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La fiscalía reduce las penas de los acusados en el desfalco del Palau de Les Arts

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VALÈNCIA, 20 Dic.-La Fiscalía Provincial de Valencia ha rebajado las penas para los cuatro acusados del presunto desfalco en el Palau de Les Arts a entre dos y cinco años de cárcel, según ha expuesto el fiscal en la penúltima sesión del juicio.

En concreto, solicita cinco años para el que fuera responsable de Administración del Palau Ernesto Moreno; tres años para el presidente del consejo de administración de Patrocini, José Antonio Noguera Puchol; y para el consejero delegado de Patrocini Joaquín Maldonado; mientras que reclama dos años de prisión para el excónsul de Francia en Valencia y administrador de la sociedad Radcliffe Pablo Broseta.

Inicialmente, el fiscal encargado de instruir este procedimiento, Vicente Torres, quien no ha podido seguir el juicio tras ser designado recientemente magistrado del TSJCV, pedía siete años de cárcel para todos los acusados excepto para Moreno, para el que reclamaba ocho.

Sin embargo, el representante del ministerio público que ha seguido la vista ha decidido modificar el escrito de calificación provisional y rebajar las penas tras eliminar el delito de falsedad documental así como suprimir la modalidad continuada del de malversación y prevaricación administrativa.

En este procedimiento también estaba acusada la exintendente del Palau de les Arts Helga Schmidt, pero no ha llegado a sentarse en el banquillo tras fallecer el pasado mes de septiembre, con lo que ha quedado extinguida su posible responsabilidad penal.

FUENTE: EUROPA PRESS

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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