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La mayoría de los refugiados que llegan a España proceden de Venezuela y Colombia

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Muchas personas que buscan refugio en la Unión Europea (UE) son rechazadas en las fronteras, en ocasiones, sin tener en cuenta su situación, ni la necesidad de garantizar su seguridad y protección, en oposición directa a uno de los principios fundamentales de la Convención sobre Refugiados de 1951. Esta situación, unida a la escasez de vías legales, implica mayores riesgos para la seguridad de las personas refugiadas.

En el Día Mundial del Refugiado, celebrado cada 20 junio, Cruz Roja recuerda la importancia de que los estados renueven y fortalezcan su compromiso con la Convención de Refugiados de 1951, reforzando los pilares de un enfoque coordinado a largo plazo para proteger a las personas refugiadas. Este enfoque debería asegurar la existencia de vías legales y seguras para que el derecho de asilo sea una realidad en Europa.

Cruz Roja Española trabaja con las personas solicitantes de asilo y refugiadas desde hace más de 30 años, desarrollando una amplia respuesta humanitaria para apoyarlas en los procesos de acogida e integración.

En España, las nacionalidades mayoritarias de las personas atendidas por Cruz Roja en 2018 han sido venezolanas (el 24,8%), colombianas (el 12,2%), ucranianas (el 8,6%) y sirias (el 6,4%). El 40% de las personas atendidas fueron mujeres y el 23% tenían menos de 18 años.

Cruz Roja Española es una de las organizaciones que participan en la gestión del programa de acogida a personas solicitantes de protección internacional en España, financiado por el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social (MITRAMISS) y el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) de la Unión Europea.

La intervención de Cruz Roja consta de varias fases que cubren desde la primera acogida hasta la integración y la autonomía de los participantes, con una duración aproximada de 18 a 24 meses.

Para ello, Cruz Roja diseña itinerarios personalizados de inserción socio laboral que cubren las necesidades básicas de los refugiados y solicitantes de Protección Internacional, ofreciéndoles, entre otros, servicios de apoyo jurídico, psicológico, traducción e interpretación, aprendizaje del idioma, ayudas económicas, formación, orientación e intermediación laboral.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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