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Consumo

Este es el calendario laboral para el próximo año 2018

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El calendario laboral de 2018 recoge dice días festivos en España, nueve de ellos comunes a todas las comunidades autónomas, y un único puente nacional el viernes 12 de octubre.

El calendario laboral ha sido creado por la Dirección General de Empleo y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En concreto, los nueve días de fiesta nacional que presenta son: Año Nuevo, Viernes Santo, Primero de Mayo, Asunción de la Virgen, Fiesta Nacional de España, Todos los Santos, Día de la Constitución Española, La Inmaculada Concepción y Navidad.

Asimismo, todas las autonomías podrán celebrar la Epifanía del Señor (6 de enero), fiesta nacional que puede ser sustituida por otra autonómica.

En el caso del Jueves Santo (29 de marzo) será festivo en todas las regiones menos en la Comunitat Valenciana, Catalunya y Cantabria. Mientras que el Lunes de Pascua (2 de abril) únicamente lo celebrarán Baleares, Catalunya, Comunitat Valenciana, Navarra y País Vasco.

Por su parte, el 19 de marzo (San José) será festivo en la Comunitat y en la Región de Murcia.

La relación de festividades nacionales del año que viene es la siguiente:

1 de enero: Año Nuevo (lunes)

6 de enero: Epifanía del Señor (sábado)

19 de marzo: San José (lunes)

29 de marzo: Jueves Santo (jueves)

30 de marzo: Viernes Santo (viernes)

2 de abril: Lunes de Pascua (lunes)

1 de mayo: Fiesta del Trabajo (martes)

25 de julio: Santiago Apóstol (miércoles)

15 de agosto: Asunción de la Virgen (miércoles)

12 de octubre: Fiesta Nacional de España (viernes)

1 de noviembre: Todos los Santos (jueves)

6 de diciembre: Día de la Constitución Española (jueves)

8 de diciembre: Inmaculada Concepción (sábado)

25 de diciembre: Natividad del Señor (martes).

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Consumo

Cuidado con los menús navideños: cómo no pagar de más en restaurantes

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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en la Comunitat Valenciana ha lanzado una advertencia ante la proliferación de posibles prácticas abusivas en restaurantes durante las comidas y cenas navideñas, unas fechas en las que se incrementan las reservas y los encuentros familiares y de empresa.

La entidad recuerda que algunas medidas impuestas por determinados establecimientos pueden vulnerar los derechos de los consumidores e incluso resultar ilegales, por lo que aconseja extremar la precaución antes de reservar.

Consejos de la OCU para evitar abusos en restaurantes estas Navidades

1. Atención a los menús obligatorios
Los restaurantes pueden ofrecer menús cerrados en fechas señaladas, pero la OCU advierte de que imponer un único menú común para todos los comensales, sin tener en cuenta alergias o intolerancias alimentarias, puede ser una práctica cuestionable. Además, alerta sobre suplementos elevados entre las opciones del menú que no estén debidamente justificados.

2. Cuidado con los adelantos excesivos por reserva
Es habitual que se solicite un anticipo para garantizar la reserva, pero la OCU considera que adelantos superiores al 50% del precio total pueden resultar excesivos. Antes de pagar, recomienda comprobar:

  • Hasta cuándo se puede cancelar la reserva

  • Si existe penalización

  • El importe de dicha penalización

Cobrar el 100% del menú por una cancelación se considera abusivo y desproporcionado.

3. El importe adelantado debe descontarse del total
La organización recuerda que, salvo indicación clara en contrario, el dinero entregado por la reserva debe descontarse del precio final. También resulta indebido retrasar la devolución del importe o convertirlo en un bono que obligue a volver al restaurante.

4. No pueden cobrar un plus solo por reservar
Cobrar un suplemento adicional únicamente por realizar una reserva es una práctica que la OCU califica de cuestionable y potencialmente abusiva.

5. Derecho a una carta clara y completa
Aunque los códigos QR sean habituales, el restaurante debe ofrecer también una carta física en papel si el cliente la solicita. Además:

  • Los precios “según mercado” deben incluir una referencia clara (por ejemplo, precio por kilo)

  • Debe informarse del precio de cualquier producto fuera de carta antes de servirlo

6. Prohibido cobrar por cubierto, servicio o agua del grifo
La OCU recuerda que es ilegal cobrar por:

  • Servicio de mesa

  • Cubierto

  • Agua del grifo

Tampoco puede rechazarse el pago en efectivo. En cambio, sí se puede rechazar el pago con tarjeta, pero solo si se avisa claramente antes de consumir.

7. El ticket debe detallar todos los productos
El establecimiento está obligado a emitir un ticket o factura desglosada, donde aparezcan claramente todos los productos y precios. No hacerlo incumple la normativa de consumo.

Qué hacer si detecta un abuso

Si durante estas fiestas se sufre alguna práctica abusiva, la OCU recuerda que el cliente puede solicitar la hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, es recomendable avisar a la policía municipal para que levante acta.

Además, aconseja conservar siempre el tique de compra, un documento clave para cualquier reclamación posterior.

 

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