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Hasta 56 viviendas siguen sin poder habitarse tras el incendio en la avenida del Puerto en València

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Incendio local avenida puerto valencia
Un camión de bomberos durante un incendio en la avenida del Puerto, a 8 de julio de 2025, en València. - Eduardo Manzana - Europa Press

Vecinos de tres comunidades afectadas no podrán volver a casa en los próximos días por falta de servicios básicos

VALÈNCIA, 10 de julio de 2025. – Tras el grave incendio que se originó este martes en una tienda TEDI en la avenida del Puerto de València, hasta 56 viviendas siguen inhabitables por los daños estructurales y la falta de servicios básicos como agua, gas y electricidad. La alcaldesa María José Catalá ha confirmado que tres comunidades de vecinos continúan con restricciones de acceso debido a problemas en las bajantes de los edificios.

Tres comunidades siguen sin suministros tras el incendio

De las ocho comunidades de propietarios afectadas, tres presentan daños severos en las bajantes, lo que impide la restitución de los servicios esenciales. Según ha detallado Catalá, los inmuebles ubicados en Peris Brell, Muñiz y Hermanos de Alba, y en avenida del Puerto número 123, serán los más afectados. El Ayuntamiento ha recomendado que sus vecinos no regresen aún a sus casas, ya que podrían pasar días o incluso semanas antes de que los servicios básicos se restablezcan.

El Ayuntamiento exige realojos a la empresa responsable

El consistorio está en contacto con la empresa TEDI, cuyo local fue el origen del fuego, para que colabore en la búsqueda de soluciones habitacionales temporales. «La empresa nos ha trasladado que se hacen cargo de la situación», ha asegurado la alcaldesa. Catalá confía en que este jueves se empiecen a ofrecer opciones de realojo para los vecinos más afectados.

«De las 112 viviendas en total, hasta 56 no podrán ser ocupadas aún. Estamos trabajando para que las familias encuentren una solución rápida y digna», ha declarado Catalá a los medios tras reunirse con los residentes damnificados.

Oficina de atención a afectados y ayuda legal gratuita

El Ayuntamiento ha habilitado una oficina permanente en la Universitat Popular del parque de ayuda donde técnicos municipales y abogados especializados en seguros y responsabilidad civil prestan asesoría gratuita a los afectados. Esta medida busca facilitar la gestión de pólizas de seguro y acelerar los procesos de reparación y compensación económica.

Situación actual y siguientes pasos

Aunque la mayoría de vecinos han podido regresar a sus hogares, aún no se permite el acceso a las primeras plantas de dos edificios específicos ni a la manzana interior, ya que la Policía Científica continúa con la investigación.

El Ayuntamiento insiste en que mantendrá una coordinación estrecha con las comunidades, la empresa TEDI y los administradores de fincas para minimizar el impacto en las familias.

 

VALÈNCIA, 8 de julio de 2025 –
El grave incendio declarado este lunes en un establecimiento comercial de la avenida del Puerto de València ha sido finalmente controlado por los bomberos, aunque los trabajos de vigilancia y ventilación continúan. Las llamas, originadas en el comercio Tedi, ubicado en el número 123 de esta transitada avenida, han obligado a evacuar a los vecinos de 115 viviendas y han dejado un balance de 19 personas atendidas por inhalación de humo, según ha confirmado el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU) y fuentes municipales.

Incendio local avenida puerto valencia

Movilización de efectivos y rápida respuesta de emergencia

Hasta la zona del incendio se desplazaron diez dotaciones de bomberos del Ayuntamiento de València, con alrededor de 50 efectivos, además de un dispositivo sanitario compuesto por:

  • Tres ambulancias del SAMU

  • Dos unidades de Soporte Vital Básico (SVB)

  • Tres ambulancias de transporte sanitario

  • Un vehículo de logística

También acudieron agentes de Policía Local y Nacional, que ayudaron en la evacuación y coordinaron las tareas de asistencia a los vecinos. Además, solicitaron a los residentes de la zona mantener cerradas las ventanas de sus domicilios para evitar la entrada de humo.

Incendio local avenida puerto valencia

Vecinos observan la columna de humo durante un incendio en la avenida del Puerto, a 8 de julio de 2025, en Valencia, Comunidad Valenciana (España).
– Eduardo Manzana – Europa

19 personas afectadas por el humo, 16 hospitalizadas

Un total de 19 personas –17 mujeres y 2 hombres, de entre 19 y 99 años– fueron atendidas por inhalación de humo. De ellas, 16 fueron trasladadas a distintos hospitales de la ciudad:

  • Hospital Clínico

  • Hospital La Fe

  • Hospital Doctor Peset

  • Hospital General de València

Las otras tres personas afectadas fueron estabilizadas in situ por los equipos sanitarios y dadas de alta sin necesidad de traslado. Según los informes médicos, todas las asistencias han sido leves.

Evacuación de viviendas y realojos durante la noche

El fuego y, sobre todo, el denso humo generado obligaron a evacuar dos bloques residenciales completos, situados en los números 121 y 123 de la avenida del Puerto. A lo largo de la tarde, los residentes fueron regresando a sus casas, acompañados por policías y bomberos, para comprobar las condiciones de habitabilidad y el nivel de humo en sus viviendas.

A última hora de la noche, el Ayuntamiento informó que 45 personas habían sido realojadas provisionalmente, bien en alojamientos habilitados por el consistorio o bien por cuenta propia con familiares.

Cuatro viviendas siguen afectadas y no son habitables

La alcaldesa de València, María José Catalá, confirmó tras reunirse con responsables de emergencias y vecinos que cuatro viviendas continúan inhabilitadas. A sus ocupantes se les ha permitido entrar momentáneamente, acompañados por efectivos de seguridad, para recoger medicación u objetos de primera necesidad, pero no podrán pasar la noche dentro por motivos de seguridad.

“Algunos vecinos han preferido no quedarse en sus domicilios, aunque estén en buen estado, para permitir que el humo se ventile del todo”, explicó Catalá.

Punto de atención a los vecinos afectados

Con el objetivo de coordinar la atención social y técnica a los damnificados, el Ayuntamiento de València abrirá este miércoles un punto de atención ciudadana en la Universidad Popular de Ayora, a partir de las 09:00 horas. Allí, los afectados recibirán información, asesoramiento sobre ayudas y apoyo social.

Investigación en marcha para esclarecer las causas

Las labores de ventilación continúan durante la noche, y los efectivos policiales seguirán presentes en la zona. La Policía Científica accederá al local afectado una vez se confirme que no existe riesgo estructural, para investigar las causas del incendio, cuyo origen aún se desconoce.

Incendio local avenida puerto valencia

Incendio en un local comercial en la avenida del Puerto de València.
– EDUARDO MANZANA – EUROPA PRESS

Consejos ante la presencia de humo en el entorno urbano

Ante situaciones como la registrada en València, los expertos en emergencias recomiendan a los ciudadanos:

  • Mantener puertas y ventanas cerradas si se encuentra en las inmediaciones del humo.

  • Apagar sistemas de climatización o ventilación que puedan arrastrar aire exterior.

  • Evitar la exposición directa al humo, ya que puede provocar irritación ocular, problemas respiratorios o reacciones más graves en personas con patologías previas.

  • Seguir siempre las indicaciones de las autoridades y cuerpos de seguridad.

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Valencia

Mesa electoral para las elecciones del 29N: cuándo sabrás si te ha tocado y cómo librarte

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Mesa electoral elecciones cuándo sabrás si te ha tocado
EFE/ Ana Escobar

Los ciudadanos de la Comunitat Valenciana podrán conocer durante los primeros días de noviembre si han sido elegidos para una mesa electoral el 29 de noviembre de 2026. Estos son los plazos del sorteo, las causas legales para presentar alegaciones, las sanciones por no acudir y el dinero que se cobra.

Las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 obligarán a miles de ciudadanos a participar en la organización de la jornada electoral. Tras el anuncio del adelanto electoral y la disolución de las Cortes por parte del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, una de las principales dudas entre los votantes es cuándo se sabrá quién tiene que estar en una mesa electoral el 29N y qué posibilidades existen de quedar exento de esta obligación.

En la Comunitat Valenciana, como en el resto de España, los integrantes de las mesas electorales serán designados mediante un sorteo público organizado por los ayuntamientos. Los ciudadanos seleccionados recibirán una notificación oficial en su domicilio y tendrán un plazo limitado para presentar alegaciones si existe alguna circunstancia que les impida cumplir con esta responsabilidad.

La legislación electoral contempla diferentes motivos de exención relacionados con la salud, la situación familiar o determinadas obligaciones profesionales. Sin embargo, no acudir a una mesa electoral sin una causa justificada puede tener consecuencias penales, incluidas multas e incluso penas de prisión.

¿Cuándo sabré si me ha tocado mesa electoral en las elecciones del 29 de noviembre?

Una de las preguntas más frecuentes ante las elecciones del 29N es cuándo se comunica oficialmente a los ciudadanos que han sido seleccionados para formar parte de una mesa electoral.

De acuerdo con el calendario previsto, los sorteos para elegir a los presidentes, vocales y suplentes se celebrarán entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre de 2026.

La normativa establece que los nombramientos deben notificarse en un plazo de tres días desde la celebración del sorteo.

Por tanto, las comunicaciones se esperan principalmente entre el 3 y el 7 de noviembre, aunque la fecha concreta dependerá del día en que cada ayuntamiento realice el procedimiento y de la entrega efectiva de las notificaciones.

Fechas clave de las mesas electorales del 29N

31 de octubre al 4 de noviembre Sorteos de las mesas electorales
3 al 7 de noviembre Periodo orientativo de notificaciones
7 días desde la notificación Plazo para presentar alegaciones
29 de noviembre, 8:00 horas Presentación de titulares y suplentes

¿Cómo te avisan si has sido elegido para una mesa electoral?

Las personas seleccionadas recibirán una notificación oficial en su domicilio, que podrá ser entregada mediante correo certificado o por los servicios encargados de practicar estas comunicaciones.

La citación incluirá información sobre el colegio electoral, la mesa asignada y el cargo que deberá desempeñar el ciudadano, ya sea como presidente, vocal o suplente.

También se facilitará un manual de instrucciones con las principales funciones y responsabilidades durante la jornada electoral.

Es importante recordar que no recibir la carta en los primeros días de noviembre no garantiza que una persona haya quedado fuera del sorteo. La fecha de comunicación puede variar según el municipio.

¿Quién puede ser elegido para una mesa electoral el 29N?

La composición de las mesas electorales está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

Cada mesa está integrada por tres miembros titulares:

  • Un presidente.

  • Dos vocales.

  • Dos suplentes por cada uno de los tres cargos, es decir, seis suplentes en total.

La elección se realiza por sorteo público entre las personas inscritas en el censo de la mesa correspondiente que cumplan los requisitos legales.

Requisitos de edad y estudios para formar parte de una mesa electoral

Para participar en el sorteo es necesario tener entre 18 y 69 años, saber leer y escribir y cumplir las condiciones establecidas por la legislación electoral.

Existe, además, una particularidad para quienes tengan entre 65 y 69 años: pueden manifestar su renuncia en el plazo de siete días desde que reciben la notificación.

En el caso del presidente de la mesa, la normativa exige disponer del título de bachiller o de Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente del graduado escolar o equivalente.

¿Los suplentes también tienen que acudir al colegio electoral?

Sí. Una de las dudas más habituales es si los suplentes están obligados a presentarse el día de las elecciones.

La respuesta es afirmativa. Tanto los titulares como los suplentes deben acudir al colegio electoral a las 8:00 horas del domingo 29 de noviembre.

Una vez comprobada la presencia de los titulares y constituida correctamente la mesa, los suplentes que no sean necesarios podrán abandonar el colegio electoral.

Hasta ese momento, su presencia es obligatoria.

Cómo librarse de una mesa electoral: motivos legales para presentar alegaciones

Ser elegido para una mesa electoral constituye una obligación legal. Sin embargo, existen circunstancias que permiten solicitar una exención.

La Junta Electoral de Zona es el organismo encargado de estudiar las alegaciones y decidir si los motivos presentados justifican que una persona no participe en la mesa.

No basta con comunicar que no se desea acudir: es necesario presentar una causa válida y, cuando corresponda, documentación que la acredite.

Motivos de salud que permiten solicitar la exención

Entre las circunstancias médicas que pueden justificar una solicitud figuran:

  • Enfermedades o limitaciones que impidan desarrollar adecuadamente las funciones de la mesa.

  • Situaciones de incapacidad o discapacidad contempladas por la normativa.

  • Intervenciones quirúrgicas programadas que no puedan aplazarse.

  • Pruebas médicas relevantes cuya realización resulte incompatible con la jornada electoral.

  • Determinadas situaciones de embarazo o baja médica.

La aceptación dependerá de las circunstancias concretas y de los criterios aplicables en cada caso.

Motivos familiares para no acudir a una mesa electoral

Las responsabilidades familiares también pueden justificar una exención cuando concurren los requisitos establecidos.

Entre las situaciones previstas se encuentran determinadas circunstancias relacionadas con la maternidad, el embarazo, la lactancia o el cuidado de personas dependientes.

También pueden valorarse las obligaciones de atención a familiares que, por razones de edad, enfermedad o discapacidad, necesiten asistencia.

En estos supuestos resulta fundamental acreditar que la situación familiar impide cumplir con las obligaciones de la mesa electoral.

¿Trabajar el día de las elecciones permite librarse de la mesa?

Tener que trabajar el domingo 29 de noviembre no supone, por sí solo, una causa automática de exención.

No obstante, la normativa contempla determinados supuestos profesionales, especialmente cuando la ausencia del trabajador puede afectar a servicios esenciales.

Entre ellos pueden encontrarse profesionales sanitarios, bomberos, integrantes de servicios de emergencias y Protección Civil.

También existen circunstancias específicas para periodistas y profesionales de los medios de comunicación que deban cubrir la jornada electoral, siempre que se cumplan los requisitos previstos.

En cualquier caso, corresponde a la Junta Electoral de Zona valorar las solicitudes.

¿Cuántos días tengo para presentar una excusa si me toca mesa electoral?

Los ciudadanos seleccionados disponen de siete días desde la recepción de la notificación para presentar sus alegaciones ante la Junta Electoral de Zona.

La solicitud deberá explicar el motivo por el que no pueden participar en la mesa y acompañarse de los documentos justificativos correspondientes.

La Junta Electoral dispone de cinco días para resolver las alegaciones presentadas.

Si la petición es aceptada, se procederá a cubrir el puesto conforme a los mecanismos de sustitución establecidos.

¿Qué ocurre si surge un imprevisto justo antes de las elecciones?

También puede ocurrir que una persona inicialmente disponible sufra una enfermedad, un accidente o una circunstancia sobrevenida pocos días antes de las elecciones.

En estos casos, debe comunicarlo a la Junta Electoral de Zona al menos 72 horas antes de la votación, siempre que sea posible.

Si el impedimento aparece después de ese plazo, tendrá que avisar inmediatamente y, en todo caso, antes de la constitución de la mesa.

Multas por no presentarse a una mesa electoral el 29 de noviembre

No acudir a una mesa electoral sin una causa legítima puede constituir un delito electoral.

El artículo 143 de la LOREG establece consecuencias penales para los presidentes, vocales y suplentes que no comparezcan, abandonen sus funciones sin justificación o incumplan determinadas obligaciones legales.

Las sanciones previstas son:

  • Penas de prisión de tres meses a un año.

  • Multas penales de seis a veinticuatro meses.

Estas multas no equivalen a una cantidad económica fija, ya que su importe depende de la cuota diaria que determine el órgano judicial.

Por tanto, quienes reciban una citación deben atenderla y utilizar los procedimientos legales si consideran que existe una causa que justifique su ausencia.

¿Cuánto se cobra por estar en una mesa electoral en las elecciones del 29N?

Participar como presidente o vocal de una mesa electoral conlleva una compensación económica.

Según la cuantía indicada para estos comicios, la dieta prevista es de 75 euros por miembro titular.

Esta cantidad corresponde a la participación en la jornada electoral y se abona a quienes efectivamente desempeñan las funciones de presidente o vocal.

Los suplentes que acuden al colegio electoral pero no llegan a sustituir a ningún titular no tienen derecho a percibir la dieta.

¿Se tiene derecho a un permiso laboral por estar en una mesa electoral?

Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios designados como miembros de una mesa electoral tienen derecho a un permiso retribuido durante la jornada de votación si ese día les corresponde trabajar.

Además, tienen derecho a una reducción de cinco horas en su jornada laboral del día inmediatamente posterior a las elecciones, conforme a las condiciones legales aplicables.

Estas medidas buscan facilitar el cumplimiento de una obligación que puede prolongarse hasta la noche, una vez finalizados el escrutinio y las tareas de documentación electoral.

¿Puedo librarme de la mesa electoral si he solicitado el voto por correo?

No. Solicitar el voto por correo no impide ser seleccionado para una mesa electoral.

El sorteo se realiza entre las personas inscritas en el censo electoral que cumplen los requisitos establecidos, independientemente de que hayan solicitado votar presencialmente o por correspondencia.

Por tanto, una persona que tenga previsto viajar, pasar el fin de semana fuera de su localidad o encontrarse en otro municipio puede recibir igualmente una citación.

Si existe un desplazamiento previamente contratado o una circunstancia que impida acudir, deberá presentar la correspondiente alegación y justificarla documentalmente.

La Junta Electoral será la encargada de determinar si procede aceptar la solicitud.

Cómo saber si te ha tocado mesa electoral en Valencia, Alicante o Castellón

Los procedimientos para designar a los integrantes de las mesas electorales son comunes en toda España, aunque cada ayuntamiento organiza el sorteo correspondiente a su municipio.

Por ello, los ciudadanos de Valencia, Alicante y Castellón, así como del resto de localidades de la Comunitat Valenciana, deberán estar pendientes de las comunicaciones oficiales durante los primeros días de noviembre.

Algunos ayuntamientos pueden facilitar información sobre la celebración de los sorteos o habilitar mecanismos de consulta, pero la designación debe notificarse formalmente a las personas seleccionadas.

La recomendación es prestar atención a las notificaciones recibidas en el domicilio y no dejar pasar el plazo de siete días para presentar alegaciones si existe algún impedimento.

Con las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 cada vez más cerca, conocer estos plazos resulta esencial para quienes puedan resultar elegidos como presidentes, vocales o suplentes de una mesa electoral.

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