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La Gonzalo Anaya reclama «más agilidad» en la cobertura de bajas de profesores

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VALÈNCIA, 5 Nov. (EUROPA PRESS) – La Confederación de asociaciones de madres y padres de alumnos de la Comunitat Valenciana Gonzalo Anaya ha solicitado una «reunión urgente» con el conseller de Educación, Vicent Marzà, para reclamar que se agilice el procedimiento de cobertura de bajas y vacantes de docentes, ya que «casi dos meses desde que se iniciaron las clases, todavía hay demasiados centros a los que le faltan profesores en diferentes asignaturas».

Así lo asegura esta entidad, que apunta que las plazas por cubrir «más recurrentes» son las de valenciano y matemáticas. Para las familias de la Confederación de AMPA Gonzalo Anaya, «la falta de profesorado en los centros públicos pone en peligro la calidad de la enseñanza pública, ya que el alumnado recibe una educación deficitaria con clases no impartidas durante largos períodos de tiempo».

Esta situación, advierten, «se aleja de la educación pública» que desean para sus hijos e hijas y, por eso, reivindican «más recursos personales para solucionar las carencias que tienen muchos centros». «Las familias hemos solicitado una reunión urgente con el conseller de Educación, Vicent Marzà, para tratar este punto como prioritario porque no entendemos que centenares de niños y niñas estén sin recibir clases de diferentes asignaturas, ralentizando su aprendizaje», señala el presidente de la confederación, Txomin Angós.

«Queremos que los procedimientos para la cobertura de las plazas vacantes y de las bajas sean más ágiles, que las incorporaciones sean rápidas y por profesionales cualificados y motivados. Solo así podemos garantizar la calidad de la enseñanza pública. Nos encontramos en un momento en el que faltan demasiados profesores de valenciano, sobre todo en zonas castellano parlantes. Difícilmente podemos avanzar en una educación plurilingüe en estos puntos de nuestra geografía si no tenemos los recursos necesarios», recalca.

«MENOS ROTACIÓN DEL PROFESORADO»
Además de la cobertura de las plazas vacantes y las bajas, el colectivo de progenitores pide que la administración establezca unos procedimientos que permitan que haya «menos rotación del profesorado». «La falta de estabilidad del profesorado impide darle continuidad a los proyectos educativos y provoca en el alumnado periodos de adaptación que ralentizan el rendimiento académico. En zonas concretas de nuestra geografía, como poblaciones del interior de Castellón o el sur de Alicante, la rotación es continua y hace muy difícil avanzar en el aprendizaje», argumentan.

«La escuela pública debe disponer de los recursos necesarios para que la calidad esté garantizada y una parte de esa calidad viene dada porque nuestros hijos e hijas tengan en las aulas a un profesorado motivado y formado en las materias que impartan», concluyen.

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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