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Convivir con mayores de 65 años: Hacienda podrá darte hasta 1.150 euros

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Hacienda mayores 65 años
Hacienda-ARCHIVO

Esta ayuda fiscal puede aplicarse en la declaración de la Renta si convives con un padre, madre, abuelo o cualquier ascendiente mayor

¿Sabías que si convives con una persona mayor de 65 años puedes ahorrarte hasta 2.250 euros en la declaración de la Renta? Se trata de un beneficio fiscal contemplado por la Agencia Tributaria que puede suponer un importante alivio económico para miles de familias en España.

¿En qué consiste esta deducción?

La deducción fiscal por ascendientes mayores de 65 años se aplica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) y está diseñada para contribuir a los gastos de las familias que cuidan a personas mayores en el hogar. Este incentivo puede alcanzar los 1.150 euros anuales por cada persona que reúna los requisitos, e incluso llegar hasta los 2.250 euros si el ascendiente tiene más de 75 años.

¿Quién puede beneficiarse de esta ayuda?

Para poder acceder a esta deducción, deben cumplirse una serie de requisitos específicos:

✔ Edad y parentesco del ascendiente

  • Debe tratarse de un ascendiente en línea recta: padre, madre, abuelo o bisabuelo del contribuyente.

  • El ascendiente debe tener 65 años o más.

  • En caso de discapacidad reconocida del 33% o superior, no se exige límite de edad.

✔ Convivencia

  • Es obligatorio que el ascendiente resida con el contribuyente durante al menos la mitad del año fiscal.

  • En el caso de personas con discapacidad, también se acepta la estancia en centros especializados como forma válida de convivencia.

✔ Límite de ingresos

  • El ascendiente no debe haber obtenido ingresos superiores a 8.000 euros anuales (sin contar las rentas exentas).

  • Además, no puede haber declarado más de 1.800 euros en su propia declaración de la Renta.

✔ Fallecimiento del ascendiente

  • Si el ascendiente fallece durante el año fiscal pero cumple los requisitos anteriores, se mantiene el derecho a deducción (1.150 euros).


¿Cuánto puedes deducirte?

Situación del ascendiente Cuantía deducible
Mayor de 65 años 1.150 €
Mayor de 75 años 2.250 €
Fallecido durante el año 1.150 €

La deducción se aplicará automáticamente si se cumplen las condiciones y se reflejan correctamente en el borrador de la Renta. Por eso, es importante revisar bien los datos personales y familiares antes de confirmar la declaración.


¿Cómo aplicar esta deducción?

  1. Verifica que todos los datos fiscales estén actualizados, especialmente la residencia habitual del ascendiente.

  2. Comprueba los ingresos anuales del ascendiente, que deben estar dentro de los límites exigidos.

  3. Asegúrate de que la convivencia se mantuvo durante más de 183 días al año.

  4. Si procede, incluye la deducción correspondiente en el apartado de «mínimos personales y familiares» del borrador.


Un alivio fiscal para quienes cuidan a sus mayores

Esta deducción es una forma de reconocer el esfuerzo de miles de familias que asumen el cuidado de personas mayoresen sus propios hogares, favoreciendo además el mantenimiento del entorno familiar y reduciendo la presión sobre el sistema asistencial público.

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Yolanda Díaz anuncia la ampliación del permiso por fallecimiento hasta 10 días y un nuevo permiso por cuidados paliativos

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derechos laborales 2025

La vicepresidenta segunda del Gobierno avanza dos nuevas medidas laborales para ampliar derechos y mejorar las condiciones de conciliación de los trabajadores.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha anunciado la ampliación del permiso por fallecimiento de familiar hasta 10 días y la creación de un nuevo permiso para cuidados paliativos, en el marco de una próxima modificación del Estatuto de los Trabajadores.

Nadie puede ir a trabajar a los dos días de enterrar a su padre, su madre o un hijo. Nadie puede hacerlo bien”, ha defendido Díaz durante un Desayuno Informativo de Europa Press, donde ha reiterado su compromiso de “seguir ganando derechos” laborales.


⚖️ Ampliación del permiso por fallecimiento: de 2 a 10 días

Actualmente, el Estatuto de los Trabajadores reconoce un permiso de dos días por fallecimiento de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad, ampliable a cuatro días en caso de desplazamiento.
Con la nueva reforma, este permiso se extenderá a 10 días, lo que, según el Ministerio de Trabajo, busca proteger la salud emocional de los empleados en momentos de duelo y reducir el absentismo no justificado derivado de estas situaciones.

“España tiene un problema de productividad porque la gente trabaja en condiciones emocionales y familiares muy duras”, ha afirmado Díaz, subrayando que el duelo no puede tratarse como una simple ausencia laboral.


💜 Nuevo permiso para familiares en cuidados paliativos

La ministra también ha adelantado la creación de un nuevo permiso por cuidados paliativos, destinado a padres, madres e hijos que necesiten acompañar a familiares en fases terminales de enfermedad.

Díaz ha explicado que esta medida busca humanizar las relaciones laborales y dar respuesta a una realidad social creciente: el envejecimiento de la población y la necesidad de tiempos de cuidado compatibles con el empleo.


🏛️ Reforma del Estatuto de los Trabajadores y control de jornada

El Ministerio de Trabajo presentará en los próximos días una nueva norma que modificará el Estatuto para incluir ambos permisos.
Paralelamente, Díaz impulsa la reforma del registro horario para que las horas extraordinarias queden registradas y retribuidas, en cumplimiento con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que señala que el actual sistema español “no es fiable ni verificable”.

“Este registro no va de vigilar, sino de garantizar que las horas extras se pagan y el descanso se respeta. Un país moderno no se construye con horas sin registrar, sino con trabajo digno y derechos efectivos”, ha subrayado.


📉 El absentismo y la productividad en el debate laboral

La vicepresidenta ha abordado también el debate sobre el absentismo laboral, afirmando que “el que entierra a una madre o cuida a su hijo enfermo no es un absentista”.
Díaz ha recordado que el absentismo en España equivale al 3% del PIB, pero ha insistido en diferenciar el absentismo justificado por razones humanas de la falta de productividad estructural.


🕒 El contexto: tras el bloqueo a la jornada de 37,5 horas

Estas medidas llegan tras el frenazo en el Congreso a la reducción de la jornada laboral a 37,5 horas semanales, una de las principales iniciativas de Sumar.
Pese al rechazo empresarial y la falta de apoyos parlamentarios, la ministra mantiene su agenda de ampliación de derechos laborales con iniciativas que sí cuentan con un amplio respaldo social y sindical.

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