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Valencia

Este es el protocolo sanitario para el Besamanos a la Virgen en la Basílica

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besamanos virgen de los desamparados 2021

Los fieles deberán llevar mascarilla, guardar la distancia de seguridad, se ofrecerá gel y se tomará a todos la temperatura antes del “pase reverencial” ante la imagen que no se podrá tocar ni besar

La Basílica de la Virgen de los Desamparados ha establecido un protocolo sanitario con medidas de prevención debido a la pandemia, para la realización este próximo miércoles 24 de noviembre del Besamanos público a la imagen de la Mare de Déu, que se desarrollará desde las siete de la mañana hasta que pase el último devoto, totalmente adaptado a la normativa vigente.

Así, la imagen de la Virgen “no se podrá tocar, ni besar, será un breve “pase-reverencial» evitando cualquier contacto, los fieles deberán llevar mascarilla de forma obligatoria, guardar las distancias de seguridad – habrá control de aforo-, se tomará la temperatura corporal, y se dispensará gel hidroalcohólico, higienizándose frecuentemente las zonas ocupadas, con el registro de los organizadores», según apunta la Basílica en un comunicado hecho público hoy.

Igualmente, ha sido establecido que, durante este día, el acceso al templo sea por la puerta de bronce, “habilitándose un tramado vallado que facilitará el acceso al mismo” porque “hay que guardar siempre la distancia social” y la puerta de salida “será la más cercana a la tienda la Basílica que da a la plaza de la Virgen”, añaden.

Asimismo, la puerta más cercana a la sacristía que da a la plaza de la Virgen “será para acceder al camarín o a la capilla de la comunión, pero no para el Besamanos”. Por esta puerta también podrán entrar personas con carritos de ruedas, o de movilidad reducida, o carritos de bebés.

El plan de prevención de la Covid-19 diseñado por la Basílica para el próximo miércoles incluye además la instalación de un retén de emergencias médicas de la Cruz Roja y se contará con la colaboración de los Seguidores, la Corte de Honor y els Eixidors.

Aún así, y como se ha hecho siempre, la imagen peregrina estará colocada al pie del altar mayor. Ese día las misas que se celebran habitualmente en la Basílica tendrán lugar en el camarín de la Virgen.

Oraciones por las víctimas de la pandemia

“Es un acto muy entrañable para los valencianos, que en este tiempo han estado muy cerca de la Mare de Déu y este besamanos es una forma de dar las gracias a todo el pueblo valenciano”, señala el presidente de los Seguidores de la Virgen, José Luis Albiach. Y es que, añade, “veremos de nuevo cómo vuelve a recibir el cariño de sus hijos”. También explica que en las oraciones que se realicen a lo largo de toda la jornada se tendrán muy presentes a las víctimas de la pandemia y se pedirá por el fin de ella.

En el besamanos los fieles también podrán colaborar con la obra social que impulsa la Basílica de la Virgen: Maides, Villa Teresita, Pro-vida y obras de caridad de la Basílica.

La Basílica de la Virgen de los Desamparados anunció para el próximo 24 de noviembre la realización del tradicional Besamanos a la Madre de Déu- que no pudo realizarse en mayo de 2020 ni en 2021 debido a la pandemia- ante el “interés mostrado por muchos fieles en poder ver de cerca la venerada imagen y tener un momento de oración”, durante el recorrido de la imagen peregrina en su maremóvil durante este tiempo por casi todas las poblaciones de nuestra Archidiócesis.

Por ese motivo, se adelanta la fecha, una cita que la Basílica anima a todos los fieles devotos a “tener muy presente” para “manifestar nuestro fervor a la Virgen y poder presentarle personalmente nuestras súplicas y favores”. (OP/AVAN)

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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