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La Guardia Civil investiga unos huesos hallados en la fosa de las niñas de Alcàsser

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crimen de las ninas de alcasser

La unidad de Antropología Forense del Instituto de Medicina Legal de Valencia ha determinado que los cuatro trozos de falanges hallados por una pareja, el pasado 24 de junio, en la fosa donde se hallaron en 1992 los cuerpos de las tres niñas de Alcàsser, son de origen humano.

Según ha adelantado este miércoles Las Provincias, los huesos hallados podría pertenecer a una de las jóvenes, aunque sin embargo no se ha podido realizar una estimación de la edad ni el sexo de los restos óseos. El rotativo valenciano detalla que un vecino de Piles (Valencia) encontró, hace nueve días, los cuatro huesos en el paraje de la Romana de Tous, zona en la que Antonio Anglés y Miguel Ricart violaron y asesinaron a Miriam, Toñi y Desireé.

El joven trasladó el hallazgo a la Guardia Civil de Oliva, donde se realizaron las primeras diligencias y se remitieron al laboratorio de criminalística de la Comandancia de Valencia y el Instituto de Medicina Legal. Tras confirmar que se trata de restos humanos, ahora corresponde al Juzgado de Instrucción número 6 de Alzira, encargado del sumario del caso, el que debe ordenar cotejar los restos hallados con el ADN de los huesos de las jóvenes asesinadas.

No es la primera vez que en la zona, a la que acuden a visitar numerosos curiosos, se hallan restos. En 2017 se encontró un diente premolar en las inmediaciones de la fosa, pero el deterioro de la pieza impidió extraer la información genética.

Este hallazgo reciente coincide con el reciente estreno de una serie documental en Netflix sobre las niñas asesinadas que conmovió a España.

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El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión de voto a la ‘ley de nietos’

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por una amplia mayoría el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, contra la suspensión cautelar del derecho al voto de los españoles nacionalizados mediante la conocida como ley de nietos que no acrediten ser descendientes de exiliados.

El Pleno ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo, al considerar que la cuestión todavía puede resolverse en el Tribunal Supremo, donde el procedimiento continúa abierto. La decisión mantiene, por el momento, la suspensión del voto para los afectados que residen en el extranjero.

¿Por qué el Constitucional rechaza el recurso?

El Defensor del Pueblo había solicitado que se anularan de forma urgente las resoluciones del Tribunal Supremo y que se permitiera votar en las próximas elecciones generales a los ciudadanos afectados.

Ángel Gabilondo argumentó que la suspensión podía vulnerar derechos fundamentales, entre ellos la igualdad, la participación en los asuntos públicos y la tutela judicial efectiva. También advirtió de que los plazos electorales hacían urgente una respuesta para evitar que los ciudadanos afectados se quedaran sin poder ejercer su derecho al sufragio.

Sin embargo, el Constitucional considera que el recurso es prematuro porque el procedimiento sigue abierto en el Supremo. Los afectados todavía pueden personarse en esa causa y presentar alegaciones para solicitar que se revise la medida cautelar.

¿A quién afecta la suspensión del voto de la ley de nietos?

La medida afecta a ciudadanos españoles residentes en el extranjero que obtuvieron la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como ley de nietos, y cuyo acceso a la nacionalidad se habría apoyado en una instrucción administrativa que presumía la condición de exiliados de determinados emigrantes.

El Tribunal Supremo suspendió cautelarmente el ejercicio del voto de este grupo al considerar que debía garantizarse la legalidad del censo electoral. La controversia gira en torno a la acreditación de los requisitos exigidos para acogerse a la normativa.

La decisión del Constitucional no resuelve definitivamente el fondo del conflicto. El Tribunal Supremo deberá continuar con el procedimiento y podrá revisar la medida cautelar después de estudiar las alegaciones de los afectados.

Las elecciones generales del 29 de noviembre

La resolución llega a poco más de un mes de las elecciones generales previstas para el 29 de noviembre. El Defensor del Pueblo había alertado de que la proximidad de la cita electoral podía dificultar que los ciudadanos afectados recuperasen a tiempo su derecho al voto.

Por ahora, el rechazo del recurso deja vigente la suspensión cautelar para los españoles residentes en el extranjero incluidos en la medida. La situación definitiva dependerá de los próximos pasos judiciales y de la resolución que adopte el Tribunal Supremo.

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