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La Fiscalía admite la prórroga de las restricciones solicitada por el Consell

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los barrios más poblados de València
EFE/Manuel Bruque/Archivo

València, 13 ago (EFE).- La Fiscalía Superior de la Comunitat Valenciana ha informado este viernes de que no se opone a las restricciones planteadas por el Consell al Tribunal Superior de Justicia, tanto a la prórroga de las ya existentes como a otras nuevas.

Ahora deberá ser la Sala de lo Contencioso del alto tribunal valenciano la que se pronuncie sobre la legalidad de dichas restricciones, como es preceptivo.

La Generalitat Valenciana solicitó el pasado miércoles al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana la prórroga de las restricciones provocadas por la pandemia en 68 municipios (actualmente son 77) hasta el 6 de septiembre.

Las restricciones actualmente vigentes en la Comunitat Valenciana comprenden actualmente el toque de queda entre la 1 y las 6 de la mañana en 77 municipios y la limitación a un máximo de 10 personas las que se pueden reunir en domicilios y en espacios de uso privado y de uso público, tanto en interiores como al aire libre.

La nueva petición del Consell al TSJCV contempla que la limitación de 10 personas en las reuniones sociales sea efectiva únicamente en los 68 municipios con un mayor riesgo de contagios.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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