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La bebé que murió en el Hospital de Vinaròs recibió por error una dosis letal de glucosa

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CASTELLÓ, 14 May. (EUROPA PRESS) –

Un informe del Hospital de Vinaròs (Castellón) concluye que la menor de dos años que falleció el pasado mes de noviembre tras recibir asistencia en este centro murió a consecuencia de una hiperglucemia severa por un error en la administración y preparación de la dosis de sueroterapia de Enfermería, que resultó letal.

Este informe ha sido realizado por el servicio de Medicina Preventiva y se incluye en el general de la gerencia del centro, donde la niña fue atendida por una gastroenteritis en la unidad de Urgencias Pediátricas y desde la que fue trasladada al Hospital General de Castelló ante el agravamiento de su estado y donde acabó falleciendo.

El Hospital Comarcal de Vinaròs abrió una investigación a raíz de estos hechos, que llevaron a la familia a presentar una querella en los juzgados de la localidad contra personal médico del centro. Como consecuencia, se abrió una causa en la que se incluye como investigados por homicidio por imprudencia profesional dos enfermeras y cuatro médicos del centro hospitalario, de los que las dos primeras y tres facultativos sí vieron a la menor, mientras que el cuatro figura como imputado por negarse a resolver una duda de una de las enfermeras sobre la pauta farmacológica determinada para la niña.

Así lo ha explicado a Europa Press el abogado de la familia, Rubén Darío Delgado Ortiz, de Atlas Abogados y letrado de los servicios jurídicos de Avinesa, quien ha detallado que ese informe concluye que la causa de la muerte de la pequeña es un edema cerebral como consecuencia de una hiperglucemia severa y, a su vez, consecuencia de una negligencia en la administración de sueroterapia de enfermería.

FACTORES ADICIONALES
Como otros factores que podrían haber contribuido también al desenlace mortal se incluye la distracción en el entorno de trabajo y una posible inadecuación de la ratio persona/paciente –entendiendo como personal el personal sanitario–, si bien la familia no cree probable ese último extremo porque cuando la menor recibió asistencia en el centro, según los padres, el servicio de urgencias estaba «prácticamente vacío».

«No discutimos que haya un problema con la ratio enfermera-paciente, pero ese día no influyó, ya que Urgencias estaba prácticamente vacío», ha indicado el letrado, quien ha precisado que a la niña la llegaron a ver al menos tres enfermeras y que constantemente el personal acudió a las llamadas de los padres.

El abogado ha asegurado que están pendientes de que finalice la instrucción, que el juzgado dicte el auto de procedimiento abreviado para saber contra quién proceder y contra qué personal dirigir la acusación

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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