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Ley animal: Cómo evitar las sanciones

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EFE/ José Manuel Vidal/Archivo

Madrid (OFFICIAL PRESS-EFE).- El proyecto de ley de bienestar animal aprobado este miércoles por el pleno del Senado, que tras rechazar los vetos e incorporar enmiendas parciales volverá al Congreso para su ratificación final, exigirá una batería de obligaciones para la tenencia de mascotas y endurecerá las sanciones.

Repasamos cuáles son las claves principales de lo que será infracción y las sanciones correspondientes.

Ley animal: Cómo evitar las sanciones

¿Qué constituirá infracción?

Constituyen infracciones administrativas en materia de protección y derecho de los animales, las acciones u omisiones contrarias a lo establecido en esta ley, con la clasificación de leves, graves y muy graves. La imposición de cualquier sanción prevista en esta ley no excluye la responsabilidad civil de la persona o entidad sancionada. La responsabilidad civil derivada de una infracción será siempre solidaria entre todos los causantes del daño.

¿Cómo se determinará la gravedad?

Se considerará infracción leve toda conducta que, por acción u omisión y sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal, conlleve la inobservancia de prohibiciones, cuidados u obligaciones establecidas legalmente o las derivadas del incumplimiento de responsabilidades administrativas por parte de los titulares o responsables del animal.

Las de carácter grave se corresponderán con toda conducta que por acción u omisión y derivada del incumplimiento de las obligaciones o de la realización de conductas prohibidas impliquen daño o sufrimiento para el animal, siempre que no les causen la muerte o secuelas permanentes graves, siempre que no sea constitutivo de delito.

Se considerarán muy graves toda una amplia batería de infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado, entre otros supuestos.

¿A cuánto ascenderán las sanciones en cada caso?

La horquilla de los importes a pagar irá desde los 500 hasta los 200.000 euros dependiendo de la infracción. Las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de 500 a 10.000 euros; las graves, irán de 10.001 a 50.000 euros y las muy graves, desde los 50.001 hasta 200.000 euros.

¿Qué infracciones concretas serán graves?

No cumplir las obligaciones de identificación del animal; el uso de métodos agresivos o violentos en la educación del animal; la administración de sustancias que perjudiquen a los animales o alteren su comportamiento, a menos que sean prescritas por veterinarios y con un fin terapéutico para el animal; practicar al animal mutilaciones o modificaciones corporales no autorizadas.

Asimismo, utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción; hacer uso de ello como reclamo publicitario sin autorización; criar animales silvestres alóctonos, así como comerciar con ellos, excepto en los casos previstos en esta ley; el envío de animales vivos excepto en los casos previstos en esta ley; la retirada, reubicación o desplazamiento de gatos comunitarios en situaciones distintas a las permitidas en normativa.

También, el abandono de uno o más animales; no recoger el animal de las residencias u otros establecimientos similares en los que haya sido recogido por pérdida y el abandono del animal en condiciones de riesgo; el robo, hurto o apropiación indebida de un animal; no denunciar la pérdida o sustracción del animal o no recogerlo de los centros veterinarios, las residencias u otros establecimientos en los que hubieran sido depositado previamente.

Además, alimentar a los animales con vísceras, cadáveres y otros despojos procedentes de animales que no hayan superado los oportunos controles sanitarios; mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos y la comisión de más de una infracción leve en el plazo de tres años cuando así haya sido declarado en resolución administrativa firme.

¿Cuáles serán muy graves?

La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado; el adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas; el uso de animales de compañía para consumo humano; matar gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley; la cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.

El uso de animales en actividades prohibidas, en particular culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses; el uso de la selección genética de animales de compañía que dañe su salud; la comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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Anticorrupción solicita 24 años de cárcel para Ábalos, 19 para Koldo y 7 para Aldama

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

La Fiscalía Anticorrupción ha solicitado al Tribunal Supremo penas que van desde los 7 hasta los 24 años de prisión para los principales investigados del conocido caso Koldo, la presunta trama de corrupción ligada a contratos de mascarillas adjudicados durante la pandemia por el Ministerio de Transportes.

24 años de prisión y multa de casi 4 millones para José Luis Ábalos

El Ministerio Público pide una condena de 24 años de prisión para José Luis Ábalos, exministro de Transportes y exsecretario de Organización del PSOE.
La Fiscalía le atribuye cinco presuntos delitos:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Tráfico de influencias

  • Malversación

  • Uso de información privilegiada

Además, reclama para él una multa de 3,9 millones de euros y responsabilidades económicas conjuntas por los perjuicios ocasionados a dos empresas públicas.

19 años y medio de cárcel para Koldo García

Para Koldo García, exasesor ministerial de Ábalos, Anticorrupción solicita 19 años y medio de prisión, así como una multa también de 3,9 millones de euros, por los mismos delitos atribuidos al exministro.

La Fiscalía pide que tanto Ábalos como Koldo indemnicen de forma conjunta y solidaria a:

  • Ineco: 34.477,86 euros

  • Tragsatec: 9.500,54 euros

Asimismo, reclama el decomiso de al menos 430.298,4 euros, cantidad que correspondería a ganancias obtenidas mediante cohecho.

Atenuante de confesión para Víctor de Aldama

En el caso del empresario Víctor de Aldama, considerado presunto intermediario de la trama, la Fiscalía aplica la atenuante de confesión y solicita una pena de 7 años de prisión por:

  • Organización criminal

  • Cohecho

  • Uso de información privilegiada

También reclama para él una multa de 3,8 millones de euros.

El origen de la causa

El escrito de acusación llega después de que el magistrado instructor del Supremo, Leopoldo Puente, propusiera el pasado 3 de noviembre juzgar a los tres implicados. Según el juez, se habrían concertado poco después de la llegada de Ábalos al Ministerio, buscando obtener beneficios económicos mediante su influencia en contratos públicos.

Puente dividió la causa en dos piezas:

  • La principal, centrada en los contratos de mascarillas.

  • Una pieza separada dedicada a la supuesta trama de cobro de comisiones por obra pública.

 

 

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