o intrafamiliar, o que estén participando en un programa de preparación para la vida independiente.

Comisión Técnica de Seguimiento
El reglamento normativo incluye la constitución de una Comisión Técnica de Seguimiento e Implementación de la Renta Valenciana de Inclusión en la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, como órgano de coordinación para garantizar la máxima eficiencia y utilidad para la ciudadanía valenciana.
Entre las funciones de dicha comisión cabe destacar el seguimiento y la evaluación del desarrollo de la ley, incluyendo la valoración de los resultados y los objetivos conseguidos, formular observaciones y propuestas, emitir un informe de impacto de la ley, con carácter bienal, en el que se incluirán los perfiles de las personas perceptoras, los resultados de inclusión social e inserción laboral, así como la coordinación de los departamentos del Consell y de las distintas administraciones implicadas para garantizar la inclusión social.

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¿Qué es la lluvia de sangre y por qué se verá en España este fin de semana?

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Lluvia de sangre

Un fenómeno llamativo coincidiendo con el arranque de la Semana Santa

Este fin de semana, del 11 al 13 de abril de 2025, España será testigo de un fenómeno atmosférico cada vez más frecuente: la lluvia de sangre, también conocida como lluvia de barro. Coincidiendo con el comienzo de la Semana Santa, este evento natural teñirá cielos y superficies de tonos ocres y rojizos, afectando a buena parte del país.

La responsable es la borrasca Olivier, que está impulsando desde el norte de África una masa de aire cargada de polvo sahariano, la cual interactuará con sistemas frontales activos, provocando precipitaciones mezcladas con calima.


¿Qué es la lluvia de sangre y por qué recibe ese nombre?

A pesar de su nombre impactante, la lluvia de sangre no es peligrosa ni extrema. Se trata de una expresión popular para describir las lluvias que arrastran partículas de polvo en suspensión, principalmente procedentes del desierto del Sáhara.

Cuando estas gotas de agua cargadas de arena caen sobre superficies claras, como coches, ventanas o suelos, dejan un residuo terroso o rojizo. Este color recuerda visualmente a la sangre, motivo por el cual se ha extendido el uso de este término, aunque el nombre técnico es “lluvia de barro”.

Este fenómeno suele generar gran interés en internet, especialmente durante la primavera y el otoño, cuando es más habitual debido a la interacción entre borrascas atlánticas y aire africano.


¿Cuándo y dónde se verá la lluvia de sangre en España?

El episodio de lluvia de sangre comenzará este viernes 11 de abril y se extenderá hasta el domingo 13, afectando a varias zonas del país:

Sábado 12 de abril:

La calima será más intensa en:

  • Andalucía

  • Ceuta y Melilla

  • Zona centro peninsular

En estas regiones se esperan lluvias de barro, ya que las precipitaciones coincidirán con altas concentraciones de polvo en suspensión.

Domingo 13 de abril (Domingo de Ramos):

El polvo sahariano se desplazará hacia el este peninsular, afectando a:

  • Cataluña

  • Comunidad Valenciana

  • Región de Murcia

  • Este de Andalucía

  • Islas Baleares

Las lluvias que se produzcan durante esta jornada podrían dejar manchas visibles de barro en vehículos, calles y ventanas, especialmente en ciudades costeras y zonas elevadas.


Recomendaciones ante la lluvia de sangre: cómo actuar

Aunque no representa un riesgo grave para la salud, este tipo de lluvias pueden generar ciertos inconvenientes y molestias:

Posibles efectos:

  • Reducción de la calidad del aire, sobre todo en áreas con alta concentración de polvo.

  • Visibilidad limitada en carretera, especialmente en zonas de montaña y durante las primeras horas del día.

  • Suciedad visible en coches, terrazas, mobiliario urbano o paneles solares.

  • Problemas respiratorios en personas con asma u otras afecciones pulmonares si la calima es muy densa.

Recomendaciones:

  • Limita la actividad al aire libre si los niveles de partículas en suspensión son elevados.

  • Las personas con afecciones respiratorias deben seguir precauciones médicas específicas.

  • No limpies el coche ni las ventanas hasta que hayan pasado las lluvias.

  • Usa mascarilla FFP2 si notas molestias respiratorias al aire libre en zonas afectadas.


Un fenómeno cada vez más habitual en la península

La lluvia de sangre no es un fenómeno aislado. Su frecuencia ha aumentado en los últimos años, especialmente en primavera y otoño, cuando los sistemas atlánticos coinciden con irrupciones de aire sahariano.

Este nuevo episodio se suma a una combinación meteorológica poco habitual para abril: la borrasca Olivier, una luna llena visible desde toda España, previsiones de nieve en zonas altas y ahora, además, lluvias de barro. Todo ello dibuja un arranque de Semana Santa con cielos cambiantes, calima y contrastes climáticos en distintas regiones del país.

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