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Grupos burbuja y distancia de seguridad, las medidas para Infantil y Primaria del próximo curso

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La Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana ha publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) las instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros de Educación Infantil de segundo ciclo y Primaria para el próximo curso 2020-2021, que están marcadas por la «situación absolutamente extraordinaria derivada de la declaración del estado de alarma como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19».

Entre ellas se refieren a «las medidas de ordenación académica, coordinación docente, elaboración del proyecto educativo y la programación general anual, así como horarios lectivos y otros aspectos didácticos y organizativos en los cuales se deben incluir en todo momento los principios coeducativos de manera transversal».

CAMBIOS:

Entre los cambios más significativos para Educación Infantil se configurarán como grupos de convivencia estable, los llamados ‘burbuja’, con un máximo de 20 alumnos. Si para constituirlos es necesario incrementar el número de unidades autorizadas, los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que podrán incluir menores de hasta tres niveles educativos.

Hasta cuarto de Primera también se habilitarán estos grupos ‘burbuja’ con hasta 20 niños y será posible aumentar las unidades. También los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que, en este caso podrán incluir estudiantes de hasta dos niveles educativos consecutivos.

Ya en cuanto a quinto y sexto de Primaria, se organizarán de forma que se respete la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Los centros utilizarán las aulas y espacios más grandes de que dispongan para ubicarlos y ajustarán el número máximo de alumnado que quepa en cada grupo. Igualmente, podrán configurar grupos de convivencia estable en estos niveles se considere que es la mejor opción. Los centros, en función del número de alumnos y de los espacios disponibles, también podrán organizar los grupos de tercero y cuarto de Educación Primaria con las características descritas para quinto y sexto.

Respecto al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, necesidades educativas especiales o necesidades de compensación de desigualdades en los diferentes grupos de un mismo curso, se llevará a cabo de manera equilibrada, salvo que para la organización excepcional de los grupos para el curso 2020-2021 se considere la opción de configurar algunos grupos de convivencia estable en que haya un número más grande de alumnado de estas características para facilitar la intervención del personal especializado de apoyo a la inclusión.

Educación señala además que se deberá priorizar, siempre que sea posible, la continuidad de los tutores con sus grupos del curso anterior.

Las instrucciones subrayan que durante el curso 2020-2021, los centros tendrán que extremar las medidas de seguridad «como consecuencia de los posibles escenarios que se puedan producir de acuerdo con la evolución de la situación sanitaria provocada por la Covid-19, medidas que estarán incluidas en sus planes de contingencia».

Asimismo, las familias tendrán que formalizar una declaración responsable, que será elaborada conjuntamente por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, para garantizar su «compromiso con el cumplimiento de las normas de salud e higiene para el alumnado de acuerdo con los protocolos determinados en sus planes de contingencia».

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Por lo que respecta al programa anual de actividades complementarias y extraescolares y servicios complementarios se ajustará a la evolución de la pandemia Covid-19, y se promoverán especialmente las actividades que se desarrollen fuera del centro educativo.

Los centros podrán organizar estas actividades siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal, y que, además, se disponga de un registro con la relación del alumnado asistente, de forma que, en el caso de detectar un contagio, se pueda hacer la trazabilidad sobre las personas que se deberían aislar.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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