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Valencia

Estas son las iniciales para resolver empates en el proceso de admisión escolar 2025-2026

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Iniciales desempate curso 25-26

València, 15 de abril de 2025 – La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo de la Comunidad Valenciana ha celebrado el tradicional sorteo de letras para resolver empates en el proceso de admisión del alumnado para el curso escolar 2025-2026 en las etapas de Infantil, Primaria, Secundaria (ESO), Bachillerato y Educación Especial.

Este año, las letras MM para el primer apellido y SA para el segundo apellido serán las que determinen el orden alfabético en caso de empate en la baremación. El sorteo, que se ha realizado en acto público en la sede de la Conselleria, forma parte del procedimiento oficial para garantizar la transparencia e igualdad de oportunidades en la admisión escolar.

¿Cómo se aplican las letras sorteadas en el proceso de admisión?

En el caso de que dos o más solicitudes obtengan la misma puntuación tras aplicar los criterios de baremación establecidos por la normativa, el orden de prioridad se resolverá alfabéticamente utilizando las iniciales sorteadas:

  • Primer apellido que comience por MM.

  • Segundo apellido que comience por SA.

  • Si un alumno o alumna no tiene segundo apellido, se le asignará AA como referencia.

Este mecanismo actúa como desempate final cuando persisten igualdades tras aplicar todos los criterios establecidos (hermanos/as en el centro, proximidad al domicilio, renta, etc.).

Fechas clave para la solicitud de plaza escolar

  • Infantil y Primaria: del 6 al 14 de mayo de 2025.

  • ESO y Bachillerato: del 15 al 23 de mayo de 2025.

  • El proceso se realiza exclusivamente de forma telemática a través del portal oficial: adminova.gva.es.

El conseller de Educación, José Antonio Rovira, ha subrayado la importancia de este procedimiento para garantizar la equidad en el acceso al sistema educativo valenciano, destacando que el proceso de admisión se rige por principios de objetividad, igualdad y no discriminación.

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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