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La mayoría de los refugiados que llegan a España proceden de Venezuela y Colombia

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Muchas personas que buscan refugio en la Unión Europea (UE) son rechazadas en las fronteras, en ocasiones, sin tener en cuenta su situación, ni la necesidad de garantizar su seguridad y protección, en oposición directa a uno de los principios fundamentales de la Convención sobre Refugiados de 1951. Esta situación, unida a la escasez de vías legales, implica mayores riesgos para la seguridad de las personas refugiadas.

En el Día Mundial del Refugiado, celebrado cada 20 junio, Cruz Roja recuerda la importancia de que los estados renueven y fortalezcan su compromiso con la Convención de Refugiados de 1951, reforzando los pilares de un enfoque coordinado a largo plazo para proteger a las personas refugiadas. Este enfoque debería asegurar la existencia de vías legales y seguras para que el derecho de asilo sea una realidad en Europa.

Cruz Roja Española trabaja con las personas solicitantes de asilo y refugiadas desde hace más de 30 años, desarrollando una amplia respuesta humanitaria para apoyarlas en los procesos de acogida e integración.

En España, las nacionalidades mayoritarias de las personas atendidas por Cruz Roja en 2018 han sido venezolanas (el 24,8%), colombianas (el 12,2%), ucranianas (el 8,6%) y sirias (el 6,4%). El 40% de las personas atendidas fueron mujeres y el 23% tenían menos de 18 años.

Cruz Roja Española es una de las organizaciones que participan en la gestión del programa de acogida a personas solicitantes de protección internacional en España, financiado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (MITRAMISS) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) de la Unión Europea.

La intervención de Cruz Roja consta de varias fases que cubren desde la primera acogida hasta la integración y la autonomía de los participantes, con una duración aproximada de 18 a 24 meses.

Para ello, Cruz Roja diseña itinerarios personalizados de inserción socio laboral que cubren las necesidades básicas de los refugiados y solicitantes de Protección Internacional, ofreciéndoles, entre otros, servicios de apoyo jurídico, psicológico, traducción e interpretación, aprendizaje del idioma, ayudas económicas, formación, orientación e intermediación laboral.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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