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La Generalitat encarga la construcción de tres hospitales de campaña con 1.100 camas

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VALÈNCIA, 19 Mar. (EUROPA PRESS) –

La Generalitat valenciana, a través de la Conselleria de Justicia, de la que dependen las Emergencias, ha contratado la construcción de tres hospitales de campaña con 1.100 camas, según ha informado la administración autonómica en un comunicado. Así, ha precisado que estarán ubicados en Valencia, Alicante y Castellón y ha señalado que 500 de estas camas estarán disponibles en quince día.

Este anuncio lo ha hecho el presidente del gobierno autonómico, Ximo Puig, tras una videoconferencia mantenida con la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló.

Puig ha asegurado que el objetivo de esta medida es «dotar de la máxima seguridad a todo el sistema sanitario valenciano». «Hasta el momento, los recursos son suficientes para atender la demanda asistencial pero es preciso tener planificados todos los escenarios para anticiparnos a las necesidades», ha asegurado.

Los tres hospitales de campaña, que se ubicarán junto a hospitales de referencia en las tres capitales de provincia, supondrán un incremento de 1.100 nuevas camas al sistema hospitalario. De este total, 500 camas estarán en Valencia, 400 en Alicante y 200 en Castellón. La Generalitat ha destacado que la mitad de estas camas estará disponibles en un plazo de quince días.

Por otro lado, la administración autonómica ha resaltado que se han cerrado ya acuerdos con empresas hoteleras para incrementar el número de camas asistenciales. Los primeros acuerdos se han llevado a cabo en Valencia y en Alicante, ha precisado.

HOSPITALES INTEROPERABLES
La Generalitat ha concretado que los hospitales de campaña previstos, además de instalarse cerca de hospitales de referencia, tendrán como características ser centros interoperables con el hospital de referencia gracias a sus sistemas de comunicaciones. Además, serán modulables según los requisitos operacionales y estarán climatizados.

Estos nuevos espacios sanitarios contarán con los siguientes servicios: unidad de aislamiento, zona de cuarentena, zona de baños y servicios separados por sexos, así como zona de recepción, zona de triaje y zona de descanso personal médico.

«LAS MISMAS PRESTACIONES»
La administración autonómica ha agregado que se trata de hospitales de campaña diseñados para su funcionamiento durante grandes periodos de tiempo y ha afirmado que son servicios que «poseen las mismas prestaciones que un hospital de construcción debido a la gran calidad de materiales empleados, que permiten aislar el interior del exterior». Estos centros están formados por contenedores desplegables conectados entre sí mediante túneles por los que queda aislado completamente del exterior.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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