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El TJUE facilita anular hipotecas con IRPH por falta de transparencia bancaria

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hipotecas irph sentencia

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia que podría suponer un fuerte impacto económico para la banca, abriendo la posibilidad de declarar nulas las cláusulas de hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Esto podría derivar en devoluciones que superarían los 15.000 millones de euros, afectando a casi un millón de hipotecas activas en España.

Claves de la sentencia del TJUE sobre el IRPH

  • Falta de transparencia: El tribunal considera que el simple hecho de que la definición y el método de cálculo del IRPH estén publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no exonera a los bancos de su obligación de informar adecuadamente a los consumidores.
  • Información insuficiente: Según el TJUE, muchos contratos no especifican que el IRPH se calcula a partir de las medias de las TAE (Tasas Anuales Equivalentes) ni mencionan las advertencias del Banco de España sobre la necesidad de aplicar un diferencial negativo al índice debido a su coste más elevado frente a otros, como el Euríbor.
  • Evaluación caso por caso: Los jueces nacionales deberán analizar si la información proporcionada al cliente fue suficiente para que pudiera comprender las consecuencias económicas del IRPH en su hipoteca.

¿Por qué es importante esta decisión?

La justicia europea recalca que una cláusula que liga una hipoteca al IRPH será considerada abusiva si no se cumplieron los requisitos de transparencia. Esto incluye la falta de comparación entre el método de cálculo del IRPH y otros índices del mercado al momento de la firma del contrato.

Sin embargo, el TJUE también aclara que el uso de la TAE en el cálculo del IRPH no es abusivo por sí mismo, incluso si algunos elementos incluidos en esa tasa, como los gastos hipotecarios, fueron declarados nulos posteriormente.

Impacto para los consumidores

Los afectados podrían recibir una indemnización media de 16.000 euros, según la compañía Reclamador, cifra que representa la diferencia que habrían pagado de menos si su hipoteca hubiera estado referenciada al Euríbor.

Por otro lado, si el índice se declara nulo y la hipoteca no puede subsistir, el tribunal establece que los bancos no podrán reclamar intereses de demora al consumidor por el capital prestado.

¿Qué ocurre si se anula el IRPH?

El TJUE deja abierta la cuestión de cómo se debe sustituir el índice en caso de nulidad. Señala que los jueces no pueden modificar las condiciones del contrato aplicando retroactivamente un diferencial negativo, sino que deberán recurrir a una disposición supletoria del derecho nacional.

Repercusiones para la banca

La banca enfrenta un panorama incierto, con un posible golpe financiero si los jueces nacionales consideran nulas estas cláusulas. Además, el fallo subraya que la buena fe de las entidades no puede presumirse únicamente porque el IRPH sea un índice oficial.

Esta sentencia supone un paso más en la lucha por los derechos de los consumidores frente a prácticas bancarias que, según el TJUE, podrían haber carecido de la transparencia necesaria.

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El rey Juan Carlos I demandará a Revilla en Madrid tras fracasar la conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

La demanda del rey emérito sigue adelante tras no llegar a un acuerdo con Miguel Ángel Revilla, quien se negó a rectificar sus declaraciones en televisión

Tras una conciliación sin acuerdo celebrada el pasado viernes 16 de mayo en los juzgados de Santander, el rey emérito Juan Carlos I presentará una demanda formal contra el expresidente de Cantabria y líder del PRC, Miguel Ángel Revilla, en los tribunales de Madrid.

El acto de conciliación fue el paso previo legal antes de una querella civil por injurias y vulneración del derecho al honor, después de que Revilla realizara declaraciones críticas sobre el monarca en diferentes programas televisivos. La abogada del rey emérito, Guadalupe Sánchez, solicitaba una rectificación pública y una indemnización de 50.000 euros.


📝 Sin avenencia en la conciliación: Revilla se negó a rectificar

Durante la vista, celebrada en el Juzgado de Primera Instancia número 13 de Santander, Revilla se mantuvo firme:

«Yo no rectifico en nada. Creo que estoy en lo cierto», aseguró el líder regionalista a su salida del juzgado.

El rey emérito no acudió personalmente al acto, aunque estuvo representado legalmente por su procurador y su abogada. Revilla, por su parte, asistió de forma presencial junto a su defensa. Ante la falta de acuerdo, la letrada de la Administración de Justicia dio por finalizado el acto sin avenencia, permitiendo así al emérito continuar por la vía judicial ordinaria.


💬 ¿Qué motivó la demanda de Juan Carlos I?

El origen del conflicto se remonta a manifestaciones públicas de Miguel Ángel Revilla en las que criticó al rey Juan Carlos en espacios televisivos de gran audiencia. Según la representación legal del emérito, esas declaraciones:

  • «Carecen de base fáctica»

  • Se fundamentan en informaciones periodísticas «que no equivalen a sentencias»

  • Constituyen un ataque a su honor y reputación

Revilla, por su parte, sostiene que sus palabras fueron simples opiniones personales y que se basaron en hechos públicos divulgados por medios de comunicación.


🚨 ¿Qué implica la demanda del rey emérito?

Concluida la fase de conciliación sin resultados, Juan Carlos I formalizará una demanda en los juzgados de Madrid, como permite la legislación civil española. El proceso judicial se iniciará con una reclamación por:

  • 50.000 euros de indemnización

  • Una rectificación pública de las declaraciones consideradas injuriosas

La defensa de Revilla prevé una batalla legal que podría alargarse en el tiempo. “Me veo en el banquillo a punto de cumplir 83 años”, comentó el expresidente cántabro tras conocer la decisión del emérito.

 

 

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