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Valencia

La jueza de la DANA eleva a 230 las víctimas mortales al incluir a un anciano fallecido en el Hospital La Fe

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fallecidos DANA Valencia
Imagen de archivo (9/12/2024) de una mujer sosteniendo el retrato de un familiares durante el funeral por las víctimas de la DANA celebrado el 9 de diciembre de 2024 en la catedral de Valencia. EFE/Kai Försterling

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la DANA en la Comunitat Valenciana ha elevado a 230 el número de víctimas mortales asociadas a las devastadoras riadas del 29 de octubre de 2024. La actualización llega tras incluir el fallecimiento de un anciano de 74 años que murió días después en el Hospital La Fe, el 3 de noviembre, a consecuencia directa de las condiciones sufridas durante el temporal.

Un informe forense determina la relación entre la DANA y la muerte del anciano

El auto judicial, emitido este martes, incorpora el caso del vecino de Catarroja después de que su hijo solicitara su reconocimiento como víctima. La instructora pidió al Instituto de Medicina Legal (IML) un informe para determinar la relación de causalidad entre el temporal y el fallecimiento.

El IML concluye que el hombre pasó toda la noche del 29 al 30 de octubre mojado en su vivienda, una planta baja inundada de Catarroja. La entrada de agua le impidió refugiarse o desplazarse a otro lugar seguro.

La combinación de agua fría, limitación de movimiento y estrés físico agravó sus patologías previas hasta provocar un tromboembolismo pulmonar, que finalmente causó su muerte el 3 de noviembre en el Hospital La Fe. Con este dictamen, la jueza lo reconoce oficialmente como la víctima número 230 de la DANA.

Nueve fallecimientos más permanecen en análisis

El juzgado mantiene bajo estudio otros nueve posibles casos, cuyas familias han solicitado su inclusión como víctimas mortales del temporal. Los informes forenses correspondientes se encuentran en evaluación.

La última víctima reconocida: la bebé Scalett

Antes de esta nueva incorporación, la última víctima reconocida en el listado judicial era Scalett, la bebé no nacida de Janine Brigitte, una joven de 26 años embarazada de ocho meses que murió en Riba-roja el mismo 29 de octubre.

Un informe ampliatorio determinó que el feto era viable, al superar las 24 semanas y los 500 gramos de peso, por lo que su fallecimiento fue asociado a la DANA. Scalett ya figura inscrita en el Registro Civil.

 

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La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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