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La ministra de Sanidad: «No alarmemos a los pensionistas, no se va a subir el copago»

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La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Dolors Montserrat, ha querido lanzar un mensaje de «tranquilidad» a todos los pensionistas y ha asegurado que en la agenda del PP no está previsto el incremento del copago farmacéutico.

En una entrevista en TVE, la titular de Sanidad ha negado que el Gobierno haya tomado la decisión de subir el copago farmaceútico a los jubilados que están en el tramo de ingresos de entre 18.001 y los 100.000 euros, puntualizando que «aunque no está en la agenda política, se estudiará».

Así lo especificaba tras la polémica surgida a raíz de unas declaraciones de Montserrat en RNE-Ràdio 4 en las que señalaba que el Gobierno quiere «revisar» el copago de aquellos jubilados que tienen una pensión más alta.

Durante su entrevista en la televisión pública, la ministra ha precisado que revisar los actuales tramos no significa incrementar el copago de los pensionistas con las rentas más altas, sino «a lo mejor que les bajes a los que tienen menos».

«No alarmemos a los pensionistas y por eso quiero tranquilizarles», ha insistido la ministra, quien ha defendido la reforma que el PP hizo la pasada legislatura en esta materia.

Actualmente, los pensionistas que perciben menos de 18.000 euros al año tienen un límite de copago de 8 euros mensuales; los que cuentan con rentas anuales de más de 18.000 y hasta 100.000 euros tienen un tope de 18 euros, y para los de más de 100.000 el límite es de 62 euros al mes.

La ministra ha incidido en que está dispuesta a estudiar y a escuchar a los expertos de dentro y fuera del Ministerio, además de a los grupos parlamentarios y con el resultado del informe, que aun no se ha empezado a elaborar, «decidiremos» en función del consenso.

Con sus palabras, Montserrat ha recalcado que no está «reculando» porque, según ha comentado, «dije lo mismo en mi comparecencia (en el Congreso), ayer y hoy mismo».

La propia ministra llamaba a la calma desde sus propias redes sociales aclarando que «No es cierto que se vaya a subir el copago farmacéutico a los pensionistas con ingresos de más de 18.000 euros», detallaba en su cuenta de Twitter.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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