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Valencia

Juan Roig también destinará 1,5 millones a reconstruir plazas y parques dañados por la dana

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Plaza Xúquer, de Paiporta, rehabilitada con fondos de Juan Roig, en una imagen facilitada a EFE.

Juan Roig Destina 1,5 Millones de Euros a la Reconstrucción de Espacios Públicos Afectados por la DANA en la Comunidad Valenciana

València, 25 de febrero (OFFICIAL PRESS-EFE) – El reconocido empresario y presidente de Mercadona, Juan Roig, ha destinado 1,5 millones de euros de su patrimonio personal, gestionado a través de la empresa FINOP, a la reconstrucción de plazas y parques públicos dañados por las recientes lluvias torrenciales asociadas al fenómeno meteorológico DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) que azotó varias localidades de la Comunidad Valenciana. El objetivo de esta inversión es proporcionar una pronta recuperación de los espacios públicos para que los vecinos puedan retomar su vida cotidiana con normalidad.

Colaboración con los Municipios para la Recuperación

Esta importante iniciativa se está llevando a cabo en colaboración con los municipios afectados, quienes están trabajando conjuntamente con el equipo de Juan Roig para asegurar que las zonas más dañadas sean restauradas de forma eficiente. La inversión destinada a la rehabilitación de plazas y parques forma parte del proyecto Alcem-se!, una iniciativa impulsada por el propio Juan Roig, que busca promover el bienestar de las comunidades mediante acciones concretas de reconstrucción y apoyo a las zonas más necesitadas.

Un Impacto Directo en Diversas Localidades Valencianas

El monto total destinado a la restauración de estos espacios públicos, que asciende a aproximadamente dos millones de euros, beneficiará a varias localidades de la provincia de Valencia. Entre los municipios que recibirán esta ayuda se encuentran Paiporta, Catarroja, Algemesí, Aldaia y Massanassa. En cada uno de estos lugares, se están llevando a cabo obras de reconstrucción de plazas y parques que fueron gravemente afectados por las inundaciones, permitiendo que los residentes puedan disfrutar nuevamente de estos espacios de esparcimiento y convivencia social.

Restauración de espacios en Paiporta, Massanassa, Catarroja, Algemesí y Aldaia

Las nuevas actuaciones de recuperación se centran en diferentes zonas, entre las que destacan los parques y plazas de varios municipios. En Paiporta, se invertirán importantes cantidades en la restauración de los siguientes espacios: la Plaza Casota, la Plaza Xúquer, la Plaza 3 de Abril y la Plaza Soliera. Estos lugares, que son puntos de encuentro para los vecinos, sufrirán una completa rehabilitación para devolverles su funcionalidad.

Por otro lado, en Massanassa, se rehabilitarán los siguientes espacios: el Parque Font Cabilda, la Plaza de les Escoles Velles, el Parque Baixaeta, la Plaza del País Valenciano y la Plaza Orquesta Catalá. Estas áreas, que forman parte esencial de la vida social de la localidad, volverán a ser accesibles y seguras para la población.

En el municipio de Catarroja, se destinarán fondos a la restauración de la Plaza L’Horteta, la Plaza de la Región, la Plaza del Port y el Parque de les Barraques. Estos espacios públicos también se han visto muy afectados por las lluvias torrenciales, pero gracias a esta inversión, los vecinos podrán volver a disfrutar de ellos en breve.

Por último, en Algemesí, se llevarán a cabo mejoras en el Parque de la Avenida Cortes Valencianas, la Plaza Escuelas Pías, la Plaza La Ribera y la Plaza Argentina, mientras que en Aldaia, el Parque de las Oliveretas será objeto de restauración. Todos estos espacios se beneficiarán de una restauración integral para que los habitantes puedan tener acceso nuevamente a zonas verdes, recreativas y de esparcimiento.

Un compromiso con la Comunidad Valenciana

El compromiso de Juan Roig con la recuperación de la Comunidad Valenciana tras los efectos de la DANA es un ejemplo claro de cómo la colaboración entre el sector privado y los municipios puede resultar en acciones efectivas para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Esta inversión, que se suma a la que ya se realizó en el mes de enero en Paiporta con una aportación cercana al medio millón de euros por parte de Mercadona, pone de manifiesto la responsabilidad social de Roig y su firme interés en contribuir a la restauración del bienestar colectivo.

Conclusión: Recuperación de Espacios y Apoyo a la Comunidad

La restauración de los parques y plazas afectadas por la DANA no solo implica un beneficio directo para los vecinos de los municipios afectados, sino que también contribuye al desarrollo y fortalecimiento del tejido social de la Comunidad Valenciana. Gracias a la generosa inversión de Juan Roig, los espacios públicos dañados por las lluvias torrenciales serán rehabilitados con el fin de devolverles su funcionalidad, accesibilidad y seguridad. La actuación se desarrolla de manera progresiva, con el fin de que los vecinos puedan disfrutar cuanto antes de estos espacios recreativos tan importantes para su bienestar y calidad de vida.

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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