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Renuncian 7 de los 44 etarras de las listas de Bildu

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etarras listas bildu

San Sebastián (EFE).- Los siete condenados por asesinatos de ETA que iban en las listas de EH Bildu a las elecciones del próximo 28 de mayo han renunciado a ser candidatos en las próximas elecciones.

Estos siete exmiembros de ETA han remitido un texto al portal Naiz en el que anuncian que no tomarán el cargo de concejal si resultan elegidos por lo que renuncian así a sus candidaturas “en la medida de lo posible” pues están ya oficializadas.

Comunicado de los etarras

En su comunicado se dirigen a las víctimas del terrorismo. «Con esta decisión nos queremos dirigir en primer lugar a las víctimas de ETA y, en general, a todas las personas que han sufrido en este conflicto, para mostrar así nuestro compromiso para que ni nuestras palabras ni nuestras acciones añadan jamás el más mínimo padecimiento al ya habido».

Los firmantes buscan marcar distancias entre sus casos y el de de los otros 37 candidatos que en su día fueron condenados por delitos de terrorismo pero no por delitos de sangre.

Etarras en las listas de Bildu

Se trata de Jose Antonio Torre Altonaga, Asier Uribarri Benito, Lander Maruri Basagoiti, Begoña Uzkudun Etxenagusia, Jose Ramón Rojo González, Juan Carlos Arriaga Martínez y Agustín Muiños Díaz.

El Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) denunció que 44 integrantes de las candidaturas de EH Bildu en Euskadi y Navarra habían sido condenados por pertenencia y colaboración con ETA, entre ellos estos siete por asesinato, que han renunciado ahora a ir en las listas.

Podemos dice que la decisión de Bildu contrasta con el uso electoral de las víctimas

La secretaria general de Podemos, Ione Belarra, ha dicho este martes que “la decisión de EH Bildu (de renunciar a presentarse en las elecciones) es un paso importante que contrasta con una derecha capaz de usar la memoria de las víctimas con fines electorales”.

Belarra ha reaccionado así en Twitter poco después de hacerse público que siete condenados por asesinatos de ETA que iban en las listas de EH Bildu a las elecciones del próximo 28 de mayo han renunciado a ser candidatos.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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