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Valencia

La Fiscalía del TSJCV apoya el toque de queda nocturno ante el fin del estado de alarma

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La fiscalía ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha informado a favor de las restricciones solicitadas por la Generalitat ante el inminente fin del estado de alarma.

La Generalitat estudia retrasar el comienzo del toque de queda nocturno en la Comunitat Valenciana, que en estos momentos abarca de las 22 hasta las 6 horas, para que se aplique desde la medianoche y hasta las seis de la mañana.

Medidas como ésa, y algunas otras que el Consell pretende mantener vigentes para prevenir el contagio de la covid-19, requieren de la aprobación del TSJ porque afectan a derechos fundamentales y solo el estado de alarma, que decaerá este domingo, permitía adoptarlas sin la aprobación de los tribunales. Fuentes de la fiscalía han informado este viernes de su posición favorable a que el TSJCV las acepte.

El Gobierno valenciano considera que, aunque la situación epidemiológica de la Comunitat es mejor que la del resto de comunidades, el virus «sigue ahí» y hay que mantener la prudencia.

Entre las restricciones figura el límite máximo de personas que pueden participar en reuniones sociales y familiares, que actualmente es de 6 y que podría ampliarse hasta las 10 personas.

El president, Ximo Puig, ya ha comunicado que está previsto levantar el cierre perimetral de la Comunitat Valenciana, una medida que se ha aplicado desde el pasado 30 de octubre.

El TSJCV debería pronunciarse en las próximas horas y, después, deberá reunirse la comisión Interdepartamental de la Generalitat para la Prevención y Actuación ante la covid-19, una reunión que aún no se ha convocado oficialmente y en la que se decidirán las restricciones contra el coronavirus una vez que a las 00.01 horas de este domingo finalice el estado de alarma en España.

La Comunitat Valenciana cumplió este jueves 50 días consecutivos con la incidencia acumulada del virus a catorce días más baja de España (es de 42,10 casos por cien mil habitantes) y con una cifra de hospitalizaciones por covid (219 personas) similar a la que había a mediados de agosto y un dato de ingresados en cuidados intensivos (54) comparable con el de principios de septiembre.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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