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España amplía 14 días más las restricciones a los vuelos del Reino Unido

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Aeropuerto de Madrid plaga chinches

Madrid, 1 ene (EFE).- El Gobierno ha prorrogado hasta el 19 de enero las restricciones de entrada a España de vuelos y barcos que proceden del Reino Unido con pasajeros no residentes ni nacionales ante la «incertidumbre del alcance sobre la nueva variante» del coronavirus y en «sintonía con la posición mantenida por la mayor parte de los países de la Unión Europea».

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy recoge dicha medida, adoptada por un acuerdo del Consejo de Ministros del 22 de diciembre, después de la alarma que generó en la UE el hallazgo de una nueva variante del SARS-CoV-2 y que ha provocado que la mayoría de países hayan adoptado restricciones.

La primera restricción se acordó en el Consejo de Ministros del 22 de diciembre y finaliza el 5 de enero, por lo que el Gobierno decidió, tras la última reunión del año del consejo, prorrogarla en 14 días más.

Se hizo a propuesta de los ministerios de Sanidad y Transportes y se decidió adoptar un nuevo acuerdo por el que se establecen nuevamente «medidas excepcionales» para limitar la propagación y el contagio de la covid-19.

De esta manera, el Gobierno considera oportuno prorrogar las restricciones a catorce días naturales más, es decir hasta las 18:00 horas del 19 de enero de 2021, y en línea con la ampliación de restricciones adoptadas por gran parte de los países miembros.

Según lo previsto en el acuerdo del Consejo de Ministros, «la realización de vuelos desde cualquier

aeropuerto situado en el Reino Unido» hasta España, «con o sin escalas intermedias, únicamente podrá llevarse a cabo cuando se trate» de aeronaves que «transporten exclusivamente» a ciudadanos nacionales y residentes en España o Andorra.

Asimismo, en el caso de las embarcaciones, solo se permitirá la entrada a puertos españoles «a los buques de pasaje de transbordo rodado y de pasaje que presten servicio de línea regular» con el Reino Unido y que trasladen también «exclusivamente» a nacionales y residentes en España y Andorra.

En todo caso, el Gobierno aclara en el BOE que «en función de la evolución de la situación y de la pandemia y especialmente de las decisiones que puedan adoptarse de forma coordinada en la Unión

Europea, el Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, estas limitaciones antes de la finalización de dicho plazo».

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El Congreso rechaza la indemnización solicitada por Ábalos tras dejar su escaño y jubilarse

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

Los servicios jurídicos concluyen que el exministro no tiene derecho a la compensación por estar suspendido de funciones y percibir ya una pensión de jubilación

El Congreso de los Diputados ha rechazado conceder la indemnización por cese solicitada por el exministro de Transportes José Luis Ábalos tras renunciar a su escaño y acogerse a la jubilación. Los servicios jurídicos de la Cámara consideran que no cumple los requisitos para percibir esta compensación, ya que se encontraba suspendido de sus funciones y, además, ya recibe una pensión de jubilación.

Ábalos ingresó en noviembre en prisión preventiva en la cárcel de Soto del Real por su presunta implicación en el caso Koldo. Dos meses después presentó su renuncia como diputado y, al día siguiente, anunció su retirada de la vida política, alegando que había quedado “sin derechos, deberes ni funciones” y que había agotado todas las vías para defenderse.

La compensación solicitada superaba los 57.000 euros

Tras dejar su escaño, el exministro solicitó al Congreso la indemnización por cese, una prestación económica destinada a los diputados que abandonan la Cámara y no cuentan con otros ingresos. En su caso, la cuantía podría haber superado los 57.000 euros, al haber sido diputado de forma ininterrumpida desde 2009.

Sin embargo, los letrados del Congreso han desestimado la petición. En su informe, recuerdan que la suspensión de un diputado implica la pérdida total de derechos, prerrogativas y beneficios asociados al cargo, y subrayan que ninguno de los parlamentarios suspendidos en situaciones similares ha percibido esta compensación.

“No es razonable entender que la renuncia al acta suponga recuperar unos derechos que ya no existían”, concluye el documento jurídico elaborado por la Cámara.

Incompatibilidad con la pensión de jubilación

Además de la suspensión de funciones, el Congreso considera que la indemnización es incompatible con la pensión de jubilación a la que se ha acogido Ábalos. La normativa establece que esta prestación tiene como objetivo facilitar la transición a la vida laboral de los diputados que se quedan sin ingresos tras abandonar el cargo.

Según los servicios jurídicos, percibir simultáneamente una pensión de jubilación y la indemnización por cese sería contrario a la finalidad de la ayuda, que se interrumpe cuando el beneficiario obtiene otra fuente de ingresos, ya sea pública o privada.

Decisión definitiva de la Mesa del Congreso

La decisión será formalizada de manera definitiva este martes por la Mesa del Congreso, lo que dejará al exministro sin derecho a la compensación económica solicitada. Ábalos permanece en prisión preventiva a la espera de juicio por el caso Koldo.

En los próximos días, su escaño será ocupado por la siguiente candidata del PSOE por Valencia, Ana María González Herdaro, poniendo fin a una trayectoria parlamentaria de casi 15 años en la Cámara Baja.

 

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